Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2013 (17/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

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SUPERINTENDENCIA DEL MORDAZA DE VALORES
Autorizan a LXG Capital S.A.C. para actuar como entidad estructuradora en el MORDAZA de valores
RESOLUCION DE SUPERINTENDENTE Nº 006-2013-SMV/02
MORDAZA, 10 de enero de 2013 LA SUPERINTENDENTE DEL MORDAZA DE VALORES VISTOS: El Expediente Nº 2012030708 y el Memorandum N° 081-2013-SMV/11, del 09 de enero de 2013, presentado por la Superintendencia Adjunta de Supervision de Conductas de Mercados; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion CONASEV N° 027-2007EF/94.10, se establecio que se encuentran facultadas para actuar como entidades estructuradoras, entre otras, aquellas personas juridicas constituidas en el MORDAZA que obtengan autorizacion de la Superintendencia del MORDAZA de Valores - SMV, para realizar dicha actividad; Que, por escrito del 05 de septiembre de 2012, LXG Capital S.A.C. solicito autorizacion para actuar como entidad estructuradora en el MORDAZA de valores. Para tal fin, presento la documentacion relativa al cumplimiento de los requisitos establecidos en el articulo 1º de la Resolucion CONASEV Nº 027-2007-EF/94.10; Que, con Oficio Nº 3823-2012-SMV/11.1 del 14 de septiembre de 2012, se solicito a LXG Capital S.A.C. completar la informacion presentada y, a traves de los Oficios Nº 4011-2012-SMV/11.1 y Nº 4171-2012-SMV/11.1, se dispuso realizar visitas de inspeccion a LXG Capital S.A.C., con la finalidad de constatar el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Resolucion senalada anteriormente; Que, del analisis y verificacion de la documentacion presentada por LXG Capital S.A.C para obtener la autorizacion solicitada, se ha determinado que dicha sociedad ha cumplido con los requisitos a los que se refiere el articulo 1º de la Resolucion CONASEV N° 0272007-EF/94.10; Que, el articulo 2°, numeral 1, de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobadas por Resolucion CONASEV N° 073-2004-EF-94.10, establece que las resoluciones administrativas referidas a las autorizaciones emitidas por esta Superintendencia, en ejercicio de las atribuciones conferidas, deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe); y, Estando a lo dispuesto por el articulo 3º, numeral 1, del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la SMV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, asi como por los articulos 12º, numeral 1, y 43°, numeral 1, del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF; RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a LXG Capital S.A.C. para actuar como entidad estructuradora en el MORDAZA de valores. Articulo 2°.- Disponer la difusion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv. gob.pe). Articulo 3°.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano.

Articulo 4°.- Transcribir la presente resolucion a LXG Capital S.A.C. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCCA MORDAZA Superintendente del MORDAZA de Valores

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SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Aprueban el Cronograma de Vencimiento para la MORDAZA de la Declaracion Anual de Operaciones con Terceros correspondiente al Ejercicio 2012
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 014-2012/SUNAT
MORDAZA, 16 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que mediante la Resolucion de Superintendencia N.° 024-2002/SUNAT y normas modificatorias, se aprobo el Reglamento para la MORDAZA de la Declaracion Anual de Operaciones con Terceros (DAOT); Que conforme a lo dispuesto en el numeral 15.1 del articulo 15° del referido Reglamento, la DAOT o el formato denominado "Constancia de no tener informacion a declarar" debera ser presentado de acuerdo al cronograma de vencimiento que se publique para cada ejercicio; Que de otro lado, el articulo 3° del citado Reglamento establece que, entre otros, se encuentran obligados a presentar la DAOT los sujetos obligados a presentar por los menos una declaracion mensual del Impuesto General a las Ventas durante el ejercicio; Que se considera conveniente disponer que los sujetos a que se refiere el considerando anterior estaran obligados a presentar la DAOT por el ejercicio 2012, en tanto sus ventas internas o sus adquisiciones de bienes, servicios o contratos de construccion superen un determinado monto; Que resulta necesario aprobar el cronograma de vencimientos para la MORDAZA de la DAOT correspondiente al ejercicio 2012; En uso de las facultades conferidas por el articulo 11° del Decreto Legislativo N.° 501 y normas modificatorias, el articulo 5° de la Ley N.° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y el inciso q) del articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo N.° 115-2002-PCM y MORDAZA modificatoria; SE RESUELVE: Articulo 1°.- CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO Apruebase el cronograma de vencimiento para la MORDAZA de la Declaracion Anual de Operaciones con Terceros (DAOT) o de la "Constancia de no tener informacion a declarar", correspondiente al ejercicio 2012, de acuerdo a las fechas senaladas a continuacion:

Ultimo digito del numero del Registro Unico de Contribuyentes 6 7 8 9

Vencimiento 15.02.2013 18.02.2013 19.02.2013 20.02.2013

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