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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE AGOSTO DEL AÑO 2013 (25/08/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 43

El Peruano Domingo 25 de agosto de 2013 501789 Que, el área materia del pedido de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada de autos, cuenta con Estudios Preliminares de Habilitación Urbana aprobado en vías de regularización por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Resolución Nº 226-96- MLM-DMDU del 17 de setiembre de 1996, por lo que conforme al segundo párrafo del literal g) del numeral 39.1) del artículo 39º del Reglamento, no corresponde presentar el Certifi cado de Zonifi cación y Vías ni Plano de Ubicación y Localización del terreno, presentando sí, la Resolución y Planos de los Estudios Preliminares aprobados así como los Planos de Replanteo de la Habilitación Urbana. En tal sentido corresponde, aprobar la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada de autos, la recepción de obras, conforme al artículo 38º del Reglamento, y otros conforme al Proyecto que adjunta el Informe Nº 267-2013-GRND-SGCyHU-GDU- MDSMP; Que, de acuerdo al Procedimiento Nº 65 del TUPA, la Unidad Orgánica encargada de resolver los trámites Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada, es la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, por lo que debe emitir el acto administrativo correspondiente en concordancia con la Segunda Disposición Final del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 016-2011/MDSMP, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 20 de julio de 2011, por el que las subgerencias están facultadas a emitir resoluciones en primera instancia en los asuntos de su competencia, en cumplimiento del artículo 195º de la Constitución Política del Estado que señala que: “Los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo”, siendo competentes, entre otros, para: Planifi car el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonifi cación, urbanismo y el acondicionamiento territorial; del Artículo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 – LOM que señala que: “Los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción”; en estricto desempeño de sus atribuciones como autoridad local establecidas en el numeral 3) del artículo 79º de la LOM, en cuanto organización del espacio físico y uso del suelo; Que, con Informe Nº 0217-2013-CAST-SGCHU- GDU-MDSMP de fecha 14 de agosto del 2013, emitido por el Asesor Legal de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, recomienda emitir el acto administrativo correspondiente, aprobando el pedido de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada, la Recepción de Obras, conforme al artículo 38º del Reglamento, y otros conforme al Proyecto que adjunta el Informe Nº 267-2013-GRND-SGCyHU-GDU-MDSMP, Notifi cándose conforme a Ley; Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa, conforme a la normativa glosada y a las situaciones señaladas, conforme al TUPA y al ROF de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, en estricta sujeción a la Constitución Política del Estado, a la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, a la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444, a la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones – Ley Nº 29090 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “R-4” del inmueble con un área superfi cial de 28,600.00 m2, constituido por la Parcela Nº 10313 del Fundo Santa Rosa, inscrito en la Ficha Registral Nº 184740 y su continuación en Partida Electrónica Nº 43726498 del Registro de Propiedad Inmueble - SUNARP, sobre el cual se desarrolla la Asociación de Vivienda Los Chasquis, ubicado en el Distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, de conformidad con el Plano Nº 059-2013-SGCHU-GDU/MDSMP y la Memoria Descriptiva; que forman parte integrante de dicho acto administrativo. Artículo Segundo.- APROBAR la RECEPCIÓN DE OBRAS ejecutadas de agua potable, alcantarillado, electrifi cación, obras de pavimentación de pistas y veredas, ornamentación de parque y señalización del terreno de 28,600.00 m2; habiéndose respetado el siguiente cuadro de áreas: CUADRO GENERAL DE AREAS DESCRIPCION AREA (m2) Área Bruta 28,600.00 Área Útil 15,841.09 Área de Recreación Pública 3,576.50 Área de Ministerio de Educación 575.00 Área de Vías 8,607.41 Artículo Tercero.- CONSIDERAR esta habilitación urbana con Construcción Simultánea debiendo solicitar previamente las respectivas autorizaciones y licencias de construcción ante la Sub Gerencia de Obras Privadas de esta Corporación Municipal de conformidad con lo dispuesto por la Ley 29090 y su reglamento aprobado mediante DS. 008-2013-VIVIENDA. Artículo Cuarto.- DISPONER la inscripción individualizada de los lotes en el Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, que hacen un total de 92 lotes (91 lotes de vivienda y 1 lote destinado al Ministerio de Educación), distribuidos en 5 manzanas, tal como consta en el plano aprobado y memoria descriptiva que forma parte de la presente resolución. Artículo Quinto.- DISPONER la independización e inscripción en la SUNARP, a favor de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, del terreno de 3,576.50 m2, constituido por el aporte reglamentario destinado a recreación pública. Artículo Sexto.- AUTORIZAR a la ASOCIACION DE VIVIENDA LOS CHASQUIS cuyo representante legal es el Sr. HUMBERTO ALCIVIADES CHOMBA QUIROZ la venta garantizada y la inscripción de los contratos de compra venta de los lotes que forman parte de la presente habilitación urbana ejecutada. Artículo Sétimo.- DISPONER a la ASOCIACION DE VIVIENDA LOS CHASQUIS cuyo representante legal es el Sr. HUMBERTO ALCIVIADES CHOMBA QUIROZ, la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, concediéndole para ello treinta (30) días hábiles de haber tomado válido conocimiento del citado acto administrativo, debiendo asumir los gastos para tales fi nes. Artículo Octavo.- PONER en conocimiento la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, para efectos de la inscripción de la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada, a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales y a la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Noveno.- QUE la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración y Finanzas, Subgerencia de Obras Privadas y Subgerencia de Informática y Desarrollo Tecnológico, tome conocimiento de la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada a que se refi ere el artículo primero de la presente resolución. Artículo Décimo.- NOTIFICAR conforme a Ley a la ASOCIACION DE VIVIENDA LOS CHASQUIS cuyo representante legal es el Sr. HUMBERTO ALCIVIADES CHOMBA QUIROZ, el contenido de la presente Resolución para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CATHERINE DÍAZ VELÁSQUEZ Subgerente de Catastro y Habilitaciones Urbanas 979011-1