Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2013 (28/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 197

El Peruano Sabado 28 de diciembre de 2013

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Administrativos ­ MORDAZA, a la Ley Nº 29090 "Ley de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones"; con Opinion Legal Nº 084-2013-AL-MDY, el Asesor Legal refiere la procedencia de la adecuacion e incorporacion en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del procedimiento, requisitos y derechos, correspondientes al otorgamiento de Licencia de Edificacion, modalidad "D" (Industrial) por la adecuacion a la Ley Nº 20090 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2013VIVIENDA. Considerando lo expresado y con el aval de los informes tecnico y legal, requiere se incorpore en la sesion de concejo municipal el proyecto de ordenanza municipal que adecua el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Yauli a la Ley Nº 29090; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas en el Art. 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y estando al Informe Nº 043-2013-WRO-GM/MDY, el Concejo Municipal en Sesion Ordinaria de fecha 26 de diciembre del 2013, por unanimidad aprobo la: ORDENANZA MUNICIPAL QUE ADECUA EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YAULI A LA LEY Nº 29090 Articulo 1º.- Incorporar en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Yauli, el procedimiento, requisitos y derechos, adecuados a la Ley Nº 29090 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2013-Vivenda, de acuerdo al anexo que es parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- Encargar a Secretaria General, la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y en un medio de comunicacion escrita de nivel regional. Articulo 3º.- La presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1032422-1

CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades Distritales son organos de Gobierno Local, que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, su estructura organica esta conformada por el Concejo Municipal como organo administrativo y fiscalizador y la alcaldia como organo ejecutivo. Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, en su Art. 36º senala que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen mediante Ordenanza Municipal en las Entidades autonomas conforme a la Constitucion, los mismos que deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ TUPA; Que, mediante Ley Nº 29090, Ley de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, se establece el MORDAZA juridico de las disposiciones aplicables al procedimiento para el otorgamiento de las Licencias de Edificaciones expedidas por las municipalidades, la misma que preve cuatro modalidades de Licencia de Edificacion: A, B, C y D; Que, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA, de la Municipalidad Distrital de Yauli, unicamente preve tres modalidades de Licencia de Edificacion: A, B y C; Que, resulta pertinente adecuar el procedimiento para el otorgamiento de Licencias de Edificaciones en el distrito de Yauli, en atencion a lo dispuesto en la Ley de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, Ley Nº 29090; Que, en concordancia con la autonomia politica que ostentan las municipalidades el Concejo Municipal cumple con su funcion normativa, entre otros mecanismos, a traves de ordenanzas municipales, las cuales de conformidad con lo previsto por el Art. 200º, inciso 4) de la Constitucion, tiene rango de Ley, siendo facultad del Concejo el aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, mediante Informe Nº 043-2013-WRO-GM/MDY, Gerencia Municipal senala que a traves del Informe Nº 150-2013-FLRV-DODU-SGIDUR/MDY, el responsable de la Division de Obras y Desarrollo MORDAZA, solicita la adecuacion del Texto Unico de Procedimientos

PROYECTO ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL Proyecto de Procedimiento de Recaudacion y Control del Aporte por Regulacion del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 053-2013-OEFA/CD MORDAZA, 27 de diciembre de 2013 VISTO: El Informe N° 019-2013-OEFA/SG del 23 de diciembre de 2013 de la Secretaria General; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 10° de la Ley N° 27332 - Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos establece que los organismos reguladores recaudaran de las empresas y entidades bajo su ambito de competencia un Aporte por Regulacion, el cual no podra exceder del 1% (uno por ciento) del valor de la facturacion anual, deducido el Impuesto General a las Ventas y el Impuesto de Promocion Municipal; Que, en el MORDAZA de lo dispuesto en el primer parrafo de la Cuadragesima Octava Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 y en la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30011 - Ley que modifica la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental, las funciones de supervision y fiscalizacion en materia ambiental relacionadas a las actividades de energia y mineria que desarrolla el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA se financian con cargo al Aporte por Regulacion a que se refiere el Articulo 10° de la Ley N° 27332 - Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; Que, asimismo, los referidos dispositivos legales disponen que los recursos recaudados por Aporte por Regulacion constituyen ingresos propios del OEFA, los cuales son incorporados al presupuesto institucional conforme al Articulo 42° de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados; Que, mediante Decreto Supremo N° 129-2013-PCM y Decreto Supremo N° 130-2013-PCM publicados en el Diario Oficial El Peruano del 19 de diciembre de 2013, se establece el porcentaje del Aporte por Regulacion que corresponde al OEFA a cargo de las empresas de los sectores Energia y Mineria, respectivamente; asimismo, se dispone que el OEFA en ejercicio de su potestad normativa, dictara las disposiciones reglamentarias pertinentes para la mejor aplicacion y cobranza de los referidos aportes; Que, en el ejercicio de su funcion normativa, el OEFA ha elaborado la propuesta de "Procedimiento de Recaudacion y Control del Aporte por Regulacion a cargo del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental -

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