Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2013 (25/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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la Oficina Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional de Tacna y demas documentacion anexada, se sustenta y recomienda la aprobacion de la propuesta normativa. Que, la Comision Ordinaria de Infraestructura del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, luego de analizar y debatir la propuesta del Consejero Regional MORDAZA MORDAZA Parqui, emite el Dictamen Nº 004-2013-COI-CR de fecha 05 de junio del 2013, a traves del cual se aprueba la propuesta de Ordenanza Regional: "DECLARAR DE INTERES Y NECESIDAD REGIONAL EL ESTUDIO DE LA SITUACION DEL MORDAZA DEL TRANSPORTE TERRESTRE DE PASAJEROS DENTRO DEL AMBITO DE LA REGION TACNA", dictamen que se puso a consideracion del Pleno del Consejo Regional, en Sesion Ordinaria de fecha 13 de junio del 2013. Que, el Pleno del Consejo Regional, en merito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los articulos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesion Ordinaria de la fecha, ha aprobado por mayoria la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- DECLARAR DE INTERES Y NECESIDAD REGIONAL EL ESTUDIO DE LA SITUACION DEL MORDAZA DEL TRANSPORTE TERRESTRE DE PASAJEROS DENTRO DEL AMBITO DE LA REGION TACNA, a fin de que se determine e identifique la demanda y la oferta de transporte de pasajeros, las caracteristicas de los vehiculos para cada MORDAZA de servicios, las condiciones de seguridad y comodidad del servicio de transporte de pasajeros, los mecanismos de control y las acciones de fiscalizacion. Articulo Segundo.- DISPONER que el Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna, determine en su presupuesto institucional los recursos necesarios, para la realizacion del Estudio a que se refiere el articulo primero de la presente MORDAZA regional. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional y la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Tacna asi como a la Direccion Regional de Transporte y Comunicaciones de Tacna la implementacion de la presente Ordenanza Regional, en un plazo no mayor de 90 (noventa) dias contados a partir de la fecha de vigencia de la presente MORDAZA regional. Articulo Cuarto.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo Quinto.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y en el MORDAZA electronico de la institucion, en cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, disponiendo que dicha publicacion sea efectuada por la Gerencia General Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgacion. En la MORDAZA de Tacna, al dia trece de junio del ano dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA LLANCAY Presidenta Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al dia 16 de agosto del 2013. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Tacna 979332-1

El Peruano MORDAZA 25 de agosto de 2013

Declaran de interes regional la formacion y equipamiento de companias de bomberos voluntarios en el ambito de la Region Tacna
ORDENANZA REGIONAL Nº 015-2013-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veinte de junio del dos mil trece, en Sesion Extraordinaria, aprobo la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 191 establece que: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia"; asimismo, el articulo 192 prescribe: "Los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo. Son competentes para: (...) 5. Promover el desarrollo socioeconomico regional y ejecutar planes y programas correspondientes (...)". Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, en su articulo 8 prescribe: "La autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia (...)", en su articulo 35 establece: "(...) m) Dictar las normas sobre los asuntos y materias de su responsabilidad (...). o) Otras que se le senale por Ley expresa". Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales en su articulo 9 prescribe como competencia constitucional: "(...) e) Promover el desarrollo socioeconomico regional y ejecutar los planes y programas correspondientes. (...); asimismo, en su articulo 46 sobre las funciones especificas, prescribe: "Las funciones especificas que ejercen los Gobiernos Regionales se desarrollan en base a las politicas regionales, las cuales se formulan en concordancia con las politicas nacionales sobre la materia (...)"; y sobre las funciones de los Gobiernos Regionales en materia de Defensa Civil el articulo 61 establece: "a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las politicas en materia de Defensa Civil, en concordancia con la politica general del gobierno y los planes sectoriales. (...) c) Organizar y ejecutar acciones de prevencion de desastres y brindar ayuda directa e inmediata a los damnificados y la rehabilitacion de las poblaciones afectadas. d) Promover y facilitar la formacion y equipamiento de Companias de Bomberos Voluntarios en la region". Que, la Ley Nº 27067, Ley del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, modificada por Ley Nº 27140 en su articulo 1 senala: "El Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru al que se le identificara por las siglas CGBVP, es un organismo publico ejecutor (...)"; en tanto que en su articulo 2 establece como objetivos del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru: "a) Promover y coordinar las acciones de prevencion de incendios y accidentes, evaluando los riesgos para la MORDAZA y la propiedad, notificando a las autoridades competentes la violacion de las normas vigentes sobre la materia. b) Combatir incendios, rescatar y salvar vidas expuestas a peligro por incendios o accidentes. c) Participar en las acciones de apoyo al control de los danos ocasionados por desastres o calamidades, naturales o inducidos, bajo la orientacion del instituto nacional de defensa civil (...)". Que, el Decreto Supremo Nº 031-99-PCM, Aprueba el Reglamento de la Ley del Cuerpo General de Bomberos voluntarios del Peru, modificado por el Decreto Supremo Nº 106-2010-PCM, en su articulo 5 establece: "El CGBVP como integrante del Sistema Nacional de Defensa Civil, coordina su intervencion en las acciones de prevencion de incendios y en los simulacros con el Instituto Nacional de Defensa Civil y con los organos desconcentrados". Que, mediante Oficio Nº 031-2013-PHP-CR/ GOB.REG.TACNA, de fecha 22 de MORDAZA del 2013, el

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