Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2013 (05/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Jueves 5 de diciembre de 2013

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acreditan a sus representantes en un plazo no mayor a sesenta dias contado a partir de la recepcion de la comunicacion remitida por la Presidencia de la Comision. El MORDAZA de eleccion de los representantes de las organizaciones de personas con discapacidad esta a cargo del Consejo Nacional para la Integracion de la Persona con Discapacidad (Conadis), contando con la participacion de la Defensoria del Pueblo como supervisor del cumplimiento de las normas aplicables. El MORDAZA de eleccion debe efectuarse en el plazo MORDAZA de sesenta dias contado a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley. Las instituciones que conforman la comision especial revisora creada por esta disposicion designan, asimismo, a un miembro alterno por cada representante, a fin de coadyuvar al optimo funcionamiento de la misma. El miembro alterno reemplaza en caso de ausencia al respectivo miembro titular de la institucion para los efectos del computo del quorum y de las votaciones. Los miembros de la comision especial revisora creada por esta disposicion ejercen el cargo ad honorem." Articulo 2. Disposiciones complementarias El Poder Ejecutivo dicta las normas y las disposiciones complementarias que MORDAZA necesarias para el debido cumplimiento de la presente MORDAZA dentro de los treinta dias de la entrada en vigencia de la presente Ley. Articulo 3. Instalacion de la Comision La Comision Especial Revisora del Codigo Civil se instala dentro de los sesenta dias de la entrada en MORDAZA de la presente Ley. Articulo 4. Derogatoria Deroganse y, en su caso, modificanse o adecuanse las normas que se opongan a la presente Ley. Comuniquese al senor Presidente Constitucional de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los catorce dias del mes de noviembre de dos mil trece. FREDY OTAROLA PENARANDA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primera Vicepresidenta del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de diciembre del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros

En MORDAZA, a los catorce dias del mes de noviembre de dos mil trece. FREDY OTAROLA PENARANDA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primera Vicepresidenta del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de diciembre del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros

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LEY Nº 30121
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA LA MORDAZA DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL DE LA LEY 29973, LEY GENERAL DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD
Articulo 1. Modificacion de la MORDAZA disposicion complementaria final de la Ley 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad Modificase la MORDAZA disposicion complementaria final de la Ley 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, la que queda redactada bajo el siguiente texto: "Segunda. Creacion de la Comision Especial Revisora del Codigo Civil Constituyese una Comision Especial encargada de revisar el Codigo Civil en lo referido al ejercicio de la capacidad juridica de la persona con discapacidad y formular, en un plazo no mayor a un ano, contado a partir de su instalacion, un anteproyecto de ley de reforma del Codigo Civil y demas normas que fueren necesarias, a fin de guardar correspondencia con lo establecido en la presente Ley y en la Convencion sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. La comision especial esta compuesta por los siguientes miembros: a) Dos congresistas de la Republica, uno de los cuales la preside. b) Un representante del Consejo Nacional para la Integracion de la Persona con Discapacidad (Conadis). c) Un representante del Poder Judicial. d) Un representante de las universidades que tengan facultades de Derecho, el cual es designado por la Asamblea Nacional de Rectores. e) Un representante de la Defensoria del Pueblo. f) Un representante del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. g) Tres representantes de las organizaciones de las personas con discapacidad inscritas en el registro respectivo del Consejo Nacional para la Integracion de la Persona con Discapacidad (Conadis), elegidos conforme al procedimiento senalado en el MORDAZA parrafo de la presente disposicion. Las entidades que conforman la Comision Especial Revisora del Codigo Civil creada por esta disposicion

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RESOLUCION LEGISLATIVA Nº 30122
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Resolucion Legislativa siguiente:

RESOLUCION LEGISLATIVA QUE APRUEBA LA ENMIENDA DE LA CONVENCION SOBRE LA PROTECCION FISICA DE LOS MATERIALES NUCLEARES
Articulo unico. Objeto de la Resolucion Legislativa Apruebase la Enmienda de la Convencion sobre la Proteccion Fisica de los Materiales Nucleares, aprobada el 8 de MORDAZA de 2005 en la MORDAZA de MORDAZA, Austria.

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