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El Peruano Martes 27 de agosto de 2013 501882 N° 001-2012-CE-PJ referida a las Comisiones Nacional y Distrital de Descarga Procesal en cuyo Artículo 6 Numeral 3 Literal b, establece como integrante al Presidente de la Corte Superior de cada distrito judicial al ser la máxima autoridad administrativa. En ese orden de ideas, en virtud del Artículo Quinto de la Resolución Administrativa N° 020-2013-CE-PJ se faculta al Presidente de la Comisión Distrital de Descarga Procesal a dictar las acciones administrativas necesarias para monitorear las actividades de descarga. Que, por las razones expuestas, en uso de las facultades conferidas en el inciso 3 del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial e inciso 3 del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras aprobado mediante Resolución Administrativa N° 214-2012-CE-PJ de fecha 5 de noviembre del 2012: SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que el 1° y 2° Juzgado Mixto de Ate, el Juzgado Mixto de Huaycán y el Juzgado Civil del Cono Este cumplan con remitir al Juzgado Civil Transitorio de Ate hasta la cantidad de 722 expedientes civiles en trámite ingresados hasta Diciembre del 2012 mediante a la Mesa de Partes correspondiente, conforme se detalla a continuación: DEPENDENCIA CARGA A TRANSFERIR A MESA DE PARTES 1° Juzgado Mixto de Ate 86 2° Juzgado Mixto de Ate 111 Juzgado Mixto de Huaycán 104 Juzgado Civil del Cono Este 421 TOTAL 722 Artículo Segundo.- DISPONER que la redistribución dispuesta en la presente resolución se efectuará en el plazo improrrogable de 7 días hábiles; debiendo tener en consideración lo siguiente: - La redistribución se efectuará en estricto orden secuencial, del expediente del más antiguo al más reciente. - No se considera en la redistribución a los expedientes por sentenciar (específi camente aquellos expedientes que cuentan con resolución de déjese en despacho para sentenciar). - No se considera en la redistribución los expedientes que han llevado a cabo informe oral y los que se encuentren en etapa de ejecución. - No se considera en la redistribución a los expedientes con mandato de archivo, sea provisional o defi nitivo. - No se comprende en la redistribución, a los expedientes ya sentenciados, aún cuando dicha sentencia haya sido anulada por el Superior. - No se comprende en la redistribución, a los expedientes que hayan sido objeto de una redistribución anterior. Artículo Tercero.- DISPONER que todos los expedientes a ser redistribuidos deberán de encontrarse con todos sus cuadernos, anexos y cargos de notifi cación completos, debidamente cosidos, foliados en números y letras, y todos sus escritos proveídos. Los expedientes que no cumplan con tales requisitos no deberán de ser redistribuidos, bajo responsabilidad del Magistrado a cargo del Juzgado, por la demora incurrida. Artículo Cuarto.- CUMPLAN los Magistrados del 1° y 2° Juzgado Mixto de Ate, el Juzgado Mixto de Huaycán y el Juzgado Civil del Cono Este, con informan a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo sobre el cumplimiento de lo ordenado, bajo responsabilidad funcional. Artículo Quinto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima, a fi n que vele por su cumplimiento, debiendo proceder conforme a sus funciones y atribuciones en caso de incumplimiento. Artículo Sexto.- DISPONER que la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Justicia de Lima, realice el seguimiento, evaluación y monitoreo de la carga procesal redistribuida y ejecute las demás coordinaciones necesarias efectuar para el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución, debiendo dar cuenta a la Presidencia, bajo responsabilidad funcional. Artículo Sétimo.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General, Ofi cina de Control de la Magistratura - OCMA, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA, Unidad de Planeamiento y Desarrollo y Gerencia de Administración Distrital, para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. IVAN ALBERTO SEQUEIROS VARGAS Presidente 980145-1 Designan Juez Supernumeraria del 29° Juzgado Especializado en lo Penal de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 786-2013-P-CSJLI/PJ Lima, 26 de agosto de 2013 VISTOS Y CONSIDERANDOS: Que, mediante la razón que antecede se pone en conocimiento la licencia por salud concedida al Magistrado Arturo Zapata Carbajal, Juez Titular del Vigésimo Noveno Juzgado Penal de Lima, por el periodo del 26 al 29 de agosto del presente año. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, esta Presidencia considera pertinente emitir el pronunciamiento respectivo, a fi n de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales de la Vigésimo Noveno Juzgado Penal de Lima. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables y, en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero: DESIGNAR a la doctora CELIA VERÓNICA SAN MARTÍN MONTOYA, como Juez Supernumeraria del 29° Juzgado Especializado en lo Penal de Lima, a partir del día 27 de agosto del presente año y mientras dure la licencia del doctor Zapata Carbajal. Artículo Segundo: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ofi cina de Control de la Magistratura, Ofi cina de Personal, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima, Ofi cina de Administración Distrital y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese IVAN ALBERTO SEQUEIROS VARGAS Presidente 980144-1