Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2013 (28/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 182

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Asi mismo, informa que previamente se llevo a cabo una reunion en la que estuvieron presentes las siguientes autoridades, · C.P San Antonio: o MORDAZA : MORDAZA Edquen Tirado. o Agente Municipal : MORDAZA MORDAZA Delgado. · Lucmacucho: o MORDAZA Gobernador : MORDAZA MORDAZA Diaz. o Presidente de Rondas Campesinas : MORDAZA Marrufo Llamo. o Agente Municipal : MORDAZA Marrufo Llamo. o Juez de Paz : MORDAZA MORDAZA Oblitas. · Quinua Mayo: o MORDAZA Gobernador : MORDAZA MORDAZA Silva. · Paraiso: o Presidente de Rondas Campesinas : MORDAZA MORDAZA Garcia. · MORDAZA Rosa: o Secretario : MORDAZA MORDAZA MORDAZA · Lirio: o MORDAZA Gobernador : MORDAZA MORDAZA Saldana. · Alto Peru: o Presidente de Rondas Campesinas : MORDAZA MORDAZA Tirado. o MORDAZA Gobernador : MORDAZA MORDAZA Carranza. Que, en dicha reunion las referidas autoridades manifestaron su acuerdo para la creacion del Centro Poblado de Lucmacucho y se dio inicio al levantamiento topografico para la realizacion de la delimitacion territorial, el dia 13 diciembre del 2013, determinandose lo siguiente: · El centro poblado a consolidarse cuenta con: o Area Superficial : 476.5478has o Perimetro : 10034.3250 ml. · Instituciones Consolidadas (existentes) o 03 Centros Educativos (Inicial 179.83m2 Primaria 4332.06 m2, Secundaria 1495.50 m2. o 01 Iglesia (con un area de 55.57m2) o 01 Local Rondero (con una area de 123.00 m2) o 01 Posta Medica (con una area de 317.50m2) · Disponibilidad de Espacios Comunes para: o MORDAZA Principal-Municipalidad : Area de 4204.80 m2. o Plaza Pecuaria : Area de 794.00 m2 o Nueva Iglesia Catolica : Area de 532.00 m2 · Y Limita con: o Por el Norte : Limita con Bellandina. o Por el Este : Limita con MORDAZA San MORDAZA y San MORDAZA de Lacamaca. o Por el Oeste : Limita Con la provincia de Chota y Colpapampa. o Por el Sur : Limita con Monte Redondo. El area de Acondicionamiento Territorial y Catastro adjunta plano de delimitacion territorial, acta de asamblea y acta de conformidad para la creacion del Centro Poblado Lucmacucho. Que, mediante Informe N° 171-2013-GR/MPHB de fecha 19 de Diciembre del 2013, Gerencia de Rentas y Tributacion manifiesta que desde el punto de vista tributario no es posible delegar la funcion de recaudacion de impuesto, licencias de funcionamiento a excepcion de las tasas que podrian generarse como resultado

El Peruano Sabado 28 de diciembre de 2013

de la prestacion efectiva de servicios publicos locales delegados como resultado de un servicio efectivo por esta individualizado en el contribuyente, opinando finalmente que si se efectua un analisis tributario, la Municipalidad Provincial de Hualgayoc y la factibilidad de conceder la delegacion, se concluye que la recaudacion tributaria por concepto de tributos es casi nula. Por lo tanto no es posible delegar funciones por no estar acreditada la necesidad del servicio Que, con Informe N° 773-GPP-MPH-BCA de fecha 19 de Diciembre del 2013, la Gerencia de Planificacion y Presupuesto de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc, Informa respecto a la organizacion interna que tendria el Centro Poblado de Lucmacucho, seria la siguiente: - Un (01) MORDAZA y cinco (05) regidores. - El concejo Municipal, que ejerce funciones normativas y fiscalizadoras. - El MORDAZA y los regidores son elegidos conforme a la Ley de la materia para un periodo de cuatro (04) anos. - El MORDAZA es el organo ejecutivo de la municipalidad del centro poblado, su representante legal y su MORDAZA autoridad administrativa. - Las Municipalidades de centros poblados, en uso de sus atribuciones delegadas, podran adecuar su regimen de organizacion interna conforme a su propia realidad y en el MORDAZA de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Organica de Municipalidades - Ley 27972 y su ordenanza de creacion, aplicandose esta normatividad en el caso de deficiencias de las normas internas de cada municipalidad. Que, Con relacion a la disponibilidad de recursos dinerarios para el sostenimiento de dicha municipalidad, el presupuesto institucional para los anos 2013 y 2014 se encuentran aprobados habiendose considerado transferencias a los 15 centros poblados por un monto mensual de S/. 1,000.00 (Un mil y 00/100 Nuevos Soles). De crearse el centro poblado, se cuenta con disponibilidad presupuestal para transferirles recursos por igual monto que a los otros centros poblados, teniendo que realizar las modificaciones necesarias previa autorizacion del Concejo Municipal. Que, con Informe N° 347-2013-GAJ/MPH-BCA de fecha 19 de Diciembre del 2013, la Gerencia de Asesoria Juridica concluye que se ha logrado determinar los elementos necesarios estipulados en el Articulo 128° de la Ley de Municipalidades Ley 27972, para creacion de la Municipalidad del Centro Poblado de Lucmacucho. Asi mismo, refiere que se debe tener en cuenta que las funciones delegadas a la municipalidad del Futuro Centro Poblado de Lucmacucho se deberan ejecutar o cumplir en la medida que esta se implemente con la infraestructura, logistica y personal adecuado para su cumplimiento, no estando demas senalar que la Municipalidad Provincial de Hualgayoc debera brindar todo el apoyo tecnico para ello; por lo tanto OPINA de manera favorable la creacion de la Municipalidad del centro Poblado Lucmacucho, la misma que debera ser sometida a decision del Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc. Que, en Sesion Ordinaria de Concejo Nº 48, de fecha 23 de Diciembre del 2013, mediante Acuerdo Nº 365, ACUERDA por unanimidad aprobar la Creacion de la Municipalidad de Centro Poblado Lucmacucho, ubicado en el distrito de Bambamarca, provincia de Hualgayoc, region MORDAZA, de conformidad a la Ley Organica de Municipalidades- Ley 27972; disponiendo que la expedicion de la Ordenanza Municipal correspondiente y su publicacion conforme a Ley; asi mismo como, convocar a elecciones municipales dentro de los noventa dias posteriores a la publicacion de la Ordenanza Municipal. Que, con las facultades contenidas en el numeral 19 del articulo 9 de la Ley Organica de Municipalidades - Ley 27972 y conforme a lo establecido en los Articulos 39º, 40º y 129° de la misma ley, con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo Municipal, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CREACION DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO LUCMACUCHO, UBICADO EN EL DISTRITO DE BAMBAMARCA, PROVINCIA DE HUALGAYOC, REGION MORDAZA, DE CONFORMIDAD A LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES - LEY 27972. Articulo 1º.MUNICIPALIDAD APROBAR la creacion de la DEL CENTRO POBLADO

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