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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (04/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 34

El Peruano Miércoles 4 de diciembre de 2013 508308 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos ubicados en los departamentos de Ayacucho, Ancash, Ica y Tumbes SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 242-2013/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 25 de noviembre de 2013 Visto el Expediente Nº 120-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1 432,70 m² ubicado al Norte del Cementerio de Coracora, adyacente al Jirón Olaya S/N en el distrito de CoraCora, provincia de Parinacochas, departamento de Ayacucho; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 1 432,70 m² ubicado al Norte del Cementerio de Coracora, adyacente al Jirón Olaya S/N en el distrito de CoraCora, provincia de Parinacochas, departamento de Ayacucho, se encontraría libre de inscripción registral; Que, solicitada la consulta catastral a la Zona Registral Nº XI – Sede Ica, con Certifi cado de búsqueda catastral de fecha 12 de junio de 2013 sobre la base del Informe Técnico Nº 0688-2013-Z.R.NºXI/OC-Nasca de fecha 05 de junio de 2013 señala que el área en consulta se encuentra en una zona donde no se tiene información gráfi ca, por lo que no se puede determinar si existe predio inscrito o no; Que, el tercer párrafo del artículo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 097-2013-SUNARP-SN señala que no impide la inmatriculación, el informe técnico que señale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, realizada la inspección técnica con fecha 03 de octubre de 2013, se verifi có que el terreno es de naturaleza rústica de forma irregular, con un suelo de composición rocosa y arcillosa, presenta una topografía ligeramente plana con una pendiente menor al 5%; Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1 432,70 m², de conformidad con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44º del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0307-2013/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 19 de noviembre de 2013; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1 432,70 m² ubicado al Norte del Cementerio de Coracora, adyacente al Jirón Olaya S/N en el distrito de CoraCora, provincia de Parinacochas, departamento de Ayacucho; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº XI - Sede Ica de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Ayacucho. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1022286-1 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 243-2013/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 25 de noviembre de 2013 Visto el Expediente Nº 276-2012/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del estado del terreno eriazo de 33 944 122,52 m² ubicado al Sur de la ciudad de Huarmey, altura del km. 291 de la carretera Panamericana Norte, en el distrito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 33 944 122,52 m² ubicado al Sur de la ciudad de Huarmey, altura del km. 291 de la carretera Panamericana Norte, en el distrito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, con Certifi cado de Búsqueda Catastral de fecha 17 de junio de 2013 sobre la base del Informe Técnico Nº 0247-2013-Z.R.NºVII/OC-HZ de fecha 12 de junio de 2013, la ofi cina de catastro de la Zona Registral Nº XII - Sede Huaraz, señala que sobre el área en consulta no existe superposición gráfi ca; Que, realizada la inspección técnica con fecha 22 de octubre de 2013 se verifi có que el terreno es de naturaleza eriaza de forma irregular, presenta un suelo de composición arenosa, con una topografía relativamente plana con pendientes menores al 5% aproximadamente; Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la