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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 14 de enero de 2013 486191 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Maestro, por el período 2012-2017, de la Reserva Comunal Asháninka, como documento de planifi cación de más alto nivel de la referida Área Natural Protegida, cuyo texto consta en el Anexo 1, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Establecer la delimitación de la zona de amortiguamiento, que se encuentra defi nida en la memoria descriptiva y en el mapa base, que consta como Anexo 2, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. La versión ofi cial digital de los límites se encuentra en el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, y constituye en lo sucesivo el documento ofi cial al que deberá recurrirse en materia de ordenamiento territorial. Articulo 3º.- Encargar a la Jefatura de la Reserva Comunal Asháninka, velar por la implementación del referido Plan Maestro. Artículo 4º.- Publicar la presente Resolución, la memoria descriptiva y el mapa base de la zona de amortiguamiento de la Reserva Comunal Asháninka en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional del SERNANP: www.sernanp.gob.pe, en el que además deberá publicarse el texto del Plan Maestro. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO GAMBOA MOQUILLAZA Jefe Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado 887800-2 Aprueban actualización del Plan Maestro del Parque Nacional Tingo María por el período 2012 - 2017 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 240-2012-SERNANP Lima, 28 de diciembre de 2012 VISTO: El Informe Nº 010-2012-SERNANP-DDE-DGANP, de fecha 21 de diciembre de 2012, mediante el cual la Dirección de Desarrollo Estratégico y la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, dan su conformidad a la propuesta de actualización del Plan Maestro del Parque Nacional Tingo María, período 2012 – 2017. CONSIDERANDO: Que, el artículo 68º de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas; Que, a través del numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, el mismo que se constituye en el ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE, y en su autoridad técnico-normativa; Que, mediante Ley Nº 15574 de fecha 14 de mayo de 1965, se establece el Parque Nacional Tingo María, ubicado en la provincia de Leoncio Prado, departamento de Huánuco, el mismo que comprende las zonas naturales denominadas “La Bella Durmiente” y “La Cueva de las Lechuzas”, con sus bosques adyacentes y colonias de steatornis; Que, de conformidad con el inciso g) del artículo 8º de la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, es función del SERNANP, aprobar los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas; Que, el artículo 18º de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, establece que las Áreas Naturales Protegidas contarán con documentos de planifi cación de carácter general y específi co, por tipo de recurso y actividad, aprobados por el SERNANP con la participación de los sectores competentes correspondientes, los mismos que una vez aprobados constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle dentro del área; Que, el artículo 20º de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, establece que la Autoridad Nacional aprobará un Plan Maestro por cada Área Natural Protegida, el mismo que constituye el documento de planifi cación de más alto nivel con el que cuenta cada Área Natural Protegida, y que deberá ser elaborado bajo procesos participativos, y revisado cada cinco (5) años; Que, el numeral 1.5 del artículo 1º del Decreto Supremo Nº 008-2009-MINAM, establece que el proceso de elaboración de los Planes Maestros y en particular su zonifi cación, debe obligatoriamente considerar que el establecimiento de las Áreas Naturales Protegidas no tiene efectos retroactivos ni afecta los derechos adquiridos con anterioridad a la creación de las mismas; Que, mediante Resolución Directoral Nº 012-2010- SERNANP-DDE de fecha 16 de noviembre de 2010, se aprueban los Términos de Referencia para la actualización del Plan Maestro del Parque Nacional Tingo María; Que, a través de un amplio proceso participativo de las instituciones y organizaciones a través del Comité de Gestión, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 37.4 del Decreto Supremo Nº 038-2001-AG Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, se ha elaborado la propuesta de actualización del Plan Maestro, período 2012-2017, del Parque Nacional Tingo María, la misma que ha sido propuesta para su aprobación; Que, según se concluye en el documento del visto, la propuesta de actualización del Plan Maestro, período 2012-2017, del Parque Nacional Tingo María, ha sido elaborada de acuerdo a lo establecido en la Ley de Áreas Naturales Protegidas, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2001-AG y en los Términos de Referencia aprobados por Resolución Directoral Nº 012- 2010-SERNANP-DDE; Con las visaciones de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, de la Dirección de Desarrollo Estratégico, y de la Secretaría General, y; De conformidad con las atribuciones conferidas en el inciso m) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la actualización del Plan Maestro del Parque Nacional Tingo María, por el período 2012- 2017, como documento de planifi cación de más alto nivel de la referida Área Natural Protegida, cuyo texto consta en el Anexo 1, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Ratifi car la zona de amortiguamiento establecida mediante Resolución Jefatural Nº 462-2002- INRENA, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 26 de marzo de 2003. Artículo 3º.- Encargar a la Jefatura del Parque Nacional Tingo María velar por la implementación del referido Plan Maestro. Artículo 4º.- Publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional del SERNANP: www.sernanp.gob.pe, en el que además deberá publicarse el texto del Plan Maestro. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO GAMBOA MOQUILLAZA Jefe 887800-3