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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (14/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 80

El Peruano Sábado 14 de diciembre de 2013 509254 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA EULALIA Aprueban Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Santa Eulalia ORDENANZA MUNICIPAL Nº 011-2013-MDSE Santa Eulalia, 27 de noviembre de 2013 EL CONCEJO DISTRITAL DE SANTA EULALIA Visto, en Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 28 de noviembre de 2013, el Informe Nº 008-2013- GSPyMA-MDSE emitido por la Gerencia de Servicios Públicos y Medio Ambiente, remite el proyecto referido a la Ordenanza Municipal que aprueba el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Santa Eulalia. CONSIDERANDO: Que, conforme lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, los numerales 3.1) y 3.2) del artículo 80º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 señala como funciones específi cos exclusivos de las municipalidades distritales, proveer el servicio de limpieza pública, determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios; asimismo regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas y otros lugares públicos locales. Que, el numeral 1) del artículo 10º de la Ley General de Residuos Sólidos, Ley Nº 27814, señala que “Las municipalidades distritales son responsables por la prestación de los servicios de recolección y transporte de los residuos sólidos y de la limpieza de vías, espacios y monumentos públicos en su jurisdicción: los residuos sólidos en su totalidad deberán ser conducidos directamente a la planta de tratamiento o al lugar de disposición fi nal…” Que, el D. S. Nº 012-2009-MINAN, aprueba la Política Nacional del Ambiente, en los Ejes de Política – La Política Nacional del Ambiente es de cumplimiento obligatorio en los niveles de Gobierno Nacional, Regional y Local y de carácter orientador con el sector privado y la sociedad civil. Que, en el D. S. Nº 009-2009-MINAN, en el que se establece las Medidas de Ecoefi ciencia en el Sector Público y el D.S. Nº 011-2010-MINAN, en el que modifi ca algunos artículos del D.S. 009-2009-MINAN. Que, en uso de las facultades conferidas por los artículos 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de al Acta de Sesión Ordinaria de Concejo, POR UNANIMIDAD, se ha emitido la siguiente Ordenanza: “ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO DE SANTA EULALIA” Artículo Primero.- APROBAR, el PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS del Distrito de Santa Eulalia, que como anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al señor Alcalde para que en vía Decreto de Alcaldía, efectúe las adecuaciones que corresponda para el mejor cumplimiento del Plan aprobado en el artículo precedente. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia de Servicios Públicos y Medio Ambiente, velar por el estricto cumplimiento del Plan de Manejo de Residuos Sólidos a fi n de alcanzar los objetivos formulados. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DAVID SANCHEZ GARCÍA Alcalde 1027429-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN