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El Peruano Jueves 12 de diciembre de 2013 509029 Que, el mencionado evento tiene por objetivo, analizar desde las organizaciones de productores agrarios, organismos de desarrollo, agrupaciones profesionales, consultores y expertos, los resultados del IV Censo Nacional Agropecuario, así como, consensuar propuestas de políticas públicas que contribuyan a mejorar el desempeño de la agricultura familiar, con enfoque competitivo, sostenible, amortiguamiento del cambio climático y económico socialmente inclusivo; Que, la Dirección General de Competitividad Agraria mediante el Ofi cio N° 3448-2013-MINAGRI-DGCA-DG/DA de fecha 05 de diciembre de 2013, adjunta el Informe Nº 007- 2013-MINAGRI-DGCA-DA/JRM de fecha 02 de diciembre de 2013, en el mismo que, entre otros, concluye, que una de las competencias compartidas del Ministerio de Agricultura y Riego es promover la producción agropecuaria nacional, la oferta agraria exportable y el acceso de los productos agrarios nacionales a nuevos mercados internos y externos, siendo las Ferias y Eventos Agropecuarios plataformas de fomento para la exposición de productos agrarios, recomendando la ofi cialización del citado evento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley Nº 30048, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 031-2008- AG; el Decreto Supremo Nº 008-2002-AG que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Agricultura y Riego, modifi cado por la Resolución Ministerial Nº 0212-2011-AG; y, la Resolución Ministerial Nº 0650-2006-AG, que aprueba el Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios; SE RESUELVE: Artículo 1.- Ofi cializar el evento “XVI Convención Nacional del Agro Peruano - CONVEAGRO 2013”, denominado “La Agricultura Familiar: Su contribución al desarrollo económico, social y la seguridad alimentaria”, a realizarse los días 12 y 13 de diciembre de 2013, en el Auditorio de la Universidad Tecnológica del Perú - UTP, ubicado en la Avenida Petit Thouars Nº 315, Torre Tecnológica 1, Piso 11, (Manuel Corpancho), Cercado de Lima, organizado por la Convención Nacional del Agro Peruano - CONVEAGRO. Artículo 2.- La presente Resolución no irrogará gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 3.- El Comité Organizador del evento a que se refi ere el artículo 1, precedente, presentará al Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura y Riego, un Informe Final sobre las actividades realizadas y los objetivos alcanzados, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes, una vez fi nalizado dicho evento. Regístrese, comuníquese y publíquese MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Agricultura y Riego 1026654-1 Aprueban Procedimiento para el desarrollo de Análisis de Riesgo de Plagas para Plantas, Productos Vegetales y Otros Artículos Reglamentados RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0043-2013-MINAGRI-SENASA-DSV 25 de noviembre de 2013 VISTO: El Procedimiento para el desarrollo de Análisis de Riesgo de Plagas (ARP) para plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1059, Ley General de Sanidad Agraria establece que uno de los objetivos del Servicio Nacional de Sanidad Agraria es la prevención, el control y la erradicación de plagas y enfermedades en vegetales y animales, que representan riesgo para la vida, la salud de las personas y los animales y la preservación de los vegetales; Que, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 018-2008- AG, Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, prevé que la Autoridad en Sanidad Agraria administra los servicios ofi ciales fi to y zoosanitarios, para lo cual establece y conduce, entre otros, el Sistema de Vigilancia en Sanidad Agraria; Que, asimismo, el mencionado Reglamamento de la Ley General de Sanidad Agraria, prevé, entre sus anexos, que el Sistema de Vigilancia en Sanidad Agraria es el conjunto de acciones y procedimientos de carácter técnico-administrativo mediante el cual el SENASA mantiene actualizada efi cientemente la información estratégica fi to y zoosanitaria, nacional e internacional, que le permita conducir los estudios de Análisis de Riesgo de Plagas y Enfermedades con apropiado sustento técnico científi co, que a su vez sirva de soporte a las decisiones que tomen las dependencias institucionales vinculadas, en particular al sistema de cuarentena en sanidad agraria, así como al sector privado; Que, el Reglamento de Cuarentena Vegetal, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, en el glosario, establece que el Análisis del Riesgo de plagas es el proceso de evaluación de los testimonios biológicos, científi cos y económicos para determinar si una plaga debería ser reglamentada y la intensidad de cualquiera medidas fi tosanitarias que han de adoptarse para combatirla; Que, el artículo 27 del Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-AG especifi ca que la Subdirección de Análisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria tiene como objetivo mantener actualizado un efi ciente sistema de información fi tosanitaria, nacional e internacional, que le permita conducir los estudios de Análisis de Riesgo de Plagas con apropiado sustento técnico científi co, que a su vez sirva de soporte a las decisiones que tomen las dependencias institucionales vinculadas, así como el sector privado; Que, el objetivo del procedimiento del visto es establecer y armonizar los procedimientos de elaboración de los Análisis de Riesgo de Plagas (ARP) para identifi car los riesgos fi tosanitarios involucrados en la importación de plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados, así como servir de base técnica en la propuesta de medidas fi tosanitarias adecuadas para minimizar riesgos; Que, de acuerdo a lo señalado en las consideraciones anteriores, resulta procedente aprobar el Procedimiento para el desarrollo de Análisis de Riesgo de Plagas (ARP) para plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados; dentro de contexto fi tosanitario y exportador, siendo necesario que los Organismos Nacionales de Protección Fitosanitaria (ONPF) de los países exportadores, importadores nacionales y otros usuarios lo conozcan para que brinden el apoyo necesario para el logro del mencionado objetivo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, Decreto Supremo Nº 018-2008- AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y modifi catorias; y con el visado de la Subdirección de Análisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébese el Procedimiento para el desarrollo de Análisis de Riesgo de Plagas para Plantas, Productos Vegetales y Otros Artículos Reglamentados, el mismo que será publicado en el Portal Institucional del SENASA (www.senasa.gob.pe) y entrará en vigencia desde el día siguiente de haberse publicado la presente Resolución en el diario ofi cial “El Peruano”. Artículo 2º.- Déjese sin efecto la Resolución Directoral N° 44-2006-AG-SENASA-DSV. Regístrese, comuníquese y publíquese. MOISES PACHECO ENCISO Director General Dirección de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 1026225-1