Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2013 (14/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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constitucional de MORDAZA seguido por MORDAZA MORDAZA Ugarte MORDAZA en contra del MORDAZA Nacional de Elecciones, las sentencias emitidas en dicho MORDAZA constitucional, a las que se ha dado cumplimiento, emitiendo este organo colegiado MORDAZA pronunciamiento. De igual manera, debe apreciarse la conducta de las partes renida con los principios de lealtad y buena fe procesal en este y otros procesos del mismo concejo distrital, por medio de manifestaciones en los exteriores de las instalaciones del MORDAZA Nacional de Elecciones, con expresiones agraviantes y difamatorias, todo lo cual implica que en este como en todos los procesos, deben efectuarse una exhaustiva investigacion y acompanamiento de medios probatorios, con el objeto de llegar a la verdad material a la que alude el Titulo Preliminar de la LPAG, con la certeza de que este Supremo Tribunal Electoral actua siempre con imparcialidad, independencia, honestidad y transparencia, con arreglo a nuestra Constitucion Politica del Peru, ordenamiento legal y lo actuado en el proceso. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE AYVAR MORDAZA Articulo Primero.- Declarar NULO el Acuerdo de Concejo Nº 009-2013-MDSM, del 24 de enero de 2013, y todo lo actuado hasta la fecha de MORDAZA de la solicitud de declaratoria de vacancia presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Reano, en el procedimiento de declaratoria de vacancia seguido en contra de MORDAZA Orlandiny MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, actual MORDAZA y regidora, respectivamente, del Concejo Distrital de San MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 22, numeral 8, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Articulo Segundo.- DEVOLVER los actuados al Concejo Distrital de San MORDAZA, a efectos de que vuelva a emitir pronunciamiento sobre la solicitud de declaratoria de vacancia. En caso incumpla con emitir y notificar dicho pronunciamiento en el plazo establecido en las normas, se remitira MORDAZA de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal correspondiente, a fin que este remita los actuados al fiscal provincial penal de turno, para que evalue la conducta de cada integrante de dicho concejo, en caso de omision, rehusamiento o demora de actos funcionales, tipificados en el articulo 377 del Codigo Penal. Se debera tener especial cuidado de realizar las siguientes acciones, oportunamente: 1. Recabar los documentos detallados en el decimo MORDAZA considerando de la presente resolucion. 2. Convocar a sesion extraordinaria, en un plazo MORDAZA de cinco dias habiles luego de notificada la presente. En el caso de que el MORDAZA en funciones no cumpla con la convocatoria dentro del plazo establecido, el primer regidor o cualquier otro regidor tiene la facultad de convocar a sesion extraordinaria, previa notificacion escrita al MORDAZA, conforme lo establece el articulo 13 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Entre la notificacion de la convocatoria y la sesion extraordinaria debe mediar, cuando menos, un lapso de cinco dias habiles. 3. Asistir obligatoriamente a la sesion de concejo, en virtud de lo dispuesto en el articulo 10, numeral 5, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, por lo que su incumplimiento sera motivo de responsabilidad funcional. 4. Consignar en el acta de la sesion convocada, las firmas de todos los asistentes al acto senalado. 5. Remitir la MORDAZA o resolucion que declara consentido el acuerdo adoptado, en el caso de que no MORDAZA sido materia de impugnacion, para proceder al archivo del presente expediente. 6. Elevar el expediente administrativo en original, o copias certificadas de ser el caso, en un plazo MORDAZA de tres dias habiles luego de presentado el recurso de apelacion y cumplir con la remision de la siguiente documentacion: 6.1. Las constancias de notificacion a los miembros afectados del concejo, al solicitante y adherentes, de la convocatoria a las sesiones extraordinarias y de los MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1027617-1

El Peruano Sabado 14 de diciembre de 2013

acuerdos adoptados sobre el pedido de vacancia o el recurso de reconsideracion. 6.2. Las actas de las sesiones extraordinarias en las que conste el acuerdo de concejo sobre la vacancia o reconsideracion solicitada. 6.3. El original del comprobante de pago correspondiente a la tasa por recurso de apelacion, equivalente al 3,15% de la Unidad Impositiva Tributaria (S/. 116,55). Articulo Tercero.- DISPONER que el Concejo Distrital de San MORDAZA, a la mayor brevedad, MORDAZA de emitir un MORDAZA pronunciamiento en sesion extraordinaria de concejo municipal, proceda conforme a lo establecido en el decimo MORDAZA considerando de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Designan representantes alternos del RENIEC ante la Comision Multisectorial Permanente encargada del seguimiento, monitoreo y evaluacion de la implementacion del "Plan Multisectorial para la Prevencion del Embarazo en Adolescentes 20132021"
RESOLUCION JEFATURAL N° 373-2013/JNAC/RENIEC MORDAZA, 13 de diciembre de 2013 VISTOS: El Decreto Supremo N° 012-2013-SA, publicado en el diario oficial El Peruano el 07 de noviembre de 2013; la Hoja de Elevacion N° 000192-2013/GRIAS/ RENIEC (27NOV2013) de la Gerencia de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social; la Hoja de Elevacion N° 000027-2013/GRIAS/SGFI/RENIEC (22NOV2013) de la Sub Gerencia de Fomento de la Identidad de la Gerencia de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social, el Informe N° 000010-2013/GAJ/SGAJR/RENIEC (04DIC2013) de la Sub Gerencia de Asesoria Juridica Registral de la Gerencia de Asesoria Juridica y la Hoja de Elevacion N° 001183-2013/GAJ/RENIEC (04DIC2013) de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que por la Ley Nº 26497 se creo el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, con arreglo a los articulos 177º y 183º de la Constitucion Politica del Peru, como organismo constitucionalmente MORDAZA, con personeria juridica de derecho publico interno, que goza de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera;

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