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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (28/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 200

TEXTO PAGINA: 180

El Peruano Sábado 28 de diciembre de 2013 512010 presupuesto y gestión. Para tal fi n deberá garantizarse el acceso de todos los vecinos y vecinas a la información. • EN SEGURIDAD CIUDADANA: En coordinación con la Municipalidad Provincial de Hualgayoc – Bambamarca y sus respectivas Gerencias o Sub Gerencias: a. Coordinar con el comité de defensa civil de la provincia las acciones necesarias para la atención de las poblaciones damnifi cadas por desastres naturales o de otra índole. b. Promover el servicio de serenazgo y seguridad ciudadana en coordinación con la policía nacional. • EN PROMOCIÓN DEL DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL: En coordinación con la Municipalidad Provincial de Hualgayoc y sus respectivas Gerencias o Sub Gerencias: a. Concertar con instituciones del sector público y privado sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan al desarrollo económico de su ámbito jurisdiccional. b. Gestionar la ejecución de proyectos y actividades de apoyo directo e indirecto a la actividad empresarial en su jurisdicción sobre información, capacitación, acceso a mercados, tecnología y otros campos a fi n de mejorar la competitividad. c. Participar en los procesos de elaboración del presupuesto participativo distrital y provincial, así como en el concejo de coordinación local correspondiente. • EN CONSERVACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES: En coordinación con la Municipalidad Provincial de Hualgayoc y sus respectivas Gerencias o Sub Gerencias: a. Promover y Gestionar programas de conservación de recursos naturales y la biodiversidad. Artículo 4º.- ESTABLECER que las competencias y funciones delegadas a la MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE MARCO LAGUNA se deberán ejecutar o cumplir en la medida que ésta se implemente con la infraestructura, logística y personal adecuado para su cumplimiento. La Municipalidad Provincial de Hualgayoc deberá brindar todo el apoyo técnico para ello, a través de sus Gerencias, Sub Gerencias y Áreas correspondientes. Artículo 5º.- ESTABLECER que la MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO MARCO LAGUNA en su funcionamiento se regirá conforme a los instrumentos legales y normativos siguientes: a. Constitución Política del Estado. b. Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. c. Ley Nº 28440, Ley de Elecciones de Autoridades de Centros Poblados. d. Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 6º.- ESTABLECER que la organización interna de la MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO MARCO LAGUNA, será la siguiente: - Un (01) alcalde y cinco (05) regidores. - El concejo Municipal, que ejerce funciones normativas y fi scalizadoras. - El alcalde y los regidores son elegidos conforme a la Ley de la materia para un periodo de cuatro (04) años. El Concejo Municipal ejerce funciones normativas y fi scalizadoras siendo sus atribuciones los siguientes: a. Proponer a la Municipalidad Provincial de Hualgayoc la creación, modifi cación, supresión y/o exoneración de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, que les compete de acuerdo a la presente ordenanza de creación. b. Aprobar las rendiciones de cuenta por los ingresos que recauda. c. Fiscalizar la Gestión administrativa de la Municipalidad del centro poblado. d. Aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad. e. Celebrar convenios con instituciones públicas y privadas en benefi cio del centro poblado. Corresponde al Alcalde del Centro Poblado, como máximo órgano ejecutivo, representante legal y máxima autoridad administrativa, las siguientes atribuciones: a. Defender y cautelar los derechos e intereses de la municipalidad del centro poblado. b. Convocar, presidir y dar por concluida las sesiones de concejo municipal. c. Firmar y ejecutar los acuerdos del concejo municipal. d. Someter al concejo municipal el balance y la memoria del ejercicio económico fenecido de la municipalidad e informar sobre los ingresos y gastos mensuales. e. Rendir cuentas documentadas a la Municipalidad Provincial de Hualgayoc de los ingresos recaudados por delegación. f. Someter a la aprobación del concejo municipal el presupuesto anual de la municipalidad del centro poblado y sus modifi caciones. g. Celebrar los actos, contratos y convenios necesarios para el funcionamiento de la institución municipal. h. Atender y resolver los pedidos que formulen las organizaciones vecinales o de ser el caso, tramitarlos ante los órganos competentes. La MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE MARCO LAGUNA, en uso de sus atribuciones delegadas, podrán adecuar su régimen de organización interna conforme a su propia realidad y en el marco de la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972 y su ordenanza de creación, aplicándose esta normatividad en el caso de defi ciencias de las normas internas de la municipalidad. Artículo 7º.- CONSIDERAR como recursos de la MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE MARCO LAGUNA las transferencias que mensualmente le corresponde percibir en el marco de lo estipulado en el Artículo 133º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972 por parte de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc; así como las rentas directamente recaudadas producto de la delegación de facultades establecidas en la presente ordenanza en tanto estas sean debidamente implementadas. Artículo 8º.- ESTABLECER que la Administración de la MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE MARCO LAGUNA, adopta la estructura organizativa que corresponda a las competencias y funciones delegadas en el Artículo Tercero de la presente ordenanza, la misma que estará precisada en el Reglamento de Organización y Funciones que apruebe el respectivo Concejo Municipal de la Municipalidad del centro poblado. Artículo 9º.- DELEGAR a la MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE MARCO LAGUNA las atribuciones administrativas económico-tributarias necesarias para el cobro de tasas específi camente en espacio físico y uso del suelo, bienes Municipales y Comercialización de productos y servicios, Trasporte público, Saneamiento, salubridad y salud, Registro Civil, matrimonios, defunciones y cementerios, debiendo rendir cuenta mensualmente a la Municipalidad Provincial de Hualgayoc la recaudación obtenida. La ejecución de estas atribuciones administrativas económico-tributarias, estará condicionada a la implementación administrativa y logística de la MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE MARCO LAGUNA y en plena coordinación con la Municipalidad Provincial de Hualgayoc y sus Gerencias y Sub Gerencias correspondientes. Artículo 10º.- ENCARGAR a la Municipalidad Provincial de Hualgayoc, el proceso de elecciones de las autoridades de la MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE MARCO LAGUNA en el marco de la Ley Nº 28840 – Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados, la misma que no deberá exceder de los 90 días calendarios contados desde la publicación de la presente ordenanza. Artículo 11º.- DISPONER que los Artículos 1º, 2º y 10º de la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, en tanto los demás Artículos tendrán vigencia al día siguiente de proclamadas las autoridades de la MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE MARCO LAGUNA en el marco de la Ley Nº 28840 – Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados. Artículo 12º.- ENCARGAR a Secretaria General y la Ofi cina de Imagen Institucional la publicación de