Norma Legal Oficial del día 26 de diciembre del año 2013 (26/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano Jueves 26 de diciembre de 2013

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I y MORDAZA II y el establecimiento de la Estacion Cientifica Antartica "Machu Picchu" (ECAMP); Que, las campanas cientificas del Peru a la Antartida (ANTAR) se realizan en el MORDAZA de la Politica Nacional Antartica, aprobada mediante el Decreto Supremo N° 0162002/RE, y sus compromisos como Estado Parte del Tratado Antartico y sus acuerdos complementarios y conexos, cuyos principios y objetivos se orientan a la preservacion MORDAZA, la proteccion del medio ambiente y la promocion de la cooperacion en la investigacion cientifica internacional; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores, en virtud del articulo 6°, inciso 13, de la Ley Nº 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, es responsable de formular, coordinar, conducir y supervisar la Politica Nacional Antartica, en cuyo MORDAZA se ejecutan todas las actividades que las entidades de los sectores publico y privado realicen; Que, especificamente, de acuerdo al articulo 77º, incisos f) y g) del Decreto Supremo N° 135-2010/RE, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, le corresponde a la Cancilleria organizar las expediciones cientificas a la Antartida, en coordinacion con los sectores vinculados, gestionar y conservar la estacion cientifica peruana en la Antartida; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores, en cumplimiento de sus funciones MORDAZA mencionadas, ha incluido en su Plan Operativo Anual 2013, la realizacion de la XXII MORDAZA Cientifica del Peru a la Antartida (ANTAR XXII), la cual se desarrollara del 26 de diciembre de 2013 al 14 de marzo de 2014, con la participacion del BIC Humboldt; Que, la citada Expedicion tendra como objetivos: profundizar el aporte cientifico del Peru al conocimiento de la Antartida; actualizar los estudios tecnicos de base para la formulacion de proyectos orientados al fortalecimiento de la infraestructura antartica nacional; evaluar las condiciones y dar mantenimiento a la Estacion Cientifica Antartica "Machu Picchu"; fortalecer la cooperacion con otros Estados Parte del Tratado Antartico; y Contribuir a la difusion del valor de la Antartida como Reserva Natural para la Paz y la Ciencia; Que, la Compania de Operaciones Antarticas (COA) del Servicio de Ingenieria, el Instituto Geografico Nacional (IGN) del Ejercito del Peru y la Direccion de Meteorologia Aeronautica (DIRMA) de la Fuerza Aerea del Peru participaran en la Vigesimo MORDAZA MORDAZA Cientifica del Peru a la Antartida (ANTAR XXII), para realizar labores de mantenimiento y brindar servicios de meteorologia y levantamiento topografico, entre otras de orden tecnico de sus respectivas especialidades, en apoyo a las actividades cientifico ambientales que se realizaran durante la mencionada Campana; Que, el despliegue y repliegue del personal militar a la Estacion Cientifica Antartica "Machu Picchu" (ECAMP) se realizara del 26 de diciembre de 2013 al 14 de marzo de 2014; Que, la referida Estacion Cientifica brinda las facilidades necesarias para la permanencia de los expedicionarios, por lo que la asignacion de viaticos correspondera a un 20% del monto establecido por dia; Teniendo en cuenta la Hoja de Tramite (GAC) Nº 7329, del Despacho Viceministerial, de 16 de diciembre de 2013; y los Memoranda (DSL) Nº DSL0816/2013, de la Direccion General de Soberania, Limites y Asuntos Antarticos, de 16 de diciembre de 2013, y (OPP) Nº OPP1534/2013, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 17 de diciembre de 2013, que otorga certificacion de credito presupuestario al presente viaje; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo N° 016-2002/ RE que establece la Politica Nacional Antartica; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, modificada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002/PCM y sus modificatorias; la Ley N° 29951, la Ley de Presupuesto Publico para el Ano Fiscal 2013; y el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje, en comision de servicios, en el MORDAZA de la XXII Expedicion del Peru a

contratos de construccion que otorgaran la Recuperacion Anticipada del IGV, para cada contrato; Que, el articulo 2 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973 y sus modificatorias, concordado con los numerales 7.1 y 7.3 del articulo 7 del citado Decreto Legislativo, modificado por la Ley N° 30056, establece que mediante la Resolucion Ministerial se precisara, entre otros aspectos, la cobertura del Regimen; Que, con fecha 22 de MORDAZA de 2011 EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA CHEVES S.A. celebro, en su calidad de inversionista, un Contrato de Inversion con el Estado por el Proyecto denominado "Central Hidroelectrica Cheves", para efecto de acogerse a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 973, tal y como lo dispone el articulo 3 de la referida MORDAZA legal; Que, mediante Resolucion Suprema N° 013-2012EM, publicada el 21 de enero del 2012, se aprobo la calificacion para el goce del Regimen a EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA CHEVES S.A.; Que, con fecha 12 de diciembre del 2013, se suscribio una Adenda al Contrato de Inversion, modificandose el primer parrafo de la Clausula MORDAZA del Contrato de Inversion, con el objeto de incrementar el monto de la inversion comprometida de US$ 308 860 000,00 (Trescientos Ocho Millones Ochocientos Sesenta Mil y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) a la suma de US$ 505 810 000,00 (Quinientos Cinco Millones Ochocientos Diez Mil y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America); asi como ampliar el plazo de ejecucion del compromiso de inversion en un plazo total de cinco (05) anos, un (01) mes y treinta (30) dias, contado a partir del 01 de noviembre de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2015; Estando a lo dispuesto en el numeral 3.3 del articulo 3 del Decreto Legislativo N° 973, el inciso i) del articulo 6 del Decreto Ley Nº 25962, Ley Organica del Sector Energia y Minas y en los incisos h) y o) del articulo 9 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por el Decreto Supremo N° 031-2007EM; Con el visto MORDAZA del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Requisitos y caracteristicas del Contrato de Inversion Establecer, para efecto del numeral 5.3 del articulo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973 y sus modificatorias, que el monto de la inversion a cargo de EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA CHEVES S.A. asciende a la suma de US$ 505 810 000,00 (Quinientos Cinco Millones Ochocientos Diez Mil y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America), en un plazo total de cinco (05) anos, un (01) mes y treinta (30) dias, contado a partir del 01 de noviembre de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2015. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1031883-1

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje y precisan gastos y viaticos de personal en el MORDAZA de la XXII Expedicion del Peru a la Antartida
RESOLUCION SUPREMA N° 234-2013-RE MORDAZA, 25 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, el Peru se adhirio, el 10 de MORDAZA de 1981, al Tratado Antartico; y en 1989, fue aceptado como Parte Consultiva del mismo al demostrar su interes cientifico en la Antartida, a traves de las campanas cientificas MORDAZA

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