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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (26/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 18

El Peruano Jueves 26 de diciembre de 2013 511144 POR TANTO: Mando se registre, notifi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día 13 de diciembre de 2013 TITO GUILLERMO CHOCANO OLIVERA Presidente del Gobierno Regional de Tacna 1031790-2 Modifican el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Tacna ORDENANZA REGIONAL Nº 030-2013-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veintitrés de octubre del dos mil trece, en Sesión Ordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191 establece que: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo, el artículo 192 prescribe: “Los gobiernos regionales (...). Son competentes para: (...) 10. Ejercer las demás atribuciones inherentes a su función, conforme a ley”. Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8 precisa: “La autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia (…)”. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15 establece como atribución del Consejo Regional: “a) Aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; asimismo, el artículo 38 dispone: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”. Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Tacna, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 033-2010-CR/GOB.REG.TACNA de fecha 29 de diciembre del 2010, en su artículo 49 señala: “Son atribuciones del Consejo Regional, las siguientes: (...) s. Aprobar instrumentos de gestión institucional, cuando así lo demande la norma expresa”. Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, Aprueban Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las Entidades de la Administración Pública, en su artículo 5 señala: “(…) REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF. Es el documento técnico normativo de gestión institucional (...)”. En su artículo 34 dispone: “La aprobación del ROF de las entidades se realizarán de acuerdo al siguiente esquema: (…) Gobierno Regional. Por Ordenanza Regional”. Que, con Resolución Ministerial Nº 376-2008-MTC/02, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones resuelve: “Artículo 1.- Delegar en la Dirección Regional Sectorial de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Tacna (...) facultades concernientes a la prestación del servicio de transporte de pasajeros por carretera entre Tacna y Arica (...)”. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 031-2010- CR/GOB.REG.TACNA, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna aprobó: “(…) Artículo Primero.- APROBAR EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA DIRECCION REGIONAL SECTORIAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES DE TACNA (…)”. Que, con Decreto Regional Nº 003-2013-P.R./GOB. REG.TACNA de fecha 27 de marzo del 2013 se establece lo siguiente: “(…) la propuesta del Manual de Identidad Visual del Gobierno Regional de Tacna; el mismo que permitirá uniformizar la identidad corporativa de la Institución con todas las Unidades Ejecutoras y Unidades Operativas; (…)”. Que, con Ofi cio Nº 354-2013-P.R./GOB-REG.TACNA de fecha 31 de julio del 2013, el Presidente Regional encargado del Gobierno Regional de Tacna solicita la aprobación de las modifi caciones al REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES TACNA, con el objeto de que sea aprobada mediante Ordenanza Regional; adjuntándose los respectivos documentos e informe Técnico y Legal que sustentan su pedido. Que, con el Informe Técnico Sustentatorio por efecto de modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la DRTyC-Tacna; el Informe Nº 006-2013-UDO- OPP-DRTYC.T/G.R.TACNA de fecha 11 de junio del 2013 emitido por la Unidad de Desarrollo Organizacional de la DRTyC-Tacna; el Informe Nº 100-2013-OPP-DRTyC. T/G.R.TACNA de fecha 19 de junio del 2013 emitido por la Dirección de Planifi cación y Presupuesto de la DRTyC-Tacna; el Ofi cio Nº 404-2013-DRTyC.T/G.REG-TACNA de fecha 19 de junio del 2013 emitido por la DRTyC-Tacna; el Informe Nº 297-2013-SGDO-GRPPAT/GOB.REG.TACNA de fecha 14 de julio del 2013 emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tacna; el Informe Nº 1089-2013- ORAJ-GOB.REG.TACNA de fecha 22 de julio del 2013 emitido por la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Tacna; el Informe 049-2013-GGR/ GOB.REG.TACNA de fecha 25 de julio del 2013 emitido por la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna y demás documentación anexada, se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procede a emitir el Dictamen Nº 030-2013-CR-COPPyAT de fecha 15 de octubre del 2013, a través del cual se aprueba la propuesta de Ordenanza Regional: “APROBAR LA MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA DIRECCION REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES TACNA”, dictamen que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha 23 de octubre del 2013. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria de la fecha, ha aprobado por mayoría la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR la modifi cación de los literales c), g) y k) del artículo 30 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Tacna, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 031-2010-CR/GOB. REG.TACNA, de acuerdo al texto siguiente: “Artículo 30º.- (…) c) Otorgar los Certifi cados de Habilitación Vehicular en los Servicios Regional y documentos de Idoneidad en el servicio Internacional Tacna – Arica. (…) g) Tramitar el Otorgamiento de permisos originarios y complementarios; autorización de las modifi caciones de la fl ota vehicular y documentos de Idoneidad en el servicio Internacional, para el servicio de transporte de pasajeros por carretera entre Tacna y Arica. (…) k) Otorgar Permisos de Circulación a Vehículos sin Placa de Rodaje, para tránsito a nivel nacional.”