TEXTO PAGINA: 76
El Peruano Sábado 24 de agosto de 2013 501726 En uso de las facultades conferidas por el artículo 20°, numeral 6, de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER el reordenamiento de cargo del Cuadro para Asignación de Personal de la MSI aprobado con Ordenanza Nº 287-MSI, con la eliminación del Cargo de Técnico Administrativo de la Subgerencia de Catastro Integral, el Cargo de Técnico Administrativo de la Subgerencia de Servicios a la Ciudad y del cargo de Asesor I de la Gerencia de Fiscalización y creación del cargo de Secretaria II (EC) y cargo de Asesor II (EC) en la Gerencia Municipal, el mismo que no incidirá en un incremento del Presupuesto Analítico de Personal – PAP de la entidad. Artículo Segundo.- DISPONER la actualización del Manual de Organización y Funciones correspondiente a las Gerencias de Fiscalización, Gerencia de Obras y Servicios Municipales, Gerencia de Desarrollo Urbano y Gerencia Municipal en coordinación con la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, según su competencia funcional. Artículo Tercero.- DISPONER la actualización del Presupuesto Analítico de Personal en un plazo no mayor a 5 días a partir de la aprobación de la presente resolución. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente resolución a la Gerencia de Recursos Humanos, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, según su competencia funcional. Artículo Quinto.- ENCARGAR a Secretaria General, la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y en la Página Web de esta Corporación Edil. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RAUL A. CANTELLA SALAVERRY Alcalde 978423-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Modifican el Artículo 19° de la Ordenanza Nº 215/MDSM que aprueba el Reglamento de Condecoraciones del distrito de San Miguel e instituye la Orden de la Glorieta de la Media Luna ORDENANZA Nº 253-MDSM San Miguel, 8 de agosto del 2013 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL VISTOS, en la sesión ordinaria celebrada en la fecha y el pedido formulado por el alcalde, porque se modifi que el artículo 19º de la Ordenanza Nº 215/MDSM que aprueba el Reglamento de Condecoraciones del Distrito de San Miguel e instituye la Orden de la Glorieta de la Media Luna; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 215/MDSM se aprueba el Reglamento de Condecoraciones del Distrito de San Miguel y se instituye la Orden de la Glorieta de la Media Luna, en cuyo artículo 19º establece que en el libro de oro de la Municipalidad Distrital de San Miguel se anotarán todas las condecoraciones que se otorguen por orden cronológico, indicando el nombre del ordenado o condecorado y la condecoración otorgada; Que, de acuerdo al pedido de vistos, la fi nalidad del Libro de Oro de la Municipalidad Distrital de San Miguel es recoger la experiencia del personaje ilustre que visita la ciudad, registrando su parecer y la dedicatoria que le merezca el itinerario, por lo que corresponde ubicar el registro en la alcaldía, donde debe obrar para proceder con el protocolo de rigor; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, establece que las ordenanzas distritales son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba las materias de su competencia, por lo que corresponde a través de una, modifi car la Ordenanza Nº 215/MDSM en los términos descritos; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9º y los artículos 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 19º DE LA ORDENANZA Nº 215/MDSM QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE CONDECORACIONES DEL DISTRITO DE SAN MIGUEL E INSTITUYE LA ORDEN DE LA GLORIETA DE LA MEDIA LUNA Artículo 1º.- MODIFICAR el artículo 19º del Reglamento de Condecoraciones del Distrito de San Miguel e instituye la Orden de la Glorieta de la Media Luna, que queda como sigue: “Artículo 19º.- En el Libro de Oro de la Municipalidad Distrital de San Miguel se registrará la experiencia del personaje ilustre que visite la ciudad, a través de la dedicatoria que su voluntad estime, cumpliendo con el protocolo de rigor en el despacho de alcaldía, donde obrará a partir de la fecha.” Artículo 2º.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 979247-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL Aprueban procedimiento de ratificación de Ordenanzas Distritales que aprueban o modifican derechos de trámite considerados en el TUPA en el ámbito de la provincia de Huaral ORDENANZA MUNICIPAL Nº 011-2013-MPH Huaral, 16 de agosto del 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Descentralizada de la fecha, el Proyecto de Ordenanza Municipal que Aprueba el Procedimiento de Ratifi cación de Ordenanzas Distritales que Aprueban o Modifi can los Derechos de Trámite considerados en el TUPA en el Ámbito de la Provincia de Huaral; y, CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley Nº 27680 “Ley de Reforma Constitucional”, concordante con lo prescrito en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, los