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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ENERO DEL AÑO 2013 (11/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 103

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de enero de 2013 486029 lo dispuesto en el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972- y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al Ordenamiento Jurídico, Que, el artículo 82º de la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley Nº27972; establece que las municipalidades, en materia de deportes y recreación tienen entre sus competencias y funciones normar, coordinar y fomentar el deporte y la recreación de la niñez y del vecindario en general Que, el artículo 42º de la misma norma, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal, Que, mediante el Informe Nº 154-2012-GDS/MDI, de fecha 20 de Noviembre del 2012, la Gerencia de Desarrollo Social remite a la Gerencia Municipal la propuesta de Programa Vacaciones Saludables y Divertidas-2013; cuya fi nalidad es promover la participación de niños, niñas, adolescentes y jóvenes en actividades educativas, culturales, deportivas y de capacitación en la temporada de verano del 2013 Que, con Informe Nº1072-2012-GAL/MDI, emitido por la Gerencia de Asesoría Legal; y Memorando N1001- 2012-GPPR/MDI, emitido por la Gerencia de Planifi cación Presupuesto y Racionalización; opinan por la procedencia del Programa de Vacaciones Saludables y Divertidas- 2013; toda vez que tiene el carácter de autofi nanciado y mantiene el principio de equilibrio presupuestario. Que, es política de la Gestión Municipal, promover el desarrollo humano sostenible forjando una cultura de valores e identidad local, reforzando habilidades, capacidades y actitudes positivas de los participantes, haciendo uso adecuado del tiempo libre para contribuir al mejoramiento de las capacidades de los participantes. Que, de conformidad con el inciso 6 del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, SE DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el programa VACACIONES SALUDABLES Y DIVERTIDAS- 2013, que contiene un conjunto de actividades educativas, culturales, deportivas y de capacitación dirigidas a niños, niñas, adolescentes, jóvenes y padres de familia, el mismo que se adjunta al presente y que será ejecutado desde el 12 de Enero al 02 de Marzo del 2013. Artículo Segundo.- DISPONER que la Sub Gerencia de Tesorería destaque un personal y el equipamiento necesario al Coliseo de la Amistad Perú- Japón, a fi n que efectúe directamente la cobranza por derecho de inscripción de los participantes en el Programa, los mismos que deben ser depositados en la Partida Específi ca 1.5.4.005: Vacaciones Saludables. Artículo Tercero.- DISPONER que el 100% de los ingresos que genere el Programa se destinen a fi nanciar la ejecución de las actividades, adquisición de materiales e insumos incluidos en su presupuesto, pago de honorarios a los profesores encargados de los diversos cursos, destinándose el saldo, si hubiera, a fi nanciar acciones más urgentes de reparaciones, mejoramiento de las instalaciones y/o equipamiento del Coliseo de la Amistad Perú- Japón; Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Social para que a través de la Sub Gerencia de Juventudes, Recreación y Deporte asuma la Organización, ejecución y evaluación del Programa, debiendo informar a este despacho los resultados que se obtengan. Artículo Quinto.- DISPONER que los Órganos Administrativos correspondientes cumplan con lo establecido en la presente Resolución y brinden las facilidades necesarias para el adecuado cumplimiento de las actividades del Programa Vacaciones Saludables y Divertidas 2013 Regístrese, comuníquese, y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 886912-1 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Delegan la facultad de aprobar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático en el Gerente Municipal para el ejercicio fiscal 2013 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 011 San Isidro, 8 de enero de 2013 EL ALCALDE DE SAN ISIDRO CONSIDERANDO: Que, el artículo 7°, numeral 7.1 de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley N° 28411, prescribe que el Titular de una Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva y que dicha autoridad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo el titular responsable solidario con el delegado; Que, el artículo 40°, numerales 40.1 y 40.2 de la citada Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto establece que son modifi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático, las habilitaciones y las anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para las actividades y proyectos, y que tienen implicancia en la estructura funcional programática, y que dichas modifi caciones son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Ofi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, y que el Titular puede delegar dicha facultad de aprobación a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el numeral 20) del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, establece que es atribución del Alcalde delegar sus funciones administrativas en el Gerente Municipal; Que, en concordancia con las disposiciones citadas, resulta necesario delegar en el Gerente Municipal la facultad de aprobar las modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, al amparo de lo dispuesto en los artículos 7° numeral 7.1 y 40° numeral 40.2, de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- DELEGAR en el Gerente Municipal, señor MARIO ENRIQUE CARULLA MARCHENA, para el ejercicio fi scal 2013, la facultad de aprobar las modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que compete al Despacho de Alcaldía en materia presupuestal, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 40.2 del artículo 40° de la Ley 28411 y modifi catorias. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, según corresponda, el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y su notifi cación a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo. Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO cualquier otra disposición que se oponga a la presente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RAUL A. CANTELLA SALAVERRY Alcalde 886719-1