TEXTO PAGINA: 21
El Peruano Jueves 5 de diciembre de 2013 508387 (d) Ascenso a Técnico 2° - Promoción 01/05/1992 ascenderá el 1° de Enero del 2014 - Promoción 01/01/1995 ascenderá el 1° de Enero del 2014 - Promoción 01/05/1996 ascenderá el 1° de Enero del 2014 - Promoción 01/07/1996 ascenderá el 1° de Enero del 2014 - Promoción 01/08/1997 ascenderá el 1° de Enero del 2014 - Promoción 01/01/1998 ascenderá el 1° de Enero del 2014 - Promoción 01/05/1998 ascenderá el 1° de Enero del 2017 - Promoción 01/01/1999 ascenderá el 1° de Enero del 2017 - Promoción 01/07/1999 ascenderá el 1° de Enero del 2019 - Promoción 01/11/1999 ascenderá el 1° de Enero del 2019 - Promoción 01/10/2000 ascenderá el 1° de Enero del 2019 - Promoción 01/10/2001 ascenderá el 1° de Enero del 2021; y así sucesivamente. (e) Ascenso a Técnico 1° - Promoción 01/12/1988 ascenderá el 1° de Enero del 2014 - Promoción 01/07/1990 ascenderá el 1° de Enero del 2014 - Promoción 01/05/1992 ascenderá el 1° de Enero del 2020 - Promoción 01/07/1992 ascenderá el 1° de Enero del 2014 - Promoción 01/09/1992 ascenderá el 1° de Enero del 2014 - Promoción 01/10/1992 ascenderá el 1° de Enero del 2016 - Promoción 01/01/1993 ascenderá el 1° de Enero del 2014 - Promoción 01/02/1993 ascenderá el 1° de Enero del 2018 - Promoción 01/06/1993 ascenderá el 1° de Enero del 2018 - Promoción 01/08/1993 ascenderá el 1° de Enero del 2018 - Promoción 01/09/1993 ascenderá el 1° de Enero del 2018 - Promoción 01/11/1993 ascenderá el 1° de Enero del 2018 - Promoción 01/10/1994 ascenderá el 1° de Enero del 2019 - Promoción 01/01/1995 ascenderá el 1° de Enero del 2020 - Promoción 01/04/1995 ascenderá el 1° de Enero del 2026 - Promoción 01/11/1995 ascenderá el 1° de Enero del 2019 - Promoción 01/12/1995 ascenderá el 1° de Enero del 2020 - Promoción 01/05/1996 ascenderá el 1° de Enero del 2021 - Promoción 01/07/1996 ascenderá el 1° de Enero del 2021 - Promoción 01/08/1997 ascenderá el 1° de Enero del 2021 - Promoción 01/01/1998 ascenderá el 1° de Enero del 2021; y así sucesivamente. (f) Ascenso a Técnico Jefe - Promoción 01/06/1982 ascenderá el 1° de Enero del 2014 - Promoción 01/08/1982 ascenderá el 1° de Enero del 2014 - Promoción 01/02/1984 ascenderá el 1° de Enero del 2019 - Promoción 01/07/1984 ascenderá el 1° de Enero del 2014 - Promoción 01/08/1984 ascenderá el 1° de Enero del 2014 - Promoción 01/04/1985 ascenderá el 1° de Enero del 2018 - Promoción 01/07/1985 ascenderá el 1° de Enero del 2014 - Promoción 01/10/1985 ascenderá el 1° de Enero del 2017 - Promoción 01/08/1986 ascenderá el 1° de Enero del 2014 - Promoción 01/09/1986 ascenderá el 1° de Enero del 2014 - Promoción 01/10/1986 ascenderá el 1° de Enero del 2014 - Promoción 01/08/1987 ascenderá el 1° de Enero del 2014 - Promoción 01/10/1987 ascenderá el 1° de Enero del 2018 - Promoción 01/12/1987 ascenderá el 1° de Enero del 2019 - Promoción 01/08/1988 ascenderá el 1° de Enero del 2019 - Promoción 01/12/1988 ascenderá el 1° de Enero del 2020 - Promoción 01/08/1989 ascenderá el 1° de Enero del 2020 - Promoción 01/09/1989 ascenderá el 1° de Enero del 2020 - Promoción 01/07/1990 ascenderá el 1° de Enero del 2020 - Promoción 01/08/1990 ascenderá el 1° de Enero del 2020 - Promoción 01/09/1990 ascenderá el 1° de Enero del 2021 - Promoción 01/11/1990 ascenderá el 1° de Enero del 2021; y así sucesivamente. PARTE III NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA TRANSITORIEDAD DEL ARTÍCULO 42° “CAUSAL POR LÍMITE DE EDAD EN EL GRADO” DEL PERSONAL TÉCNICOS Y SUBOFICIALES DEL EJÉRCITO DEL PERÚ Para dar cumplimiento al periodo de transitoriedad del artículo 42° de la ley, a partir del año 2014, se procederá a dar cumplimiento a dicha causal. PARTE IV NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA TRANSITORIEDAD DEL ARTÍCULO 51° “LÍMITE DE VECES SIN ALCANZAR VACANTE EN EL PROCESO DE ASCENSOS” DEL PERSONAL TÉCNICOS Y SUBOFICIALES DEL EJÉRCITO DEL PERÚ Para el pase a la situación de retiro por la causal “limite de veces sin alcanzar vacante en el proceso de ascenso” durante el periodo de transitoriedad se aplicará a partir del proceso de ascenso 2021, promoción 2022. AÑOS REQUISITOS 2013 Periodo de transitoriedad 2014 Periodo de transitoriedad 2015 Periodo de transitoriedad 2016 Periodo de transitoriedad 2017 Periodo de transitoriedad 2018 Periodo de transitoriedad 2019 Periodo de transitoriedad 2020 Periodo de transitoriedad 2021 Se aplica el artículo 51° ANEXO N° 02: MARINA DE GUERRA DEL PERÚ APLICACIÓN DEL PERIODO TRANSITORIEDAD DE LOS ARTICULOS 8º Y 51º I. NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA OBTENCIÓN DEL GRADO INMEDIATO SUPERIOR DEL PERSONAL SUBALTERNO DE LA MARINA DE GUERRA DEL PERÚ PARTE I PROCEDIMIENTO PARA DETERMINACIÓN DE VACANTES 1. Determinación de vacantes para las promociones egresadas del Instituto de Educación Superior Tecnológico Naval – CITEN Las vacantes serán establecidas para cada grado, especialidad y promoción de alta como Ofi cial de Mar, guardando los principios de proporcionalidad e igualdad de oportunidades en función a los requerimientos Institucionales en concordancia con lo regulado en el Plan Estratégico de Personal. 2. Determinación de vacantes para promociones provenientes del Servicio Militar Las vacantes serán establecidas por clasifi cación en forma separada, para cada grado, por Especialidades y Promoción de alta como Ofi ciales de Mar. 3. Determinación de vacantes para promociones provenientes de Institutos y Escuelas de Educación Superior o Universidades Las vacantes serán establecidas por clasifi cación en forma separada, para cada grado, por Especialidades y Promoción de alta como Ofi ciales de Mar. PARTE II REQUISITOS PARA POSTULAR AL GRADO INMEDIATO SUPERIOR 1. Tiempo de servicios reales y efectivos en el grado militar a. El Personal de las categorías de Supervisores, Técnicos, Ofi ciales de Mar y los Cabos 1º, para ser declarado “Postulante Apto” en el proceso de ascenso año 2013, promoción 1 de enero del 2014, deberá cumplir con los años mínimos de tiempo de servicios reales y efectivos en el grado militar, computados al 31 diciembre del año anterior a la promoción de ascenso, de acuerdo a los requisitos establecidos en el artículo 307° del Reglamento de Ascensos del Personal Subalterno de la Marina - REASPERSUB-13013 (edición 2010) y los lineamientos que disponga el Comandante General de la Marina. b. El Decreto Legislativo Nº 1144, que regula la Situación Militar de los Supervisores, Técnicos y Subofi ciales u Ofi ciales de Mar de las Fuerzas Armadas, publicado el 11 de diciembre 2012, en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria establece un periodo de transitoriedad para la aplicación progresiva de las previsiones contenidas en los artículos 8º, 42º y 51º, de acuerdo a los Planes Estratégicos Institucionales en el Área de Personal de las Instituciones Armadas. c. Conforman las Promociones de Supervisores, Técnicos y Ofi ciales de Mar provenientes del Instituto