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El Peruano Sábado 28 de diciembre de 2013 512022 ¾ TAHONA ALTA: • Teniente Gobernador: Rolando Flores Tarrillo. • Presidente de Rondas Campesinas: Marció Goicochea. ¾ TAHONA BAJA : • Teniente Gobernador: Walter Marlo Medina. • Agente municipal: Leoncio Vásquez Pérez. ¾ TUMBACUCHO: • Vice Presidente de Rondas Campesinas: José Barboza Herrera. ¾ CHULIPAMPA: • Presidente de Rondas Campesinas: Manuel Rodríguez García. • Agente municipal: Marcial Salaz Cercado. ¾ PALO BLANCO: • Teniente Gobernador: Ricardo Gallardo Flores. • Presidente de Rondas Campesinas: Clover Vásquez Goicochea. Que, en dicha reunión las referidas autoridades manifestaron su acuerdo para la creación del Centro Poblado de APAN ALTO y se dio inicio al levantamiento topográfi co para la realización de la delimitación territorial, el día 19 de diciembre del 2013, determinándose lo siguiente: ¾ El centro poblado a consolidarse cuenta con: ¾ AREA SUPERFICIAL 1,184.4990 has. ¾ PERIMETRO 20,798.3102ml. ¾ 03 Instituciones educativas (Inicial 1923 m2, Primaria 1051.58m2, Secundaria 5508.45 m2,) ¾ 01 Iglesia (con un área de 430.58 m2) ¾ 01 Local de Usos Múltiples (con un área de 430.58 m2) Luego del levantamiento topográfi co, se determinó lo siguiente: ¾ AREA SUPERFICIAL 1,184.4990 has. ¾ PERIMETRO 20,798.3102ml. ¾ 03 Instituciones educativas (Inicial 1923 m2, Primaria 1051.58m2, Secundaria 5508.45 m2, ¾ 01 Iglesia (con un área de 430.58 m2) ¾ 01 Local de Usos Múltiples (con un área de 430.58 m2) Disponibilidad de Espacios Comunes: ¾ Parque principal área 5235 m2 ¾ Municipalidad 350 m2 ¾ Nueva Iglesia Católica 450 m2 Y LIMITA CON: ¾ POR EL NORTE : LIMITA CON MUYA Y CUMBE LIRIO. ¾ POR EL ESTE : LIMITA CON APAN BAJO Y VISTA ALEGRE. ¾ POR EL OESTE : LIMITA CON PUJUPE Y PILANCONES. ¾ POR EL SUR : LIMITA CON HUALGAYOC Y MOLINO PAMPA. El área de Acondicionamiento Territorial y Catastro adjunta plano de delimitación territorial, acta de asamblea y acta de conformidad para la creación del Centro Poblado de APAN Alto. 6. Que, con Informe Nº 776-GPP-MPH-BCA de fecha 19 de Diciembre del 2013, la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc, Informa respecto a la organización interna que tendría el Centro Poblado de Apan Alto, sería la siguiente: - Un (01) alcalde y cinco (05) regidores. - El concejo Municipal, que ejerce funciones normativas y fi scalizadoras. - El alcalde y los regidores son elegidos conforme a la Ley de la materia para un periodo de cuatro (04) años. - El Alcalde es el órgano ejecutivo de la municipalidad del centro poblado, su representante legal y su máxima autoridad administrativa. - Las Municipalidades de centros poblados, en uso de sus atribuciones delegadas, podrán adecuar su régimen de organización interna conforme a su propia realidad y en el marco de la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972 y su ordenanza de creación, aplicándose esta normatividad en el caso de defi ciencias de las normas internas de cada municipalidad. Que, con relación a la disponibilidad de recursos dinerarios para el sostenimiento de dicha municipalidad, el presupuesto institucional para los años 2013 y 2014 se encuentran aprobados habiéndose considerado transferencias a los 15 centros poblados por un monto mensual de S/. 1,000.00 (Un mil y 00/100 Nuevos Soles). De crearse el centro poblado, se cuenta con disponibilidad presupuestal para transferirles recursos por igual monto que a los otros centros poblados, teniendo que realizar las modifi caciones necesarias previa autorización del Concejo Municipal. 7. Que, mediante Informe Nº 350-2013-GAJ/MPH- BCA de fecha 19 de Diciembre del 2013, la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye que se ha logrado determinar los elementos necesarios estipulados en el Artículo 128º de la Ley de Municipalidades Ley 27972, para creación de la Municipalidad del Centro Poblado de APAN ALTO Así mismo, refi ere que se debe tener en cuenta que las funciones delegadas a la municipalidad del Futuro Centro Poblado de Apan Alto se deberán ejecutar o cumplir en la medida que esta se implemente con la infraestructura, logística y personal adecuado para su cumplimiento, no estando demás señalar que la Municipalidad Provincial de Hualgayoc deberá brindar todo el apoyo técnico para ello; por lo tanto OPINA de manera favorable la creación de la Municipalidad del centro Poblado Apan Alto, la misma que deberá ser sometida a decisión del Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc. Que, en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 48, de fecha 19 de Diciembre del 2013, mediante Acuerdo Nº 366, ACUERDA por unanimidad aprobar la Creación de la Municipalidad de Centro Poblado Apan Alto ubicado en el distrito de Hualgayoc provincia de Hualgayoc, región Cajamarca, de conformidad a la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley 27972; disponiendo que la expedición de la Ordenanza Municipal correspondiente y su publicación conforme a Ley; así mismo como, convocar a elecciones municipales dentro de los noventa días posteriores a la publicación de la Ordenanza Municipal. Que, con las facultades contenidas en el numeral 19 del artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972 y conforme a lo establecido en los Artículos 39º, 40º y 129º de la misma ley, con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CREACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO APAN ALTO UBICADO EN EL DISTRITO DE HUALGAYOC, PROVINCIA DE HUALGAYOC, REGIÓN CAJAMARCA, DE CONFORMIDAD A LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES - LEY 27972. Artículo 1º.- APROBAR la creación de la MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO APAN ALTO, ubicado en el Distrito de Hualgayoc Provincia de Hualgayoc, Región Cajamarca, de Conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972. Artículo 2º.- APROBAR el área superfi cial, perímetro y delimitación territorial de la MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO APAN ALTO, Ubicado en el Distrito de Hualgayoc Provincia de Hualgayoc, Región Cajamarca, el cual cuenta con: ¾ AREA SUPERFICIAL 1,184.4990 has.