Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2013 (11/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

486015

Sobre la decision del Concejo Distrital de Huayllabamba En sesion extraordinaria, de fecha 3 de octubre de 2012 (fojas 16 a 19), el Concejo Distrital de Huayllabamba acordo, por unanimidad, declarar improcedente la solicitud de vacancia presentada contra el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y los regidores Cacimiro MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Fredi MORDAZA Olivera. Sobre el recurso de apelacion Con escrito, de fecha 15 de octubre de 2012 (fojas 11 a 15), MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tupayachi interpone recurso de apelacion contra la decision del Concejo Distrital de Huayllabamba, sobre la base de los siguientes argumentos: a. En el acuerdo de concejo que resolvio la solicitud de vacancia se advierte que no se han sustentado ni fundamentado las razones por las cuales se desestimo dicha solicitud, toda vez que no se analizaron los cargos imputados, a pesar de que se encuentra acreditado que Willian MORDAZA MORDAZA es MORDAZA hermano del MORDAZA distrital y que ha trabajado en la municipalidad distrital, encontrandose por tanto la autoridad MORDAZA inmersa en los impedimentos establecidos por la ley de nepotismo. b. Respecto a los regidores Cacimiro MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Fredi MORDAZA MORDAZA no se ha considerado que ellos no han negado el vinculo de parentesco con Rosmery MORDAZA MORDAZA ni mucho menos han negado el hecho de que MORDAZA MORDAZA trabajado en la municipalidad distrital. c. El hecho de que los regidores hayan reclamado la contratacion de su pariente, no es sustento para no producirse la vacancia, puesto que no es suficiente reclamar la contratacion sino impedirla. CUESTION EN DISCUSION En el presente caso la materia a debatir se circunscribira a determinar si el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los regidores Cacimiro MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Fredi MORDAZA MORDAZA, incurrieron en la causal de vacancia prevista en el articulo 22, numeral 8, de la LOM. CONSIDERANDOS Metodologia para el analisis de la causal de vacancia por nepotismo 1. La causal de vacancia invocada por el recurrente es la de nepotismo, conforme a la ley de la materia, segun lo senala el articulo 22, numeral 8, de la LOM. Por ello, resultan aplicables la Ley Nº 26771, que establece la prohibicion de ejercer la facultad de nombramiento y contratacion de personal en el sector publico, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0212000-PCM, y modificado por Decreto Supremo Nº 0172002-PCM. 2. Es un criterio jurisprudencial establecido en este organo colegiado (a partir de las Resoluciones Nº 4102009-JNE y Nº 658-A-2009-JNE) que la determinacion del acto de nepotismo comporte la realizacion de un examen desarrollado en tres pasos, a saber: a) la verificacion del vinculo conyugal o del parentesco, hasta el MORDAZA grado de consanguinidad o MORDAZA de afinidad, entre el trabajador y la autoridad cuestionada; b) que el familiar MORDAZA sido contratado, nombrado o designado para desempenar una labor o funcion en el ambito municipal; y c) que la autoridad MORDAZA MORDAZA realizado la contratacion, nombramiento o designacion, o ejercido injerencia con la misma finalidad. Atendiendo a este esquema de analisis, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones procedera a dilucidar la cuestion controvertida. Analisis del caso concreto Respecto de los hechos imputados al MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Existencia de la relacion de parentesco 3. Sostiene el recurrente que el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Willian MORDAZA MORDAZA son

primos hermanos, en razon de que sus progenitoras, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, respectivamente, son hermanas. 4. De las partidas de nacimiento, de fojas 104 y 109, y de matrimonio, de foja 105, se verifica que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA es hijo de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien a su vez es hija de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Figueroa. A su vez, de las partidas de nacimiento, de fojas 106, 108 y 110, y de matrimonio, de foja 107, se advierte que Willian MORDAZA MORDAZA es hijo de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien a su vez es hija de MORDAZA MORDAZA Acuna y de MORDAZA Vargas. 5. De lo MORDAZA expuesto, se advierte que no existe vinculo consanguineo entre MORDAZA MORDAZA MORDAZA (madre del alcalde), y MORDAZA MORDAZA MORDAZA (madre del trabajador). Asi, al no haberse acreditado la existencia del vinculo de parentesco entre MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con Willian MORDAZA MORDAZA carece de objeto continuar con los demas elementos que configuran la causal de nepotismo. Asi, el recurso de apelacion debe desestimarse en este extremo. Respecto de los hechos imputados a los regidores Cacimiro MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Fredi MORDAZA MORDAZA Existencia de la relacion de parentesco 6. El recurrente sostiene que Rosmery MORDAZA MORDAZA es prima hermana de los regidores Cacimiro MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Fredi MORDAZA MORDAZA, en razon de que MORDAZA MORDAZA Marcavillaca (madre de Rosmery) es hermana de MORDAZA MORDAZA Marcavillaca (padre de los regidores). 7. De las partidas de nacimiento, de fojas 112 a 116, se verifica que MORDAZA MORDAZA Marcavillaca y MORDAZA MORDAZA Marcavillaca son hijos de MORDAZA MORDAZA y Ramona Marcavillaca. Asi, se encuentra acreditada la relacion de parentesco en MORDAZA grado de consanguinidad entre los regidores cuestionados y Rosmery MORDAZA MORDAZA, tal como se aprecia en el siguiente cuadro:
MORDAZA MORDAZA y Ramona Marcavillaca (Abuelos)

2° MORDAZA MORDAZA Marcavillaca (Padre) 1° Cacimiro MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Fredi MORDAZA MORDAZA (Regidores)

3° MORDAZA MORDAZA MarcavillacaTercer (Tia) 4° Rosmery MORDAZA MORDAZA (Trabajadora)

Vinculo laboral o contractual de similar naturaleza 8. En el presente caso, se advierte de autos que no existe documento tendiente a acreditar la existencia de dicho vinculo laboral; sin embargo, se aprecia de la propia manifestacion de los regidores cuestionados que Rosmery MORDAZA MORDAZA, laboro en la entidad edil. Asi tambien, de la revision del MORDAZA de Transparencia Economica del Ministerio de Economia y Finanzas, se advierte que MORDAZA figura como proveedora de la Municipalidad Distrital de Huayllabamba. Existencia de injerencia en la contratacion de los parientes 9. Este Supremo Tribunal Electoral estima que es posible declarar la vacancia por la causal de nepotismo si se comprueba que los regidores han tenido injerencia en la contratacion de sus parientes. Asi, dicha injerencia

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