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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE AGOSTO DEL AÑO 2013 (24/08/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 67

El Peruano Sábado 24 de agosto de 2013 501717 Gerencia Regional de Agricultura Lambayeque, del terreno citado en el artículo primero, así como el cambio de titular en las partidas electrónicas citadas en el artículo segundo de la presente resolución respectivamente, en el registro de Predios de Chiclayo. Artículo Tercero.- Notifíquese la presente resolución de la forma prevista por la ley. Regístrese y comuníquese. ENRIQUE DEL POMAR VILNER Gerente Regional 978796-1 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Ordenanza Regional que aprueba el Modelo de Gestión del Sistema Educativo de la Región Piura ORDENANZA REGIONAL Nº 272-2013/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura; POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú modifi cada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; en la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783; en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modifi catorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968, Ley Nº 29053 y demás normas complementarias y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establecen, respectivamente, que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 47º, literales a) y b), señala como funciones en materia de educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación; formular, aprobar, ejecutar, evaluar y administrar las políticas regionales de educación, cultura, ciencia y tecnología, deporte y recreación de la región; asimismo, diseñar, ejecutar y evaluar el proyecto educativo regional, los programas de desarrollo del deporte y recreación de la región, en concordancia con la política educativa nacional; en mérito a ello, con Ordenanza Regional Nº 116-2013/GRP-CR del 20 de diciembre de 2006, se aprobó “El Proyecto Educativo Regional de Piura 2007 – 2021”; Que, con Resolución Directoral Regional Nº 6717 del 17 de diciembre de 2012, la Dirección Regional de Educación de Piura aprueba el Plan Educativo Regional Piura de mediano plazo 2013 – 2016 y el Modelo de Gestión Educativa Descentralizada ; Que, mediante Ofi cio Nº 3968-2013-GRP-DREP-DGI- APE del 24 de abril de 2013, la Dirección Regional de Educación de Piura alcanza el documento “Modelo de Gestión Educativa Regional de Piura”, elaborado y validado en el marco del Pacto de Compromisos suscrito entre el Ministerio de Educación y el Presidente del Gobierno Regional de Piura, adjuntando el Informe Nº 109-2013-GOB.REG.PIURA-DERP- DGI de la Dirección de Gestión Institucional, que señala que el modelo tiene todos los componentes y elementos para actuar en las instituciones educativas y en el aprendizaje, establece los canales para enlazar a los gobiernos distritales, provinciales y regional, permitiendo ordenar el sistema educativo regional proponiendo la creación del núcleo distrital de gestión educativa; Que, con Memorando Nº 1145-2013/GRP-43000 del 03 de mayo de 2013, Gerencia General Regional alcanza el Informe Nº 004-2013/GRP-430400, por el cual la Sub Gerencia Regional de Desarrollo Social emite opinión sobre la propuesta de Modelo de Sistema de Gestión Educativa; además con Informe Nº 1445-2013/GRP-460000 del 23 de julio de 2013 Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica emite opinión legal; Que, mediante Informe Nº 045-2013/GRP-200010-ACCR del 07 de agosto de 2013 Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional, recomienda se apruebe el Modelo de Gestión del Sistema Educativo de la Región Piura; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria Nº 17-2013, de fecha 07 de agosto de 2013, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la siguiente Ordenanza Regional: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL MODELO DE GESTIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO DE LA REGIÓN PIURA Artículo Primero.- Aprobar el Modelo de Gestión del Sistema Educativo de la Región Piura, de acuerdo al texto íntegro remitido por la Dirección Regional de Educación de Piura y ratifi cado por la Gerencia Regional de Desarrollo Social, que incluye los Lineamientos Generales a tener en cuenta para el proceso de implementación del Modelo; cuyo texto íntegro se adjunta y forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- Encargar a Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia Regional de Desarrollo Social, y Dirección Regional de Educación de Piura, que en el plazo de 60 días, presenten la propuesta de modifi cación de los documentos de gestión que sean necesarios en sujeción a la Resolución Ministerial Nº 0300- 2008-ED y Decreto Supremo Nº 011-2012-ED, para su posterior aprobación por el Consejo Regional. Artículo Tercero.- Encargar a Gerencia General Regional, en coordinación con Gerencia Regional de Desarrollo Social y Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la implementación del documento aprobado en el artículo primero, informando semestralmente al Consejo Regional sobre los avances del mismo. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional Piura para su promulgación. En Piura, a los siete días del mes de agosto del año dos mil trece. TOMÁS FIESTAS ECHE Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los quince días del mes de agosto del año dos mil trece. JAVIER ATKINS LERGGIOS Presidente 978497-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Modifican el D.A. Nº 004, respecto al lugar de celebración de Ceremonia de Matrimonio Civil Comunitario 2013 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 019 Ate, 19 de agosto de 2013