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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 13 de enero de 2013 486142 SGITSDC-GDU-MSS del 04.12.2012 remite el Informe Técnico Nº 001-2012-SGITSDC-GDU-MSS, en el cual se pone en conocimiento la Inspección Técnica Ocular de Seguridad en Defensa Civil a la zona de la Urbanización Cerros de Camacho; así como, se da cuenta de las capacitaciones efectuadas en temas de seguridad y de los simulacros de sismo realizados, y en el cual se concluye que dicha zona cuenta con gran cantidad de edifi caciones y pocas vías de escape generando un riesgo alto en temas de seguridad; Que, la Gerencia de Tránsito y Seguridad Vial, con Memorando Nº 06-2012-SGTSV-GSC-MSS del 04.12.2012, remite el Informe Técnico Nº 01-2012-ECS-EDS-CBH- SGTSV-GSC-MSS mediante el cual, se concluye que las condiciones señaladas en el Estudio de Impacto Vial del Jr. Cerros de Camacho expuestas en el Informe Nº 01- 2012-ECS-EDS-CBH-SGTSV-GSC-MSS del 17.02.2012, se mantienen; por lo que corresponde tomar medidas de mitigación a fi n de reducir los impactos viales, ambientales y sociales de dicha Urbanización; Que, ante lo expuesto es necesario emitir una Ordenanza que Suspenda la Recepción de Solicitudes de Aprobación de Anteproyecto en Consulta y Licencia de Edifi cación Modalidad B, C y D en la Urbanización Cerros de Camacho”, por un plazo de 06 meses y se incluya la suspensión en la recepción de los Certifi cados de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios en la Urbanización Cerros de Camacho correspondiendo dejar sin efecto el Decreto de Alcaldía Nº 09-2009-MSS y la Ordenanza Nº 421-MSS prorrogada con el Decreto de Alcaldía Nº 18-2012-MSS; Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, en su Artículo 14º inciso 1 señala textualmente que “… las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Ofi cial el Peruano, en sus portales electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para la entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, a efectos que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas”; Que, el numeral 3.2 del Artículo 14º del citado Decreto Supremo, exceptúa de la prepublicación, cuando por razones debidamente fundamentadas en el proyecto de norma, la entidad que propone la norma, considera que la prepublicación de la misma es impracticable, innecesaria o contraria a la seguridad o al orden público, habiendo sustentado la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas y la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro que en el presente caso se confi gura el supuesto, sosteniendo que someter el anteproyecto de norma a una prepublicación implicaría retardar el accionar de la Corporación, perdiendo su carácter de inmediatez y de emergencia, en tanto está orientada a resguardar la seguridad y salubridad pública de los vecinos, la que no puede estar sometida a un plazo de espera, en tanto la coyuntura por la que atraviesa la Urbanización Cerros de Camacho la tornan de completo interés público, el que se busca proteger con la dación de la presente Ordenanza; Que, con Informe Nº 970-2012-GAJ-MSS, de fecha 17.12.2012, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable; Estando al Dictamen Nº 019-2012-CDL-CAJ-MSS de las Comisiones de Desarrollo Local y Asuntos Jurídicos, el Informe Nº 970-2012-GAJ-MSS, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades establecidas en los Artículos 9º numeral 8) y 29), 39º, 40º y 79º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, los regidores presentes adoptaron por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE SUSPENDE LA RECEPCION DE SOLICITUDES DE APROBACION DE ANTEPROYECTO EN CONSULTA, DE LICENCIAS DE EDIFICACIÓN EN LAS MODALIDADES B, C Y D, Y DE CERTIFICADOS DE PARAMETROS URBANISTICOS Y EDIFICATORIOS, ASI COMO LA EMISION DE LICENCIAS DE EDIFICACION EN LAS MODALIDADES B, C Y D, Y DE CERTIFICADOS DE PARAMETROS URBANISTICOS Y EDIFICATORIOS EN LA URBANIZACION CERROS DE CAMACHO DEL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO Artículo Primero.- SUSPENDER la recepción de solicitudes de aprobación de Anteproyectos en Consulta, Licencias de Edifi cación en las modalidades B, C y D y de Certifi cados de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios, así como la emisión de Licencias de Edifi cación en las modalidades B, C y D y de Certifi cados de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios en la Urbanización Cerros de Camacho del distrito de Santiago de Surco, conforme al Anexo 1 - P1 - Plano de la Urbanización Cerros de Camacho, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. La suspensión establecida en el párrafo precedente será por el plazo de 6 meses, contabilizados desde la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, plazo dentro del cual se otorgarán Licencias de Edifi cación para Viviendas Unifamiliares, así como para las remodelaciones y ampliaciones que constituyan obras menores. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Administración Municipal para que a través de la Gerencia de Desarrollo Urbano efectúe las coordinaciones con la Empresa de Agua y Alcantarillado - SEDAPAL, y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a fi n de aunar esfuerzos para superar las difi cultades que se han detallado en los considerandos y que le impiden otorgar un servicio oportuno, óptimo y continuo a los residentes de la zona afectada y que motivan la suspensión contenida en la presente norma, debiendo dar cuenta de las acciones realizadas de manera periódica a la Alta Dirección. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Administración Municipal para que a través de la Gerencia de Tránsito y Seguridad Vial establezca una estructura con los requisitos que deben cumplir los estudios de impacto vial en los trámites de Licencias de Edifi cación ante la Municipalidad de Santiago de Surco en la Urbanización Cerros de Camacho. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Administración Municipal para que a través de la Gerencia de Desarrollo Urbano, se eleve en consulta el Informe Nº 05 -2012- SGITDC-GDU-MSS, de fecha 04.12.12, elaborado por la Subgerencia de Inspecciones Técnicas en Defensa Civil al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) y a la Municipalidad Metropolitana de Lima (en su calidad de miembro del SINAGERD). Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Administración Municipal que a través de la Gerencia de Desarrollo Urbano, se culmine con los trámites de modifi cación de la Ordenanza Nº 736-MML- Reglamento Especial para la Zona de Reglamentación Especial Laderas de los Cerros de Camacho y Club Golf Los Incas - Sector IV del distrito de Santiago de Surco, dirigida a preservar la residencialidad de la zona, restringiendo la construcción de edifi caciones que incidan en el aumento de la densidad poblacional, con la fi nalidad de preservar la residencialidad de la zona, restringiendo la construcción de edifi caciones que incidan en el aumento de la densidad poblacional. Artículo Sexto.- FACULTESE al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación y/o ampliación de la vigencia de la presente ordenanza. Artículo Sétimo.- COMUNICAR la presente Ordenanza al Servicio de Agua Potable y Alcantarillado - SEDAPAL, para los fi nes del caso. Artículo Octavo.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el portal del Estado Peruano, en el portal Institucional www.munisurco.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www. serviciosalciudadano.gob.pe. Artículo Noveno.- DEROGAR El Decreto de Alcaldía N° 03-2009-MSS de fecha 10 de marzo de 2009, la Ordenanza Nº 421-MSS de fecha 07 de marzo del 2012 y el Decreto de Alcaldía Nº 18-12-MSS de fecha 10 de julio del 2012. Artículo Décimo.- LA PRESENTE Ordenanza, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 888394-1