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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 13 de enero de 2013 486138 competencia; cumpliéndose precisamente esta función, entre otros mecanismos, a través de las Ordenanzas Municipales, mediante las cuales se aprueba el régimen de organización interior y funcionamiento de gobierno local, tal y como se recoge en el numeral 3), 8) y 32) del Artículo 9º y el Artículo 40º del la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante la Ordenanza Nº 178-A/MDC se crea el Centro Integral del Adulto Mayor (CIAM) del distrito de Carabayllo, siendo esta modifi cada por la Ordenanza Nº Que, es necesario establecer el marco normativo que regule la participación de los jóvenes en el ámbito del distrito de Carabayllo, en el marco de los derechos ciudadanos de participación en el desarrollo social, económico y político de la localidad; Que, en tal razón la Gerencia de La Mujer y Desarrollo Humano y la Subgerencia de La Mujer, DEMUNA, OMAPED y Adulto Mayor han presentado la propuesta de la Modifi cación de la Ordenanza Nº 178-A/MDC que crea el Centro Integral del Adulto Mayor (CIAM) del distrito de Carabayllo para incluir como fi nes “El fomentar, promover y organizar redes de cuidadores domiciliarios del Adulto Mayor desarrollando las acciones y cuidado de los Adultos Mayores en situación de dependencia y limitada auto valencia”; Estando a lo expuesto, con el Informe Nº 0331- 2012-GAJ/MDC de la Gerencia de Asesoría Jurídica que opina de la existencia de sustento legal para la aprobación del Proyecto de Ordenanza Municipal propuesto. Con el voto aprobatorio por unanimidad de los señores Regidores; con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; el Concejo Municipal en ejercicio de sus facultades conferidas en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú y en los Artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE AMPLÍA LOS FINES DEL CENTRO INTEGRAL DEL ADULTO MAYOR EN EL DISTRITO DE CARABAYLLO Artículo Primero.- INCORPÓRESE en la Ordenanza Nº 178-A/MDC, que crea el Centro Integral del Adulto Mayor (CIAM) del distrito de Carabayllo el numeral 12, en su artículo 5º el texto siguiente: “Artículo 5º.- Son Fines del CIAM 12. “El fomentar, promover y organizar redes de cuidadores domiciliarios del Adulto Mayor desarrollando las acciones y cuidado de los Adultos Mayores en situación de dependencia y limitada auto valencia”. Artículo Segundo.- ORDENAR al Centro Integral del Adulto Mayor del distrito de Carabayllo el cumplimiento de los fi nes incorporados. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional, de acuerdo a Ley y a la Gerencia Municipal y Gerencia de la Mujer y Desarrollo Humano y demás Unidades Orgánicas el cumplimiento de la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL MARCELO ÁLVAREZ ESPINOZA Alcalde 887714-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Aprueban Presupuesto de Ingresos y Gastos del pliego de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho para el Año Fiscal 2013 ACUERDO DE CONCEJO Nº 065 San Juan de Lurigancho, 28 de diciembre de 2012 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: El Memorándum Nº 1354-2012-GM/MDSJL de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 545-2012-GAJ-MDSJL de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 240- 2012-GP/MDSJL emitido por la Gerencia de Planifi cación; CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 192º de la Constitución Política del Perú y el literal d) del artículo 42º de la Ley No. 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, es competencia de los Gobiernos Locales aprobar sus presupuestos institucionales conforme a la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, mediante la Ley Nº 29951 se ha aprobado el Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2013, el cual comprende las transferencias de recursos para los Gobiernos Locales; Que, el proceso de modernización del Estado e implementación de la gestión presupuestaria por resultados, inscribe al presupuesto como uno de los principales instrumentos de gestión y como uno de los pilares del proceso de transformación de la gestión del gasto público; Que, la Gestión Presupuestaria de los Gobiernos Locales, es un conjunto de fases sucesivas que determinan su capacidad para lograr los Objetivos Institucionales, mediante el cumplimiento de las metas presupuestarias establecidas para un determinado año fi scal, aplicando los criterios de efi ciencia, efi cacia y desempeño; Que, el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) constituye la estimación de ingresos y previsión de gastos, debidamente equilibrado que la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho aprueba para el año fi scal 2013; Que, a través de la Resolución de Alcaldía Nº 177, se aprueba la conformación de la “Comisión para la Identifi cación, Diseño, Revisión, Modifi cación y Registro de los Programas Presupuestales en el marco de la Programación y Formulación del Presupuesto Público para el Año Fiscal 2013 de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, en mérito a la Resolución Directoral Nº 002-2012-EF/50.01 “Directiva para los Programas Presupuestales en el Marco de la Programación y Formulación del Sector Público para el año 2013” aprobada mediante Resolución Directoral Nº 004-2012-EF/50.01 de fecha 23 de febrero del año 2012; Que, mediante Informe Nº 175-2012-SGPP-GP/ MDSJL, la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto elaboró el Presupuesto Institucional de Apertura 2013, lo cual constituye un instrumento para la planifi cación y la toma de decisiones que contiene la programación presupuestal para el año 2013; Que mediante Informe Nº 545-2012-GAJ/MDSJL la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que el documento de gestión PIA (Presupuesto Institucional de Apertura 2013) elaborado por las unidades orgánicas correspondientes se encuentra acorde con el ordenamiento legal vigente, ya que constituye instrumento que regula la gestión interna de la corporación municipal; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el Artículo 9º, numeral 16 de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, en el Artículo 192º de la Constitución Política del Perú, en el Artículo 42º, literal d) de la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, con el Voto Unánime del Pleno del Concejo Municipal, y con la dispensa de la lectura y trámite de aprobación del Acta; ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Pliego: Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho ascendente a S/.117’552,523.00 (Ciento Diecisiete Millones Quinientos Cincuenta y Dos Mil Quinientos Veintitrés con 00/100 Nuevos Soles), para el periodo comprendido entre el 1º de Enero y el 31 de Diciembre del Año Fiscal 2013, de acuerdo al siguiente detalle: