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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (14/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 76

El Peruano Sábado 14 de diciembre de 2013 509250 Que, mediante Memorando Nº 1290-2013-GR- MDSJM de fecha 11 de diciembre del 2013, la Gerencia de Rentas, señala que tomando en cuenta que existe un alto porcentaje de contribuyentes que no han cumplido con sus obligaciones en estado de morosidad, tanto por concepto de impuesto predial y arbitrios municipales y considerando el corto plazo de vigencia de la norma en mención, considera necesario ampliar el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 260-MDSJM hasta el 31 de diciembre del 2013. Que, mediante Informe Nº 857-2013-GAJ-MDSJM de fecha 11 de diciembre del 2013, la Gerencia de Asesoría Jurídica, informa que mediante Decreto de Alcaldía se prorrogue hasta el 31 de diciembre del 2013, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 260-MDSJM. Que, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 6 y 20 numeral 6) de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con el visto bueno de la Gerencia de Asesoría Jurídica. DECRETA: Artículo Primero: Prorrogar hasta el 31 de diciembre del 2013, el plazo de vigencia de la ORDENANZA Nº 260-2013- MDSJM que otorga benefi cios Tributarios y no Tributarios en el distrito de San Juan de Mirafl ores. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Tecnología de la Información y Estadística, y Gerencia de Imagen Institucional, así como las unidades orgánicas que la conforman, el cumplimiento del presente Decreto. Artículo Tercero.- Disponer a la Gerencia de Secretaria General la publicación del presente Decreto en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. ADOLFO OCAMPO VARGAS Alcalde 1027532-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Prorrogan plazo de vencimiento dispuesto en el artículo cuarto de la Ordenanza Nº 354-MDSMP que establece Beneficios Tributarios y No Tributarios en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 025-2013/MDSMP San Martín de Porres, 11 de diciembre del 2013. EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El Informe Nº 069-2013-GAT/MDSMP de la Gerencia de Administración Tributaria, sobre prórroga de vigencia de Ordenanza; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 354-MDSMP (11. NOVIEMBRE.2013), publicada en el diario ofi cial El Peruano con fecha 14.NOVIEMBRE.2013, se otorga benefi cios tributarios (tributos y multas) y no tributarios (multas administrativas) a los contribuyentes del distrito, a fi n de que puedan cumplir con los pagos pendientes de las sumas derivadas de obligaciones tributarias y obligaciones no tributarias de periodos anteriores al Ejercicio 2013, en la instancia de cobranza ordinaria, coactiva y/o judicial; Que, con Decreto de Alcaldía Nº 024-2013/MDSMP (26. NOVIEMBRE.2013) se prorrogó la fecha de vencimiento de la antedicha Ordenanza hasta el 16.DICIEMBRE.2013; Que, el Informe de Visto señala la necesidad de ampliar el plazo de vigencia de dicho benefi cio, dentro del marco de la política institucional de atender positivamente al entorno social y las diferentes demandas planteadas por los vecinos del distrito, a fi n de que puedan cumplir con los pagos pendientes de las obligaciones tributarias y obligaciones no tributarias de periodos anteriores al Ejercicio 2013, así como por la proximidad del vencimiento y por motivos económicos que no les permite efectuar el pago de sus obligaciones tributarios y/o no tributarias antes del 16.DICIEMBRE.2013; Que, la Cuarta Disposición Final de la Ordenanza mencionada faculta al Señor Alcalde dictar las medidas reglamentarias que sean necesarias para su mejor aplicación, así como para la prórroga de su vigencia; por lo que corresponde emitirse la respectiva disposición municipal, existiendo la opinión favorable de la Gerencia de Administración Tributaria (Informe Nº 069-2013-GAT/MDSMP) y Gerencia de Asesoría Jurídica (Informe Nº 1771-2012-GAJ/MDSMP); De conformidad con los artículos 20º, inciso 6); 39 y 42 de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, así como la Cuarta Disposición Final de la Ordenanza Nº 354- MDSMP; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vencimiento dispuesto en el artículo Cuarto de la Ordenanza Nº 354-MDSMP (11.NOVIEMBRE.2013) hasta el 31.DICIEMBRE.2013. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente decreto de alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas, así como a las Subgerencias respectivas; y su publicación a la Secretaría General. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 1027612-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 173/MVMT, que dispone beneficios tributarios y no tributarios en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA N° 008-2013/ALC Villa María del Triunfo 13 de diciembre de 2013. LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Visto el Memorándum N° 1444-2013/GM/MVMT, de fecha 13 de diciembre de 2013, emitido por la Gerencia Municipal, con el que se eleva la propuesta para la prórroga de la Ordenanza N° 173/MVMT hasta el 30 de diciembre de 2013, formulada por la Gerencia de Rentas y Agencias Municipales, con los pronunciamientos de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que mediante Ordenanza N° 173/MVMT, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 19 de noviembre de 2013, se estableció benefi cios tributarios y no tributarios, para facilitar a los vecinos de Villa María del Triunfo la regularización y cumplimiento de sus obligaciones; Que mediante Memorándum N° 267-2013-GRAM/ MVMT de fecha 13 de diciembre de 2013, la Gerencia de Rentas y Agencias Municipales formula la propuesta de prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 173/