Norma Legal Oficial del día 26 de diciembre del año 2013 (26/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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a. El Gobierno Regional de Tacna a traves de la Oficina Ejecutiva de Administracion de Bienes Inmuebles (OEABI) es la unica facultada a tramitar los pedidos de venta de predios urbanos y eriazos de propiedad del Estado o del Gobierno Regional de Tacna, sea via Subasta Publica o excepcionalmente por Venta Directa; asi como efectuar los tramites de cesion en uso. b. El tramite y procedimiento legal a seguir para adjudicacion de terrenos. c. El Gobierno Regional de Tacna no delega facultades de cobro de dinero, tramites externos u otros relacionados a la adjudicacion de terrenos, en ninguna persona natural o juridica. d. La MORDAZA de las solicitudes de adjudicacion de terrenos bajo cualquier modalidad o de cesion en uso al Gobierno Regional de Tacna, no otorga a ninguna persona natural o juridica el derecho de atribuirse la calidad de propietario o posesionario del predio. e. Las penas y sanciones que implica la realizacion o promocion de actos relacionados a la ocupacion ilegal. f. El contenido de la presente MORDAZA regional y la del Registro de Invasores de Terrenos en la Region Tacna. Articulo Decimo: Asignacion presupuestal Para la implementacion, eficacia y mejor cumplimiento de la presente Ordenanza Regional, el Organo Ejecutivo Regional, a traves de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tacna debera asignar el presupuesto necesario y suficiente a la Oficina Ejecutiva de Administracion de Bienes Inmuebles del Gobierno Regional de Tacna. Articulo Decimo Primero.- Implementacion y puesta en conocimiento ENCARGAR a la Gerencia General Regional, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Oficina Regional de Administracion, la Oficina Ejecutiva de Administracion de Bienes Inmuebles, la Direccion Regional de Vivienda, Construccion y Saneamiento, la Procuraduria Publica Regional, la Oficina de Imagen Institucional, demas Unidades Ejecutoras del Pliego, efectue las acciones necesarias tendientes a la implementacion de la presente ordenanza regional. PONER en conocimiento del Ministerio Publico, la Policia Nacional Tacna, los gobiernos locales y de las principales entidades publicas de la Region de Tacna el contenido de la presente ordenanza regional. Articulo Decimo Segundo: Vigencia DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Decimo Tercero: Publicacion PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y en el MORDAZA electronico de la institucion, en cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 42 de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, concordante con el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, disponiendose que dicha publicacion sea efectuada por la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS Primera.- El Organo Ejecutivo Regional debera informar al Consejo Regional sobre el cumplimiento de lo dispuesto en los articulos MORDAZA y noveno de la presente ordenanza regional en el plazo de noventa (90) dias calendario contados a partir de la entrada en vigencia de la misma bajo responsabilidad administrativa. Segunda.- Encargar al Organo Ejecutivo Regional para que a traves de la Oficina Ejecutiva de Administracion de Bienes Inmuebles (OEABI) del Gobierno Regional de Tacna, en un plazo perentorio de ciento veinte (120) dias habiles contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza Regional, remita al Consejo Regional informacion detallada sobre los terrenos respecto de los cuales el Gobierno Regional de Tacna tiene competencia de administracion y/o adjudicacion, especificando, su ubicacion, area, uso, situacion de ocupacion actual, y de

El Peruano Jueves 26 de diciembre de 2013

ser el caso tiempo de ocupacion del terreno, asi como la evaluacion de la pertinencia e idoneidad de la venta de los predios ya sea por venta directa o subasta publica, segun corresponda. Tercera.- Para el presente ano 2013 la Resolucion Ejecutiva Regional referida en el MORDAZA parrafo del articulo tercero de la presente Ordenanza Regional debera emitirse dentro de los quince (15) dias calendario de su entrada en vigencia. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgacion. En la MORDAZA de Tacna, al dia trece de agosto del ano dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA LLANCAY Presidenta Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al dia 13 de diciembre de 2013 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Tacna 1031790-1

Declaran de interes publico y prioridad regional el monitoreo y vigilancia ambiental en la Region Tacna
ORDENANZA REGIONAL Nº 029-2013-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha treinta de setiembre del dos mil trece, en Sesion Ordinaria, aprobo la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 2º establece: "Toda persona tiene derecho: 1) A la MORDAZA, a su identidad, a su integridad moral, psiquica y fisica y a su libre desarrollo y bienestar."; asimismo, en su articulo 66º prescribe: "Los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nacion (...)". Ademas en sus articulos 191º y 192º senala: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia" y "(...) promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo. Son competentes para: "(...) 7) Promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, (...), salud y medio ambiente, conforme a ley". Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, en su articulo 8º establece: "La autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia. (...)"; asimismo, en su articulo 36º referido a las competencias compartidas prescribe: "(...) d) Gestion sostenible de los recursos naturales y mejoramiento de la calidad ambiental". Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su articulo 6º prescribe: "El desarrollo regional comprende (...) la conservacion de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades", de la misma manera en su articulo 8º se regula el MORDAZA de

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