Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2013 (25/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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Articulo Octavo.- REMITIR MORDAZA certificada de las piezas necesarias del expediente a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su ratificacion, sin perjuicio de comunicar el tenor del presente acto administrativo a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, Ministerio de Educacion y SERPAR. Articulo Noveno.- Disponer la Publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano en el plazo de 30 dias calendarios, contados a partir de su notificacion, a cargo de los interesados Articulo Decimo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion y Finanzas, y Gerencia de Desarrollo Economico y Fiscalizacion, de acuerdo a sus competencias, incorporar la Habilitacion MORDAZA a que se refiere el articulo primero de la presente resolucion, al Plano MORDAZA del Distrito de San MORDAZA de Porres, asi como registrar los predios resultantes en el Registro de Contribuyentes y margesi de Bienes Inmuebles de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, cuando corresponda. Articulo Decimo Primero.- NOTIFICAR del presente acto administrativo a la empresa Promotora Inmobiliaria y Constructora MORDAZA S.A. PICAPSA debidamente representada por don MORDAZA MORDAZA ALDAZABAL. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas 978985-1

El Peruano MORDAZA 25 de agosto de 2013

Aprueban regularizacion de habilitacion MORDAZA ejecutada de terreno ubicado en el distrito
SUBGERENCIA DE CATASTRO Y HABILITACIONES URBANAS RESOLUCION DE SUBGERENCIA Nº 236-2013-SGCHU-GDU-MDSMP San MORDAZA de Porres, 15 de agosto de 2013 LA SUBGERENCIA DE CATASTRO Y DE HABILITACIONES URBANAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES VISTO: El Expediente Nº 40322 del 26 de MORDAZA 2013, la Asociacion de Vivienda Los Chasquis, a traves de su representante legal, presidente, don MORDAZA Alciviades Chomba MORDAZA, solicita Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada para Uso Residencial del inmueble con un area superficial de 28,600.00 m2, constituido por la Parcela Nº 10313, del Ex Fundo MORDAZA MORDAZA del distrito de San MORDAZA de Porres, donde se desarrolla la Asociacion de Vivienda Los Chasquis; demostrando la titularidad del inmueble conforme a la Ficha Registral Nº 184740 continuada en la Partida Electronica Nº 43726498 del Registro de Propiedad Inmueble de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos ­ SUNARP, y personeria juridica y representacion mediante la Vigencia de Poder de la Partida Electronica Nº 02022125 del Registro de Personas Juridica de la SUNARP; y, CONSIDERANDO: Que, con la Esquela de Notificacion Nº 034-2013SGCyHU-GDU-MDSMP del 31/07/2013 se notifica a la Asociacion recurrente a efectos que subsane las observaciones que indica el propio documento, otorgandole para tal efecto el plazo perentorio de siete (07) dias habiles conforme al numeral 39.3) del Articulo 39º del Reglamento de la Ley Nº 29090 ­ Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, bajo apercibimiento de declararse improcedente el procedimiento en caso de incumplimiento; dichas observaciones fueron notificadas conforme a lo senalado en el Informe Tecnico Nº 257-

2013-GRND-SGCyHU-GDU-MDSMP del 31/07/2013. Dicha Esquela es respondida por la administrada con el Exp. Nº 43101 del 13 de agosto 2013; Que, el profesional tecnico de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, a traves del Informe Nº 267-2013-GRND-SGCyHU-GDU-MDSMP del 14 de agosto de 2013, senala que: "...habiendose efectuado la inspeccion ocular al terreno materia de autos, se advierte que el proyecto de Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada para uso Residencial Densidad Media "R-4" viene respetando los Planes Urbanos, asi como cuenta con las obras concluidas de agua potable, alcantarillado, electrificacion, obras de pavimentacion de pistas y veredas, ornamentacion de MORDAZA y senalizacion. Asimismo, se aprecia que se ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones ­ Ley Nº 29090 y su modificatoria, el Decreto Supremo Nº 0082013-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de la Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, el Reglamento Nacional de Construcciones y el Texto Inicio de Procedimientos Administrativos aprobado por esta Corporacion Municipal vigente durante el inicio del tramite; recomendando la derivacion de los actuados al area legal de la Subgerencia a efectos del Visto MORDAZA respecto del Proyecto de Resolucion que aprobaria la Regularizacion de la Habilitacion MORDAZA Ejecutada de autos; Que, el tramite de Habilitacion MORDAZA, en general, en sus diversas variantes (Nueva, Regularizacion y de Oficio) y modalidades, que establece la Ley Nº 29090 ­ Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, es el MORDAZA de convertir un terreno MORDAZA o eriazo en MORDAZA, mediante la ejecucion de obras de accesibilidad, de distribucion de agua y recoleccion de desague, de distribucion de energia e iluminacion publica, pistas y veredas; adicionalmente, el terreno podra contar con redes para la distribucion de gas y redes de comunicaciones; concepto del que se desprende su naturaleza eminentemente tecnica del procedimiento de habilitacion MORDAZA y por ende tambien del tramite de regularizacion habilitacion MORDAZA ejecutada. En tal sentido, el Informe Nº 267-2013-GRND-SGCyHU-GDUMDSMP, constituye el sustento principal para continuar con el tramite que corresponda, coadyuvado por el informe legal, para resolver el pedido; Que, habiendo cumplido la asociacion recurrente con los requisitos y disposiciones que senala el citado informe tecnico, cuya opinion es favorable, y estando a la titularidad del predio por parte de la Asociacion de Vivienda Los Chasquis que demuestra personeria juridica y representacion, corresponde aprobar la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada, en atencion a las disposiciones de la Ley Nº 29090 ­ Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, Articulo 23º, sus modificatorias y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA; Que, el citado Reglamento en su articulo 38º, senala que: mediante Resolucion de la Municipalidad Distrital o Provincial, segun corresponda, podran aprobarse en via de regularizacion las habilitaciones urbanas ejecutadas con anterioridad a la vigencia de la Ley y, de ser el caso, la recepcion de las obras. Solo podran ser regularizadas, las habilitaciones ejecutadas hasta el 25 de septiembre del 2007, debiendo acreditarse con documento de fecha cierta; en el caso de autos adjunta Acta de Recepcion de Obras de SEDAPAL del 25 de setiembre de 2000 y de EDELNOR de fecha 26 de febrero de 2001. La MORDAZA senala asimismo que: los administrados que hubieran ejecutado obras de habilitacion MORDAZA sin contar con la autorizacion municipal correspondiente, podran solicitar la regularizacion de la misma, siempre que cuente con: a) Obras de distribucion de agua potable y recoleccion de desague, y de distribucion de energia e iluminacion publica, segun corresponda. Y, b) Edificaciones permanentes con un area techada minima de 25 m2., de las edificaciones construidas con cimientos, muros y techos. Aspectos que se corroboran con las citadas Actas de Recepcion de Obras y el Informe Nº 267-2013-GRND-SGCyHU-GDUMDSMP que senala que cuenta con las obras concluidas de agua potable, alcantarillado, electrificacion, obras de pavimentacion de pistas y veredas, ornamentacion de MORDAZA y senalizacion;

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