Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2013 (13/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 13 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

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de Gobiernos Regionales; en la que faculta aprobar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante Nota Informativa N° 070-2012-GRSM/ GRPYP/SGR, de fecha 13 de noviembre del 2012, el Sub Gerente de Racionalizacion, indica que la Direccion Regional de Energia y Minas de San MORDAZA solicita mediante el Oficio N° 718-2012-GRSM/DREM, de fecha 16 de octubre del 2012 la modificacion de su Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA, debido a la aprobacion de diferentes normas referente a la pequena mineria, mineria artesanal, mineria ilegal, electricidad y temas ambientales segun el Decreto Legislativo N° 1105, Decreto Supremo N° 020-2012-EM, Decreto Supremo N° 004-2012-MINAM, Decreto Ley N° 25844; asimismo se indica que la presente sub Gerencia ha revisado la formulacion del expediente el cual se encuentra con arreglo a Ley, de acuerdo al mismo formato con la cual se aprobo el MORDAZA del Gobierno Regional vigente por lo que de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, indica que toda modificacion al MORDAZA debe ser aprobado con MORDAZA de igual jerarquia de la que inicialmente lo aprobo, accion administrativa consignada en el numeral 38.5 del articulo 38° de la Ley MORDAZA indicada; precisa ademas que luego de ser aprobada dicha modificacion sera incorporada al MORDAZA consolidado del Gobierno Regional de San Martin; Que, con Resolucion Ministerial N° 139-2008-MEM/ DM, se aprueba la relacion de procedimientos a cargo de las Direcciones Regionales de Energia y Minas o del Organo competente para ejercer las funciones transferidas del sector energia y minas: "Procedimientos Mineros: 1) Otorgamiento de concesion de beneficio para actividades de la pequena mineria; 2) Otorgamiento de autorizacion para modificacion de concesion de beneficio para la pequena mineria y mineria artesanal; 3) Autorizacion para inicio/reinicio de actividades de explotacion en concesiones mineras metalicas/no metalicas; Que, con Ordenanza Regional N° 003-2012-GRSM/CR, de fecha 09 de MORDAZA del 2012, el Pleno del Consejo Regional de San MORDAZA aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA, del Gobierno Regional de San MORDAZA, asi como los procedimientos que en el se contiene; en los que estan incluidos los procedimientos indicados en la Resolucion Ministerial N° 139-2008-MEM/DM; Que, el Decreto Legislativo N° 1100, que regula la interdiccion de la mineria ilegal en toda la Republica y establece medidas complementarias, indicando en su articulo 3° la titularidad sobre las concesiones mineras, MORDAZA del petitorio minero o la solicitud de certificacion ambiental u otras autorizaciones; no autorizan el ejercicio de actividades de exploracion, explotacion y/ o beneficio; requiriendose para su realizacion contar con la autorizacion de inicio/reinicio de la operacion minera, otorgadas por la autoridad competente, previo informe tecnico favorable del MEM; Que, el Decreto Supremo N° 020-2012-EM, mediante el cual modifican el Reglamento de Procedimientos Mineros, aprobado por Decreto Supremo 018-92-EM, a fin de uniformizar criterios para la evaluacion y otorgamiento de Autorizacion de Beneficio, Concesion de Beneficio e inicio de actividad de exploracion y/o explotacion, para la Mineria Artesanal, Pequena Mineria, Mediana Mineria y Gran Mineria, en su articulo 3° senala que la solicitud de autorizacion de beneficio para la Mineria Artesanal, asi como de concesion de beneficio para la Pequena Mineria, Mediana Mineria y Gran Mineria, se realizara mediante formularios electronicos aprobados por Resolucion Directoral de la Direccion General de Mineria; Que, el articulo 9° del Decreto Legislativo N° 1105, el cual establece disposiciones para el MORDAZA de formalizacion de las actividades de pequena mineria y mineria artesanal, indica que por unica vez y con caracter temporal, a efectos del MORDAZA de Formalizacion regido por la presente MORDAZA, constituyase el Instrumento de Gestion Ambiental Correctivo para la Formalizacion de Actividades de Pequena Mineria y Mineria Artesanal en curso, el que permite la formalizacion de actividades de pequena mineria y mineria artesanal en curso, como requisito de obligatorio cumplimiento para la obtencion de la autorizacion de inicio de operaciones que se otorga en el MORDAZA del MORDAZA de Formalizacion establecido en la

presente MORDAZA, asi como en el MORDAZA de formalizacion referido en el Decreto Supremo Nº 006-2012-EM; Que, el numeral 10.1) articulo 10° del Decreto Supremo N° 004-2012-MINAM, Aprueban Disposiciones Complementarias para el Instrumento de Gestion Ambiental Correctivo (IGAC), para la Formalizacion de Actividades de Pequena Mineria y Mineria Artesanal en curso, establece que los sujetos de formalizacion deberan presentar el IGAC ante el correspondiente Gobierno Regional en el plazo unico, MORDAZA e improrrogable de cinco (05) meses, contados a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo; Que, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA a Nivel de Pliego, luego de revisado dicho documento se ha encontrado que su formulacion esta en concordancia a los alcances de la Ley N° 27444 ­ Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley N° 29060 ­ Ley del Silencio Administrativo y su Reglamento, Decreto Supremo N° 079-2007-PCM ­ Lineamientos para elaboracion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA, asimismo cada direccion y/u Oficina de Administracion de las Direcciones Regionales Sectoriales, Proyectos Especiales y Organos Desconcentrados del Gobierno Regional son las responsables en la determinacion de los costos de los procedimientos administrativos y/o servicios a su cargo vinculados a la realidad y contexto de la propia entidad; Que, el Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, aprueba los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA y establece disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo y determina que los Gobiernos Regionales aprueban su MORDAZA con Ordenanza Regional; Que, mediante Informe Legal N° 2230-2012-GRSM/ ORAL, de fecha 20 de noviembre del 2012, la Oficina Regional de Asesoria Legal del Gobierno Regional de San MORDAZA, opina favorablemente para que se remita el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Direccion Regional de Energia y Minas de San MORDAZA, al Consejo Regional, para su respectiva aprobacion mediante Ordenanza Regional indicando ademas que dicha modificacion se incorpora al MORDAZA consolidado del Gobierno Regional de San Martin; Que, mediante Acta N° 011-2012-GRSM/CR-PP, de fecha 07 de diciembre del ano 2012, la Comision de Planeamiento y Presupuesto del Consejo Regional, agendo en su reunion de trabajo la modificatoria al Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Direccion Regional de Energia y Minas de San MORDAZA, opinando favorablemente y tomando la decision de presentarlo al Pleno del Consejo Regional; Que, el literal o) del articulo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que es atribucion del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) dias habiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, el articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, en Sesion Ordinaria desarrollada en el Auditorio de la Agencia Agraria Tarapoto, llevada a cabo el dia lunes 10 de Diciembre del 2012, aprobo por unanimidad la siguiente:

ORDENANZA REGIONAL:
Articulo Primero.- MODIFICAR el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Direccion Regional de Energia y Minas de San MORDAZA, correspondiente a las funciones en materia de mineria, energia y asuntos ambientales mineros, considerando las modificaciones normativas emitidas por el Gobierno Nacional referente a la pequena mineria, mineria artesanal, mineria ilegal, electricidad y temas ambientales segun: Decreto Legislativo N° 1100, Decreto Legislativo N° 1105, Decreto Supremo N° 020-2012-EM, Decreto Supremo N° 004-2012-MINAM y Decreto Ley N° 25844. El presente Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Direccion Regional de

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