Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2013 (12/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano Jueves 12 de diciembre de 2013

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Que, la Ley citada, en el numeral 6.2 del articulo 6°, establece que la publicacion del acta de creacion de la mancomunidad regional, suscrita por los presidentes de los gobiernos regionales integrantes, es el acto constitutivo que otorga personeria juridica de derecho publico a la mancomunidad regional; asimismo, se senala que el acta de la mancomunidad regional es publicada en el Diario Oficial El Peruano y que la Presidencia del Consejo de Ministros lleva un registro de las mancomunidades regionales creadas; Que, el articulo 12° del Reglamento de la Ley de Mancomunidad Regional, aprobado mediante Decreto Supremo N° 050-2013-PCM, senala que la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros lleva un registro administrativo de las mancomunidades regionales; Que, mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 036-2013-PCM/SD se aprobo el Reglamento del Registro de Mancomunidades Regionales; luego se modifico mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 047-2013-PCM/SD; Que, el numeral 2.3 de la Primera Disposicion Transitoria del Reglamento del Registro de Mancomunidades Regionales, establece que en el caso de Mancomunidades Regionales constituidas a la entrada en vigencia de la Ley Nº 29768, Ley de Mancomunidad Regional, la inscripcion de su constitucion requiere la MORDAZA de una declaracion jurada suscrita por el Presidente del Comite Ejecutivo y los Presidentes de los Gobiernos Regionales integrantes, en el sentido que se ha cumplido con lo dispuesto por el articulo 6º de la misma Ley; Que, en el numeral 3 de la Primera Disposicion Transitoria del Reglamento del Registro de Mancomunidades Regionales, se establece que la inscripcion de la eleccion del primer Presidente del Comite Ejecutivo, requiere la MORDAZA de una declaracion jurada suscrita por el Presidente del Comite Ejecutivo en el sentido que su designacion cumple con los requisitos establecidos en las normas de su Estatuto; Que, mediante el Oficio N° 001-2013-MR-QNNA/CEPRES, el senor Presidente de la "Mancomunidad Regional del Qhapaq Nan Nor Amazonico" solicita la inscripcion de esta, en el Registro de Mancomunidades Regionales, al MORDAZA de la modificacion del Reglamento del Registro de Mancomunidades Regionales, establecida por Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 0472013-PCM/SD. Esta Mancomunidad Regional la integran los Gobiernos Regionales de Amazonas, MORDAZA, La MORDAZA y San Martin; Que, mediante la publicacion del Acta de Vistos, de fecha 31 de enero de 2013, se expresa el acuerdo de creacion de la Mancomunidad Regional conformada por los Gobiernos Regionales de Amazonas, MORDAZA, La MORDAZA y San Martin; Que, mediante Acta de Sesion de Comite Ejecutivo, de fecha 13 de junio de 2013, se aprobo el cambio de denominacion de esta entidad a "Mancomunidad Regional del Qhapaq Nan Nor Amazonico". En esta misma Acta se aprecia la mencion del senor MORDAZA MORDAZA Murgia Zannier, como Presidente del Comite Ejecutivo, hecho al que se suma la declaracion jurada de Vistos por la que expresa que su designacion cumple con los requisitos establecidos en las normas del Estatuto de esta entidad; dandose asi cumplimiento a la Primera Disposicion Transitoria del Reglamento del Registro de Mancomunidades Regionales; Que, la declaracion jurada de Vistos, suscrita por el Presidente del Comite Ejecutivo y los Presidentes de los Gobiernos Regionales de Amazonas, MORDAZA y San MORDAZA, expresa el cumplimiento de lo establecido por el articulo 6º de la Ley Nº 29768, Ley de Mancomunidad Regional; de acuerdo a lo establecido en la Primera Disposicion Transitoria del Reglamento del Registro de Mancomunidades Regionales; Que, por las Ordenanzas Regionales de Vistos, los Gobiernos Regionales de Amazonas, MORDAZA, La MORDAZA y San MORDAZA, expresan la voluntad de constituir una mancomunidad regional; Que, acorde con el Informe Nº 083-2013­PCM/ SD-OGI-MIRA, con los documentos presentados para la inscripcion administrativa del acto constitutivo y la eleccion del Presidente del Comite Ejecutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en la Primera Disposicion Transitoria del Reglamento del

Mishquiyacu - Sauce"; integrada por las Municipalidades Distritales de Pilluana y Tres Unidos de la Provincia de Picota, y Sauce de la Provincia de San MORDAZA, en el Departamento de San Martin; reconociendosele, a partir de dicho acto, la condicion de persona juridica de derecho publico, como entidad publica. Articulo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal MORDAZA Mishquiyacu - Sauce", como sigue: - Presidente: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Pilluana. - Director: MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Sauce. - Director: Waldir MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Tres Unidos. Articulo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Tecnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitucion y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitucion de la "Mancomunidad Municipal MORDAZA Mishquiyacu - Sauce", en el Registro de Mancomunidades Municipales. Articulo 4º.- Publicacion Disponer la publicacion de la presente Resolucion de Secretaria de Descentralizacion en el Diario Oficial El Peruano, y en la pagina web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.pcm.gob.pe. Articulo 5º.- Vigencia La presente Resolucion rige a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA CEDRON Secretaria de Descentralizacion 1026948-1

Disponen inscripcion de la "Mancomunidad Regional del Qhapaq Nan Nor Amazonico" en el Registro de Mancomunidades Regionales
RESOLUCION DE SECRETARIA DE DESCENTRALIZACION Nº 058-2013-PCM/SD MORDAZA, 11 de Diciembre de 2013 VISTOS: El Oficio N° 001-2013-MR-QNNA/CE-PRES; la publicacion Acta de Sesion de Comite Ejecutivo, de fecha 31 de enero de 2013; el Acta de Sesion de Comite Ejecutivo de fecha 13 de junio de 2013; la declaracion jurada, de fecha 28 de octubre de 2013, suscrita por el Presidente del Comite Ejecutivo y los Presidentes de los Gobiernos Regionales de Amazonas, MORDAZA y San Martin; la declaracion jurada, de fecha 28 de octubre de 2013, suscrita por el Presidente del Comite Ejecutivo; la Ordenanza Regional Nº 298 del Gobierno Regional de Amazonas; la Ordenanza Regional Nº 035-2011-GRCAJCR del Gobierno Regional de Cajamarca; la Ordenanza Regional Nº 011-2011-GR-LL/CR del Gobierno Regional de La Libertad; la Ordenanza Regional Nº 043-2009GRSM/CR del Gobierno Regional de San Martin; y el Informe Nº 083-2013­PCM/SD-OGI-MIRA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29768, Ley de Mancomunidad Regional, en el articulo 2º, define a la mancomunidad regional como el acuerdo voluntario de dos o mas gobiernos regionales que se unen para la prestacion conjunta de servicios publicos, cofinanciamiento o inversion en la ejecucion de obras, que promuevan la integracion, el desarrollo regional y la participacion de la sociedad, coadyuvando al MORDAZA de regionalizacion;

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