Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2013 (25/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologias de Informacion y Comunicacion la publicacion del presente Decreto de Alcaldia y su Anexo en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad de La MORDAZA www.munimolina.gob.pe; MORDAZA del Estado Peruano www.peru.gob.pe y el MORDAZA de Servicios al Ciudadano www.serviciosalciudadano.gob. pe; Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ZUREK P.F. MORDAZA 979044-1

El Peruano MORDAZA 25 de agosto de 2013

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Aprueban habilitacion MORDAZA ejecutada de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION DE SUBGERENCIA Nº 209-2013-SGCHU-GDU-MDSMP San MORDAZA de Porres, 1 de MORDAZA de 2013 LA SUBGERENCIA DE CATASTRO Y DE HABILITACIONES URBANAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES VISTO el Expediente Nº P-1609-98 del 04.12.98 y acumulados, promovido por la empresa Promotora Inmobiliaria y Constructora MORDAZA PICAPSA, en la persona de su Gerente General MORDAZA MORDAZA ALDAZABAL, identificado con DNI. Nº 09511316, mediante el cual solicita la Aprobacion de la Habilitacion MORDAZA en Via de Regularizacion, del terreno con 19,550.00 m2, constituido por la Sub Parcela Nº 40A, inscrita en la Partida Electronica Nº 12688640 del Registro de Propiedad Inmueble de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - SUNARP, sobre el que se desarrolla el programa de Vivienda La MORDAZA de Naranjal II Etapa, en el distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, con Expediente Nº P-1609-98 del 04.12.98 y acumulados, la empresa Promotora Inmobiliaria y Constructora MORDAZA S.A. PICAPSA, debidamente representada por el Gerente General MORDAZA MORDAZA ALDAZABAL; solicito la Aprobacion de la Habilitacion MORDAZA en Via de Regularizacion del terreno con 19,550.00 m2, constituido por la Sub Parcela Nº 40-A del Ex ­ Fundo Naranjal, que corresponde a la Unidad Catastral Nº 10649, inscrita en la Ficha Nº 307229 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima; Que, segun Acta de Independizacion de terrenos rusticos, la Comision Dictaminadora y Calificadora de Habilitacion MORDAZA, en Acuerdo Nº 09-2002, de Sesion Nº 03-2002 de fecha 23.08.02., emitio dictamen FAVORABLE, al tramite de Independizacion solicitado. Mediante Resolucion de Alcaldia Nº 319-2008/MDSMP (23.05.08), se resuelve aprobar el Planeamiento Integral y la Independizacion del terreno MORDAZA denominado Parcela Nº 40 con 39,100.00 m2, inscrito en la Ficha Nº 307229 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, y continuada en la Partida Electronica Nº 46240197 de la SUNARP. Efectuada la Independizacion el terreno con 39100.00 m2, queda convertido en Sub-Parcela Nº 40 (con 19,550.00 m2, sobre el cual se desarrolla el Programa de Vivienda Los Girasoles de Naranjal, inscrito en asiento B00001 de la Partida Nº 12688639, de la SUNARP), y Sub-Parcela Nº 40-A (con 19,550.00 m2, sobre el cual se desarrolla el programa de Vivienda La MORDAZA de Naranjal II Etapa, inscrito en asiento B00001, de la Partida Nº 12688640, de la SUNARP).

Que, con Dictamen Nº 02-2012 emitido en la Sesion 04-2012-CTDCHU del 22.08.12, la Comision Dictaminadora y Calificadora de Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres dictamino FAVORABLE al tramite de Regularizacion de la Habilitacion MORDAZA Ejecutada, del terreno con 19,550.00 m2, constituido por la Sub-Parcela 40-A, calificado con R4 - Zonificacion Residencial de Densidad Media - del Ex ­ Fundo Naranjal, sobre el que se desarrolla el Programa de Vivienda La MORDAZA de Naranjal II Etapa; Que, acorde a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 292-2000-MLM, vigente a la fecha de aprobacion del Planeamiento Integral, con 19,550.00 m2, se ha calculado los aportes reglamentarios para Recreacion Publica el area de 1,955.00 m2, para el Ministerio de Educacion el area de 391.00 m2 y para SERPAR el area de 391.00 m2. La presente habilitacion MORDAZA ejecutada, ha dejado en el terreno solo un area de 1,545.91 m2 para Recreacion Publica; senalando como deficit el area de 409.09 m2, para Recreacion Publica, 391.00 m2 para el Ministerio de Educacion y 391.00 m2 para SERPAR que deben ser redimidos en dinero a las entidades correspondientes, quedando los lotes 1 al 17 de la Manzana A, los lotes 1 al 20, 20-A, y del 21 al 44 de la Manzana B, los lotes 1 al 15 de la Manzana C, y los lotes 1 al 13 de la Manzana D, como garantia de pago, acorde a lo dispuesto en Articulo 30º del Decreto Supremo Nº 011-98-MTC; Que, acorde a lo senalado en Articulo 29º y Articulo 30º del Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, la empresa recurrente ha cumplido con cancelar la suma de S/. 6,545.44 Nuevos Soles, por concepto de deficit por Recreacion Publica (409.09 m2), y tambien acorde a lo dispuesto en numeral 4, capitulo XXI del Titulo II del Reglamento Nacional de Construcciones, ha cumplido con cancelar S/. 6,613.07 Nuevos Soles, por Proyectos y Control de Obras, dando un total de S/. 13,158.51 Nuevos Soles cancelado con recibo Nº 2013015956 (18.03.13.); Que, con Informe Nº 0116-2013-MAGI-SGCHUGDU-MDSMP (07.05.13.), el personal tecnico de la SubGerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, indica que el administrado ha cumplido con presentar los documentos establecidos en la Ley Nº 26878, asi como tambien ha efectuado los pagos por derechos establecidos en el TUPA. La inspeccion ocular practicada verifica que el plano presentado coincide con lo fisicamente existente en el terreno, observandose una consolidacion de viviendas (al 100%), con los servicios existentes de energia electrica. Asimismo, la Habilitacion MORDAZA Ejecutada, cumple con los Planes Urbanos respecto a la Zonificacion, Sistema Vial y Aportes Reglamentarios; Que, la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878, vigente cuando se inicio el presente tramite, en su Art. 3º establece que corresponde a las Municipalidades Distritales en el ambito de su respectiva circunscripcion territorial, conocer y aprobar las solicitudes de habilitacion MORDAZA que presenten las personas naturales o juridicas, las asociaciones de vivienda, Pro vivienda, las cooperativas o cualquier otra forma asociativa con fines de vivienda incluyendo los casos de regularizaciones pendiente o en tramite; Que, de acuerdo a la Ley Organica de Municipalidades - Ley 27972, senala en su articulo I del Titulo Preliminar que los gobiernos locales son entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la poblacion y la organizacion. Asimismo, las Municipalidades Provinciales y Distritales, son los organos de gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Ademas, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, dado que nuestra carta magna establece que la autonomia de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico, que en concordancia con lo dispuesto en el Articulo 79º numeral 3) del acotado cuerpo legal, las municipalidades, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, ejercen funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales: 3.6 Normar, regular y

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