Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2013 (17/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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MORDAZA Juzgado de Paz Letrado MORDAZA Juzgado de Paz Letrado

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de enero de 2013

MORDAZA Juzgado de Paz Letrado Transitorio (Comisaria MORDAZA Ponce) Decimo Primer Juzgado Penal del Callao Juzgado Penal Transitorio del Callao Del 13 al 25 de Noviembre Primer Juzgado de Trabajo Especializado en la NLPT MORDAZA Juzgado de Trabajo Especializado en la NLPT Tercer Juzgado de Trabajo Especializado en la NLPT Primer Juzgado de Paz Letrado Laboral en la NLPT MORDAZA Juzgado de Paz Letrado Laboral en la NLPT

Articulo Segundo.Hacer de conocimiento la presente resolucion al Senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscalia de la Nacion, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de MORDAZA Sur, Oficina de Control de la Magistratura, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de MORDAZA Sur, Oficina de Administracion Distrital, y Magistrados interesados. Registrese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA SAHUANAY CALSIN Presidente

889764-1 887588-1

Modifican el Articulo Primero de la Res. Adm. Nº 006-2013-P-CSJLIMASUR/PJ
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA SUR RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA Nº 0020-2013-P-CSJLIMASUR/PJ
MORDAZA, diez de enero de dos mil trece//. I. ANTECEDENTES: La Resolucion Administrativa N° 006-2013-PCSJLIMASUR/PJ, de fecha cuatro de enero de 2013, expedida por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur. II. FUNDAMENTOS: El articulo 201.1 de la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, establece que: "Los errores material o aritmetico en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de su decision". El articulo 201.2, de la misma Ley, precisa que la rectificacion adopta formas y modalidades de comunicacion o publicacion que corresponda para el acto original. Ahora bien habiendose expedido la Resolucion Administrativa N° 006-2013-P-CSJLIMASUR/PJ, de fecha cuatro de enero de 2013, donde se ha consignado de manera involuntaria el error aritmetico en la parte Resolutiva del Articulo Primero al senalar: Aprobar la propuesta de conformacion formulada por el Dr. MORDAZA Cartolin MORDAZA, Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura ­ ODECMA, para el ano judicial 2012, con cargo a dar cuenta a la Sala Plena de esta Corte Superior (...), en via de correccion entiendase que en lo sucesivo en la parte Resolutiva del Articulo Primero, de la Resolucion Administrativa N° 006-2013P-CSJLIMASUR/PJ, de fecha cuatro de enero de 2013, debe decir: Articulo Primero.- APROBAR la propuesta de conformacion formulada por el Dr. MORDAZA Cartolin MORDAZA, Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura ­ ODECMA, para el ano judicial 2013, con cargo a dar cuenta a la Sala Plena (...); ello en aplicacion a lo dispuesto en el articulo 201.1 de la Ley de Procedimientos Administrativos, Ley N° 27444. III. DECISION: El Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur, de conformidad con las normas invocadas, resuelve: Articulo Primero.- De Oficio CORREGIR la parte resolutiva del Articulo Primero de la Resolucion Administrativa de Presidencia N° 006-2013-PCSJLIMASUR/PJ, de fecha cuatro de enero de 2013, la cual debe decir: Articulo Primero.- APROBAR la propuesta de conformacion formulada por el Dr. MORDAZA Cartolin MORDAZA, Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura ­ ODECMA, para el ano judicial 2013, con cargo a dar cuenta a la Sala Plena (...)

Disponen funcionamiento de organos jurisdiccionales de emergencia en el Distrito Judicial de MORDAZA Sur, para el periodo vacacional
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA SUR RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA Nº 033-2013-P-CSJLIMASUR/PJ MORDAZA, catorce de enero del ano dos mil trece. I. ANTECEDENTES: La Resolucion Administrativa Nº 232-2012-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, II. FUNDAMENTOS: El articulo 246º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial fija el regimen vacacional en este Poder del Estado, fijando las etapas y las fechas en que debe regir el periodo vacacional; excepcionalmente el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial puede senalar tiempo distinto. En uso de sus prerrogativas el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Resolucion Administrativa Nº 232-2012-CE-PJ, de fecha 15 de noviembre de 2012, establecio disposiciones para las vacaciones de los jueces y el personal auxiliar para el ano Judicial 2013, las cuales se haran efectivas del 01 de febrero al 02 de marzo del 2013. En el articulo tercero de la resolucion administrativa mencionada se establece que durante el mes de vacaciones de jueces y personal auxiliar, funcionaran organos de emergencia que designen los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, las cuales seguiran conociendo y tramitando los procesos a su cargo y; ademas atenderan exclusivamente las siguientes materias de los organos jurisdiccionales que saldran de vacaciones: a) Penal: Habeas MORDAZA, calificacion de denuncias con detenidos, tramite de libertades, apelacion de mandato de detencion, tramite de procesos con reos en carcel, homonimias y rehabilitaciones. b) Civil: Acciones de garantia y medidas cautelares fuera de proceso. c) Familia: Consignaciones de alimentos, autorizacion de viaje de menores, violencia familiar, tutela de menores en abandono y menores infractores; asi como medidas cautelares de regimen provisional de visitas, anotacion de demanda, visitas reguladas por el Equipo Multidisciplinario y ampliacion de regimen de visitas, entrega de menores en forma de ejecucion anticipada, tenencia provisional; procesos sobre interdiccion civil tramitados ante los Juzgados de Familia en materia tutelar y en las MORDAZA Superiores. d) Laboral: Consignaciones laborales. e) Asi como todas aquellas solicitudes que los jueces de acuerdo a su facultad discrecional consideren de urgente atencion en materia Contencioso Administrativo, Constitucional y Previsional, u otras que estimen conveniente. El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la politica interna con el objeto de brindar un eficiente servicio de administracion de Justicia en beneficio del ciudadano usuario del sistema judicial. Por tanto, en

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