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El Peruano Jueves 26 de diciembre de 2013 511145 Artículo Segundo.- APROBAR la Incorporación de los literales h), i) y j) al artículo 16, los literales t), u), v) y w) al artículo 30 y los literales j), k) y l) al artículo 31 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Tacna, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 031-2010-CR/GOB.REG.TACNA, de acuerdo al texto siguiente: “Artículo 16º.- (…) h) Formular el Plan Operativo Institucional (POI) de la DRTyC-Tacna. i) Mantener actualizado el banco de información estadístico, de competencia del Sector, en el ámbito Regional. j) Otras funciones que le sean asignadas, relacionadas con el ámbito de su competencia. Artículo 30º.- (…) t) Otorgar los permisos especiales denominados Permisos de Aeropuerto, para el transporte Aeropuerto – Aeropuerto ó Aeropuerto – Ciudad. u) Otorgar Permisos Ocasionales para el Servicio de Transporte Turístico en circuito Cerrado entre Tacna (Perú) y Arica (Chile). v) Procesar la solicitud de Liberación de Vehículos del Depósito de la DRTyC-Tacna, internados por Delitos Aduaneros. w) Otras funciones que le sean asignadas por la Dirección de Transporte Terrestre, dentro del ámbito de su competencia. Artículo 31º.- (…) j) Realizar acciones de control del Transporte Fronterizo de pasajeros por carretera entre Tacna y Arica. k) Procesar las solicitudes de liberación de vehículos del depósito de la DRTyC-Tacna, internados por Infracciones Administrativas. l) Otras funciones que le sean asignadas por la Dirección de Transportes Terrestre, dentro del ámbito de su competencia.”. Artículo Tercero.- DEROGAR los literales j) y k) del Artículo 15 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Tacna”, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 031-2010-CR/GOB.REG.TACNA. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tacna así como a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Tacna la implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Quinto.- DEJAR SIN EFECTO, todas las normas regionales, que se opongan a las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza Regional. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Sétimo.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal electrónico de la institución, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales concordante con el artículo 35 del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, Aprueban Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las Entidades de la Administración Pública; y conforme al Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, disponiéndose que dicha publicación sea efectuada por la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día veintitrés de octubre del año dos mil trece. JULIA TERESA BENAVIDES LLANCAY Presidenta Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día 12 de diciembre de 2013 TITO GUILLERMO CHOCANO OLIVERA Presidente del Gobierno Regional de Tacna 1031790-3 Constituyen la Mesa Técnica Metalmecánica de la Región Tacna ORDENANZA REGIONAL Nº 032-2013-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veintitrés de octubre del dos mil trece, en Sesión Ordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191 señala que: “Los Gobiernos Regionales tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, (…)”, en tanto que el artículo 192 expresa que: “Los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo. Son competentes para: “(…) 7) Promover y regular actividades y/o servicios en materia de (…) industria (…) conforme a ley.” Que, Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 35 expresa: “Competencias exclusivas: (…) f) Promover la formación de empresas y unidades económicas regionales para concertar sistemas productivos y de servicios. (...) i) Promover la modernización de la pequeña y mediana empresa regional, articuladas con las tareas de educación, empleo y a la actualización e innovación tecnológica.” Que, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 4 establece: “Los Gobiernos Regionales tienen por fi nalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada (...)”; asimismo el artículo 54 señala como funciones en materia industrial: “a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de industria de la región, en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales; (…). c) Identifi car las oportunidades de inversión y promover la iniciativa privada en proyectos industriales”; en tanto que en su artículo 55 prescribe: “(…) d) Identifi car oportunidades comerciales para los productos de la región y promover la participación privada en proyectos de inversión en la región”. Que, con Ofi cio Nº 2368-2012-GGR/TACNA de fecha 17 de diciembre del 2012, el Gerente General Regional del Gobierno Regional de Tacna, solicita el reconocimiento de Creación de la Mesa Técnica Metalmecánica, mediante una norma de carácter regional, con la fi nalidad de constituir un espacio para el desarrollo y la promoción del valor agregado en la cadena productiva metalmecánica. Asimismo, mediante Ofi cio Nº 055-2013-NAJM-CR/ GOB.REG./TACNA de fecha 18 de setiembre del 2013 remitido por la Consejera Regional Ing. Nelly Amparo Jahuira Mamani propone: “Constituir la Mesa Técnica Metalmecánica de la Región Tacna”. Que, la Mesa Técnica Metalmecánica, constituye un espacio para el desarrollo y la promoción del valor agregado en la cadena productiva metalmecánica, buscando una mayor coordinación interinstitucional que permita implementar políticas y acciones entre agentes del sector público y privado, así como identifi car las oportunidades de desarrollo y la solución a problemas que difi culten la competitividad de sus diferentes eslabones.