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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (14/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 75

El Peruano Sábado 14 de diciembre de 2013 509249 VÍA TRAMO APROBACIÓN TRAZO/ FUNCIÓN ANCHO NORMATIVO Av. Eucaliptos Av. Paramonga - S/N 8 + 100mts Adecuar el trazo Vigente P r o l o n g a c i ó n Pacasmayo Ca. S/N - Calle S/N 8 Adecuar el trazo Vigente Según se muestra en las láminas Nº 01, Nº 02, Nº 03, Nº 04, Nº 05, Nº 06, Nº 07, Nº 08 y Nº 09 que como Anexo forman parte integrante de la presente Ordenanza, las cuales serán publicadas en el portal electrónico de la Municipalidad Metropolitana de Lima. (www.munlima.gob.pe) Artículo Segundo.- En el sector conformado por las vías metropolitanas Av. San Nicolás, Av. Prolongación Naranjal, Av. Josefina y Av. Paramonga, la Municipalidad Distrital de San Martín de Porras podrá establecer, de acuerdo con su competencia, un sistema de vías locales, cuyo trazo deberá ser coordinado con el Ministerio de Cultura a fin de garantizar la no afectación de zonas arqueológicas. Asimismo, en los procesos de habilitación urbana que se efectúen en el sector, la Municipalidad Distrital debe requerir el correspondiente Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos. Artículo Tercero.- El Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima efectuará las modifi caciones necesarias del Plano del Sistema Vial Metropolitano y de las Secciones Viales Normativas, de acuerdo a la modifi cación aprobada en el Artículo Primero. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. En Lima,10 de diciembre de 2013 HERNÁN NÚÑEZ GONZALES Encargado de la Alcaldía 1027166-1 Rectifican áreas materia de desafectación y cambio de uso señaladas en la Resolución de Concejo Nº 589-MML ORDENANZA N° 1755 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA, ENCARGADO DE LA ALCALDÍA; POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 10 de diciembre de 2013 el Dictamen Nº 134-2013-MML- CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE RECTIFICA LAS ÁREAS MATERIA DE DESAFECTACIÓN Y CAMBIO DE USO SEÑALADAS EN LA RESOLUCIÓN DE CONCEJO N° 589-MML Artículo Único.- Rectifi car la Resolución de Concejo Nº 589-MML de fecha 14 de abril 2011, respecto a las áreas objeto de la desafectación y cambio de uso de los terrenos ubicados en el Fundo Chacra Cerro del distrito de Comas, aprobado por Resolución de Concejo N° 163- MML de fecha 13 de noviembre de 1998, de la siguiente manera: Dice: Área del Colegio: 1,503.66 m2 Área del Mercado: 1,993.29 m2 Área de Local Comunal: 538.64 m2 Área remanente del Parque: 4,478.02 m2 Área Total: 8,727.30 m2 Debe Decir: Área del Colegio: 1,412.2503m2 Área del Mercado: 2,191.4914m2 Área del Local Comunal: 620.6893 m2 Área Remante: 4,525.5690m2 Área Total: 8,750.00m2 POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Lima, 10 de diciembre de 2013 HERNÁN NUÑEZ GONZALES Encargado de Alcaldía 1027168-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 260-MDSJM que establece beneficios tributarios y no tributarios en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 23-2013-A-MDSJM San Juan de Mirafl ores, 12 diciembre 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO: El Informe Nº 857-2013-GAJ-MDSJM de fecha 11 de diciembre del 2013 de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, Memorando Nº1290-2013-GR-MDSJM de fecha 11 de diciembre del 2013 de la Gerencia de Rentas, sobre Prorroga de Ordenanza Nº260-MDSJM Benefi cios Tributarios; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo 194º, establece que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que mediante Ordenanza se crean, modifi can, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones , dentro de los límites establecidos por Ley. Que, el TUO. del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99- E.F y sus modifi catorias, en su norma IV, Principio de Legalidad- Reserva de la Ley, establece que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modifi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley, y en su Artículo 41º sobre Condonación , dispone que, excepcionalmente, los Gobiernos Locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren, en el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo. Que, mediante Ordenanza Nº 260-2013-MDSJM, publicada con fecha 15 de Noviembre 2013, en el Diario Ofi cial “El Peruano” la Municipalidad Distrital de San Juan de Mirafl ores otorga Benefi cios Tributarios y no Tributarios en el Distrito de San Juan de Mirafl ores, a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y no tributarias, otorgándose facilidades y descuentos que les permitan regularizar sus deudas tributarias. Que la tercera disposición fi nal de la referida Ordenanza, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias para su adecuación y mejor aplicación.