Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2013 (11/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 97

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

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evento de capacitacion, cuyos gastos por concepto de pasajes aereos, viaticos y Tarifa CORPAC seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros", de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, asi como en el Decreto Supremo Nº 047-2002PCM y en virtud a la Resolucion SBS N°9497-2012 sobre medidas de austeridad en el gasto para el ejercicio 2013; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA Rivero Stagnaro, Analista de Prevencion del Departamento de Cumplimiento de la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru, del 11 al 18 de enero de 2013, a la MORDAZA de Ottawa, Canada, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes a su reincorporacion, deberan presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion, segun se indica, seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1,483.01 Viaticos US$ 1,540.00 Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 887643-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Ordenanza que crea el Consejo Consultivo de Ninas, Ninos y Adolescentes de la Region MORDAZA CCONNA Region MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 253-2012/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura; POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, de conformidad con lo previsto en la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, del Titulo IV, sobre Descentralizacion ­ Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralizacion ­ Ley Nº 27783, Ley Organica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867 y su modificatoria, Ley Nº 27902 y demas Normas Complementarias; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion y Ley Nº 28607,

en su articulo 191° establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su articulo 192° inciso 1), dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales N° 27867, en el literal a) del articulo 15° establece que son atribuciones del Consejo Regional, el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; asimismo el articulo 60° inciso h) La Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece como funcion especifica del Gobierno Regional en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, el formular y ejecutar politicas y acciones concretas, orientando para que la asistencia social se torne productiva para la region con proteccion y apoyo a los ninos, jovenes, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad, adultos mayores y sectores sociales en situacion de riesgo y vulnerabilidad; Que, el Articulo 15°, Inc. a) de la Ley N° 27867, Ley Organicas de Gobiernos Regionales, modificada con Ley N° 27902, otorga autorizacion al Consejo Regional para aprobar, modificar o derogar las Normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional; Que, el MORDAZA 2° de la Declaracion de los Derechos del MORDAZA, adaptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas(ONU), indica que el MORDAZA gozara de un proteccion especial y dispondra de oportunidades y servicios, dispensando todo ello por la Ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse fisica, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, asi como en condiciones de MORDAZA y digna; por lo que, al promulgar leyes con este fin, la consideracion fundamental a la que se atendera sera el interes superior del Nino; asimismo, el articulo 12° de la Convencion sobre los Derechos del MORDAZA, establece que las partes garantizan a las ninas y ninos que esten en condiciones de formarse en un juicio propio, el derecho de expresar su opinion libremente en todos los asuntos que le afecten y que estas opiniones MORDAZA tomadas en cuenta; Que, en el MORDAZA del XX Congreso Panamericano del MORDAZA, la MORDAZA y adolescentes, que tuvo lugar en la MORDAZA de MORDAZA en setiembre del ano 2009, se dio el Primer Foro Panamericano de ninos, ninas y adolescentes, en el que participaron ninos de Estados Miembros de la Organizacion de los Estados Americanos; una de las recomendaciones, el deber de conformar Consejos Consultivos a nivel local, regional, nacional, e interamericano para que se incorpore las palabras, opiniones, necesidades y propuestas de ninos, ninas y adolescentes, incluyendo a quienes tienen habilidades especiales en la construccion e implementacion de politicas publicas a ser ejecutadas por las maximas autoridades; Que, el articulo 13° del Codigo de los Ninos y Adolescentes, establece que el MORDAZA y el Adolescente tienen derechos a la MORDAZA de asociarse con fines licitos y a reunirse pacificamente, y que solo los adolescentes podran constituir personas juridicas de caracter asociativo sin fines de lucro, pudiendo los ninos adherirse a dichas asociaciones, precisando que estas son reconocidas por los gobiernos regionales y puedan inscribirse en los Registros Publicos por el solo merito de la Resolucion Regional de reconocimiento; Que, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en su condicion de ente rector del Sistema Nacional de Atencion Integral al MORDAZA y al Adolescente, aprueban la constitucion de Consejos Consultivos de Ninos ,Ninas y Adolescentes mediante la Resolucion Ministerial N° 3552009 y su modificatoria para el ambito Nacional; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesion Extraordinaria Nº 23 - 2012, de fecha 19 de diciembre del 2012, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias; Ha dado la Ordenanza siguiente: ORDENANZA QUE CREA EL CONSEJO CONSULTIVO DE NINAS, NINOS Y ADOLESCENTES DE LA REGION PIURA- CCONNA REGION MORDAZA Articulo Primero.- Aprobar la constitucion del Consejo Consultivo de Ninos, Ninas y Adolescentes CCONNA Region MORDAZA, como un espacio de participacion de caracter consultivo elegido democraticamente a nivel

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