Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2013 (17/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de enero de 2013

Articulo Sexto.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y sera difundida a traves del MORDAZA electronico del Gobierno Regional de La Libertad. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de La MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los siete dias del mes de setiembre del ano dos mil doce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta Consejo Regional La MORDAZA AL SENOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA POR TANTO: Mando se registre y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional La MORDAZA a 19 de noviembre de 2012. MORDAZA H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional

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Disponen la celebracion del Dia de la Educacion Tecnica en la Region La MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 011-2012-GR-LL/CR
EL PRESIDENTE REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los Articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru; Ley de Bases de Descentralizacion, Ley Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias, y demas normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: En Sesion Ordinaria de fecha 24 de agosto del 2012, el dictamen de la Comision Ordinaria de Educacion y Cultura del Consejo Regional La MORDAZA, relativo a disponer la celebracion del Dia de la Educacion Tecnica en la Region La MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado y el Articulo 2º de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia Que, es competencia del Gobierno Regional de la MORDAZA emitir Ordenanzas Regionales, conforme a lo prescrito en el Articulo 38º de la acotada ley, que establece: "Las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion de Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. (...)". Que, segun incisos a) y e) del Articulo 47º de la Ley 27867, Ley Organica MORDAZA glosada, establece como funciones en materia de educacion, cultura, ciencia, tecnologia, deporte y recreacion y son competentes para formular, aprobar, ejecutar, evaluar y administrar las politicas regionales de educacion, cultura, ciencia, y tecnologia, deporte y recreacion de la region; asi mismo promover, regular, incentivar y supervisar los servicios referidos a la educacion inicial, primaria, secundaria y

superior no universitaria, en coordinacion con el Gobierno Local y en MORDAZA con la politica y normas del sector correspondiente y las necesidades de cobertura y niveles de ensenanza de la poblacion. Que, la Ley General de Educacion, Ley Nº 28044 en su Articulo 40º prescribe que la Educacion TecnicoProductiva es una forma de educacion orientada a la adquisicion de competencias laborales y empresariales en una perspectiva de desarrollo sostenible y competitivo. Asi mismo, contribuye a un desempeno de la persona que trabaja, a mejorar su nivel de empleabilidad y a su desarrollo personal. Esta destinada a las personas que buscan una insercion o reinsercion en el MORDAZA laboral y alumnos de Educacion Basica. Que, la Educacion Tecnica, es la forma de educacion orientada a la adquisicion y desarrollo de competencias laborales y empresariales en una perspectiva de desarrollo sostenible, competitivo y humano, asi como a la promocion de la cultura innovadora que responda a la demanda del sector productivo y a los avances de la tecnologia, del desarrollo local, regional y nacional; asi como, a las necesidades educativas de los estudiantes en sus respectivos entornos. Asimismo, contribuye a un mejor desempeno de la persona que trabaja, a mejorar su nivel de empleabilidad y a su desarrollo personal. Esta destinada a las personas que buscan una insercion o reinsercion en el MORDAZA laboral y a alumnos de la Educacion Basica. Que, los Centros de Educacion Tecnico-Productiva ofrecen servicios educativos en los ciclos para la obtencion de autorizacion y expedicion de certificaciones y titulos tecnicos correspondientes. Asi mismo, realizan actividades de capacitacion, actualizacion y reconversion laboral, contribuyendo con la Educacion Basica ofreciendole sus servicios especializados. Que, las politicas y estrategias de la Educacion Tecnico-Productiva, el Ministerio de Educacion y las autoridades regionales y locales deben coordinar con el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo y otros ministerios e instituciones para buscar la participacion de organismos representativos del sector empresarial y de los gremios, asi como de las asociaciones civiles y comunales con interes en la calificacion tecnica de los ciudadanos. Que, los objetivos de la Educacion TecnicoProductiva son a) Desarrollar competencias laborales y capacidades emprendedoras para el trabajo dependiente o independiente, b) Motivar y preparar a los estudiantes para aplicar lo aprendido en algun MORDAZA especifico de la produccion o los servicios, con vision empresarial, c) Actualizar las competencias de trabajadores en actividad o desocupados, segun las exigencias del MORDAZA laboral, d) Complementar el desarrollo de la educacion para el trabajo que ofrece la Educacion Basica. Que, segun Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, Decreto Supremo que aprueban el "Reglamento de Organizaciones y Funciones del Ministerio de Educacion" y la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, establece en su Articulo 79º que el Ministerio de Educacion, es el organo del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la politica de educacion, cultura, recreacion y deportes, en concordancia, con la politica general del Estado; y en su Articulo 63º precisa la responsabilidad del Estado a traves del Ministerio de Educacion de preservar la unidad del Sistema Educativo Nacional, cuya gestion es descentralizada, simplificada, participativa y flexible. Que, siendo los objetivos como promover e incentivar las actividades de innovacion, investigacion y promocion de la tecnologia por parte de los educandos, docentes y la comunidad en las Instituciones Educativas del nivel MORDAZA Educacion Basica Regular en el Area de Educacion para el trabajo de la Region La Libertad. Que, la finalidad del proyecto de Ordenanza Regional es de normar la organizacion y ejecucion de actividades para regular en las Instituciones Educativas del nivel MORDAZA Educacion Basica Regular el Dia de la Educacion Tecnica. Que, la presente Ordenanza Regional tendra alcances en las Direcciones de las Instituciones Educativas del nivel MORDAZA de Educacion Basica Regular, en las Unidades de Gestion Educativas Locales de la Region La MORDAZA y la Gerencia Regional de Educacion de La Libertad. En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y sus modificatorias, y estando a lo acordado.

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