Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2013 (13/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 13 de enero de 2013

Oportunidades para las Personas con Discapacidad 2009 ­ 2018", orientado a contribuir a mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion con discapacidad por medio de la prevencion y ampliacion de los servicios existentes, facilitando su acceso, calidad y cobertura; Que, en el MORDAZA del ejercicio de sus derechos, las personas con discapacidad han constituido organizaciones que les representan, quienes de manera articulada con las Oficinas Municipales de Participacion, Organizacion de Vecinos con Discapacidad han generado una propuesta de Plan de Accion Regional, que busca promover medidas eficaces para la prevencion, atencion, rehabilitacion y realizacion de los objetivos de participacion plena de la MORDAZA social, el desarrollo y la igualdad de oportunidades de las Personas con Discapacidad de la Region San Martin. Esto implica la participacion equitativa en el mejoramiento de las condiciones de MORDAZA, resultante del desarrollo social y economico. Estos conceptos deben aplicarse con el mismo alcance y con la misma urgencia a toda la poblacion con discapacidad, independientemente de su nivel de desarrollo; Que, mediante Informe Tecnico Nº 02-2012-GRSM/ GRDS/OREDIS, de fecha 07 de agosto del 2012, remitido por el Director de la OREDIS, emite sus conclusiones y recomendaciones, indicando que: 1) El Plan de Accion Regional de las Personas con Discapacidad de la Region San MORDAZA 2011 ­ 2014, constituye un documento orientador de la gestion institucional, que sirve de MORDAZA para priorizar objetivos y actividades estrategicas en funcion a los lineamientos nacionales y regionales normados a favor de las personas con discapacidad; 2) Se establecera las coordinaciones con los Gobiernos Locales de la Region, Direcciones Regionales, Sociedad Civil y otros, en el desarrollo de las actividades a traves de una articulacion horizontal que busque proteger y fomentar el ejercicio pleno de sus derechos en condiciones de igualdad; 3) Existe el compromiso de todos los actores que participaron en la validacion del Plan, de involucrarse en las actividades que se les convoque con la finalidad de cumplir con los objetivos del presente Plan; por las razones MORDAZA expuestas se considera necesario tramitar ante las instancias competentes la aprobacion de este documento, mediante la dacion de la Ordenanza Regional correspondiente; Que, mediante Informe Legal Nº 1659-2012-GRSM/ GRSM/ORAL, de fecha 20 de agosto del 2012, la Oficina Regional de Asesoria Legal del Gobierno Regional de San MORDAZA, opina favorablemente por la procedencia de la propuesta de Ordenanza Regional para aprobacion del Plan de Accion de las Personas con Discapacidad en el Gobierno Regional de San Martin; asimismo sugiere que se remita a la Comision de Desarrollo Social para su evaluacion y analisis correspondiente; Que, segun Acta Nº 0015-2012-GRSM/CR-DS, la Comision de Desarrollo Social reunida el dia viernes 14 de setiembre del 2012, analizaron la propuesta de Ordenanza Regional sobre el Proyecto de "Plan de Accion de las Personas con Discapacidad", concluyendo que la comision aprueba dicho Plan por unanimidad y considera pertinente recordar que la implementacion y presupuesto corresponde al ejecutivo del Gobierno Regional de San Martin; Que, el literal o) del articulo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que es atribucion del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) dias habiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, el articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, en Sesion Ordinaria desarrollada en el Auditorio del Gobierno Regional de San MORDAZA ­ Moyobamba, el dia Jueves 11 de Octubre del presente ano, aprobo por unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- APROBAR el Plan de Accion Regional de las Personas con Discapacidad de la Region San MORDAZA 2011 ­ 2014, remitido por la Gerencia Regional de Desarrollo Social y elaborado en concordancia con

el Plan Estrategico Institucional PEI 2011 ­ 2014, cuyo texto se adjunta y forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional a la Presidencia Regional, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Desarrollo Social y Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, quienes deberan emitir las resoluciones y directivas correspondientes para la efectiva implementacion del presente documento de gestion. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, realice los tramites respectivos para la publicacion de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulacion de la Region de San MORDAZA y en el Diario Oficial El Peruano, previa promulgacion del Presidente Regional del Gobierno Regional de San Martin. Articulo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del tramite de lectura y aprobacion del Acta, para proceder a su implementacion correspondiente. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de San MORDAZA para su promulgacion. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional de San MORDAZA Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San MORDAZA a los veintiseis dias del mes de octubre del ano dos mil doce. POR TANTO: Mando se publique y se cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional

888057-1

Modifican Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Direccion Regional de Energia y Minas de San MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 022-2012-GRSM/CR
Moyobamba, 21 de diciembre del 2012 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los Articulos 191° y 192° de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion ­ Ley N° 27680; la Ley de Bases de la Descentralizacion ­ Ley N° 27783; la Ley Organica de Gobiernos Regionales ­ Ley N° 27867, sus modificatorias ­ Ley N° 27902; Ley N° 28013; Ley N° 28926; Ley N° 28961; Ley N° 28968 y Ley N° 29053, y demas normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el articulo 1° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, establece que la presente Ley Organica, regula la estructura y organizacion del Estado en forma democratica, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo define las normas que regula la descentralizacion administrativa, economica, productiva, financiera, tributaria y fiscal; Que, el articulo 2° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales N° 27867, el cual dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un Pliego Presupuestario; Que, el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organizacion del Gobierno Regional a traves de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el articulo 15° inciso a) de la Ley N° 27867, Ley Organica

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