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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 14 de enero de 2013 486198 ecoefi ciencia para el Sector Público tales como ahorro de consumo, agua y papel, así como gastos de combustible en sus vehículos, entre otros; En concordancia a lo que disponen la Ley Nº 29289, Ley Nº 29951 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2013, y con las facultades conferidas en el Artículo 20º, Inciso 6) por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR las medidas de ecoefi ciencia a aplicarse durante el año fi scal 2013 en la Municipalidad Distrital de Breña, que como anexo (1, 2, 4) forma parte integrante de la presente Resolución, en los términos que se señalan a continuación: 1.1. El uso de la energía eléctrica debe ser el realmente necesario, por lo que debe racionalizarse el uso de las luminarias durante el día en los ambientes donde se cuente con visibilidad natural sufi ciente. El personal de la Municipalidad tiene la responsabilidad de apagar las luces cuando no utiliza y/o una vez concluida la jornada. 1.2. La Gerencia de Administración y Finanzas deberá verifi car permanentemente que las instalaciones y conexiones eléctricas se encuentren operativas y en óptimas condiciones a fi n de evitar cortocircuitos e incendios, debiendo comunicar cualquier desperfecto a su Superior inmediato y a la Subgerencia de Logística quien deberá tomar las medidas de prevención del caso en coordinación con las áreas competentes. 1.3. Las unidades orgánicas deben racionalizar el consumo de materiales de procesamiento automático de datos, limpieza y otros bienes de consumo, solicitando solo aquellos que sean estrictamente necesarios para el cumplimiento de sus labores. 1.4. Las instalaciones sanitarias de los servicios higiénicos y las cañerías de los locales municipales, así como los puntos de riego deben conservarse en buen estado para evitar la pérdida de agua potable. 1.5. La Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente deberá proponer programas y/o proyectos para el tratamiento de las aguas servidas proveniente de los domicilios ubicados en el distrito de ser el caso, procurando su uso progresivo para regar áreas verdes en reemplazo del agua potable. 1.6. Son responsables por el correcto uso del combustible asignado a los vehículos municipales, el chofer del vehículo, el Gerente de Seguridad Ciudadana, el Gerente de Administración y Finanzas, Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, Subgerente de Contabilidad y el Gerente de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente. 1.7. El personal de la Municipalidad deberá hacer el uso racional de la fotocopiadora y del papel, debiendo ser destinados únicamente para fi nes laborales, excepto los documentos emitidos por la Alta Dirección al Concejo Municipal. 1.8. Reutilizar en la medida los fólderes, sobres, archivadores de palanca y similares. 1.9. Se encuentra prohibida la impresión y copias a color. 1.10. Imprimir de ser posible los documentos fi nales y reportes con anexos, excepto los documentos emitidos por la Alta Dirección y hacia esta última, así como las correspondencias externas. 1.11. Todo documento externo como interno deberá tener como máximo dos cargos salvo que sean de carácter muy importante de ser necesario. 1.12. Al recibir nuevos cartuchos de tinta o tóner de la Subgerencia de Logística, deberá entregarse los cartuchos usados, caso contrario no se entregará lo requerido o no procederá el cambio. 1.13. La Subgerencia de Estadística e Informática deberá confi gurar los equipos de cómputo a “ahorro de cartuchos de impresión” (Modo económico). 1.14. El empleo más frecuente del correo electrónico institucional para enviar documentos preliminares, citación a reuniones de trabajo al interior y/o entre ofi cinas de la Institución, salvo para la Alta Dirección y el Concejo Municipal. 1.15. Evitar la impresión innecesaria de comunicaciones electrónicas. La Subgerencia de Logística llevará el control y evaluación mensual de los gastos en servicios básicos, combustible y lubricantes de la fl ota administrativa que servirá para informar los resultados de aplicación de las medidas de ecoefi ciencia y transparencia en el gasto público. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, Gerencia de Administración y Finanzas, Subgerencia de Contabilidad remitir los Formatos correspondiente dentro de los plazos legales a las Entidades que tengan injerencia en la presente, bajo responsabilidad. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCARGAR la distribución de la presente Resolución a la Secretaria General a las diferentes Gerencias que por su naturaleza de sus funciones tengan injerencia en la presente y remítase a la Subgerencia de Estadística e Informática para su publicación en el portal web de la Municipalidad (www.munibrena.gob.pe) y portal del Estado Peruano. Regístrese, comuníquese, cúmplase, publíquese y archívese. JOSÉ ANTONIO GORDILLO ABAD Alcalde 887811-1 REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL