Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2013 (14/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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proyecto de ordenanza remitido al Pleno del Concejo para su aprobacion, el referido Plan MORDAZA constituye en el principal instrumento del urbanismo y del desarrollo local del Centro Poblado de Araya Grande, el mismo que, ante la ausencia de un Plan de Acondicionamiento Territorial ha incorporado un MORDAZA de analisis del entorno territorial y socioeconomico provincial a la vez que se contextualiza con el Plan Estrategico de la Provincia de Barranca 2004 - 2014; Que, la nueva Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, Ley Nº 29090, en su Disposicion Transitoria, UNICA establece un plazo perentorio para a la aprobacion de los planes de Desarrollo Urbano; Que, despues de algunas intervenciones del debate pertinente, el intercambio de ideas y en cumplimiento de lo dispuesto el Articulo 9º, 39° y 40° de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades y el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, el Pleno del Concejo Provincial de Barranca con el MORDAZA UNANIME de los Senores Regidores presentes y con dispensa del tramite de lectura y Aprobacion de Acta; ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL ESQUEMA DE ORDENAMIENTO MORDAZA DEL CENTRO POBLADO DE ARAYA GRANDE 2013 ­ 2018, DEL DISTRITO Y PROVINCIA DE BARRANCA, DEPARTAMENTO DE LIMA. Articulo 1º.- APROBAR, EL ESQUEMA DE ORDENAMIENTO MORDAZA (EU) DEL CENTRO POBLADO DE ARAYA GRANDE 2013 ­ 2018, del Distrito de Barranca, Provincia de Barranca, Departamento de MORDAZA, que forma parte de la presente Ordenanza, el mismo que tendra una vigencia de cinco (5) anos a partir de la publicacion de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- APROBAR, EL CAMBIO DE USO DE MORDAZA A MORDAZA del terreno que ocupa el Centro Poblado de Araya Grande de un area de 82,121.96 m2. Articulo 3º.- AUTORICESE, a la Gerencia Municipal para realizar todas las acciones tecnicas y legales a fin de dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en el EU del Centro Poblado de Araya Grande. Dado en la MORDAZA Municipal, a los Veintisiete dias del mes de Noviembre del Dos Mil Trece. POR LO TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. ROMEL ULLILEN MORDAZA MORDAZA Provincial 1027687-1 CONSIDERANDO:

El Peruano Sabado 14 de diciembre de 2013

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL
Establecen amnistia parcial de multas por infracciones al MORDAZA y al servicio de transporte en la Provincia de Huaral
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 018-2013-MPH Huaral, 28 de noviembre del 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Proyecto de Ordenanza Municipal que Establece Amnistia Parcial de Multas por Infracciones al MORDAZA y al Servicio de Transporte en la Provincia de Huaral; y,

Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado mediante Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con lo dispuesto en los Articulos I y II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Ley General de Transporte y de MORDAZA Terrestre Ley Nº 27181 en su Articulo 11º Establece que las Municipalidades Provinciales estan facultadas para emitir normas complementarias para la aplicacion de los reglamentos nacionales en materia de transporte, asimismo el Articulo 17º de la citada MORDAZA les otorga la facultad de recaudar y administrar los recursos provenientes del pago de multas por infracciones de MORDAZA contenidas en el Texto Unico Ordenado del Reglamento Nacional de MORDAZA - Codigo de MORDAZA Decreto Supremo Nº 0162009-MTC, modificado por el Decreto Supremo Nº 0292009-MTC. Que, el Articulo 288º del Texto Unico Ordenado del Reglamento Nacional de MORDAZA ­Codigo de MORDAZA Decreto Supremo Nº 016-2009-MTC, modificado por el Decreto Supremo Nº 029-2009-MTC, senala: Se considera Infraccion de MORDAZA de la accion u omision que contravengan las disposiciones contenidas en el presente Reglamento, debidamente tipificada en los MORDAZA de Tipificacion, Sanciones y Medidas Preventivas aplicables a las infracciones al MORDAZA Terrestre. Que, dentro de las sanciones administrativas encontradas a las multas que implican la cancelacion de una sancion pecuniaria al cual puede ser reducida o dejada sin efecto a criterio de la municipalidad competente en virtud a la autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomia que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico esto de conformidad al Articulo II Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades. Que, la Ordenanza Municipal Nº 012-2009-MPH, modificado por la Ordenanza Municipal Nº 008-2010-MPH, que Regula el Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Huaral, en su Articulo 28º senala: El Control de Servicio Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores y la Imposicion de las Papeletas de Infraccion Vehicular al Servicio Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores del presente reglamento sera impuestas por el Inspector de Transporte de la Municipalidad Provincial de Huaral, debidamente identificado con el apoyo de la Policia Nacional del Peru, si fuese necesario. Que, la Ordenanza Municipal Nº 009-2000-MPH, Regula el Servicio de Taxi en la Provincia de Huaral en su Articulo 85º Establece: Las Papeletas por Infraccion a la presente Ordenanza seran impuestas por la Policia Nacional del Peru asignada al Control de MORDAZA, cuando el vehiculo se encuentre en rutas y con pasajeros, asimismo en concordancia con el Articulo 92º de la Ordenanza citada senala: La persona natural o juridica segun sea el caso sera sancionada por las acciones u omisiones la que utilizaran la letra I como elemento identificatorio. Que, la Ordenanza Municipal Nº 002-98-CMH, Reglamenta el Servicio de Transporte MORDAZA e Interurbano en la Provincia de Huaral, en lo concerniente al Servicio Regular, la misma que en su Articulo 84º senala: Las Papeletas por infraccion a la presente Ordenanza, seran impuestas por la Policia Nacional de Peru, asignada al Control de MORDAZA, cuando el vehiculo se encuentre en ruta y con pasajeros: asimismo en concordancia con lo establecido en su Articulo 91º de la MORDAZA en mencion que establece: Las concesionarias seran sancionadas por las siguientes acciones u omisiones por los miembros de la Policia de MORDAZA, utilizando la letra H, como elemento codificatorio. Que, la Municipalidad Provincial de Huaral, tiene pendiente de cobro una importante cartera por concepto de Papeletas de Infraccion al MORDAZA y Transporte que se encuentran en calidad de incobrables durante muchos anos y en algunos casos se encuentren en la Oficina de Ejecutoria Coactiva, por lo que es conveniente que se genere una politica municipal de facilidades de pago, estableciendo un Regimen de Incentivos que permita

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