Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2013 (17/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de enero de 2013

instrumento de gestion importante para el desarrollo y cumplimiento de los objetivos del Gobierno Regional de MORDAZA, que a la fecha carece de un organo que efectue acciones de ejecutoria coactiva, esta Comision considera que debe aprobarse el referido proyecto. Que, el Art. 13 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, dispone que el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional; Que, el Articulo 1º de la ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, establece que la presente Ley regula la estructura y organizacion del Estado en forma democratica, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo, define las normas que regula la descentralizacion administrativa, economica, productiva, financiera, tributaria y fiscal; Que, es atribucion del Consejo Regional normar la organizacion del Gobierno Regional a traves de Ordenanzas Regionales, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 15º inciso a) de la Ley Nº 27867 y sus modificatorias que senala: "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional"; precepto que le confiere facultad de aprobar los documentos de gestion, de las Entidades Publicas en el ambito de jurisdiccional del Gobierno Regional, en concordancia con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 que establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general en la organizacion y la administracion del Gobierno Regional; Que, a su vez el Articulo 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867, establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias para su competencia; Que, conforme a lo dispuesto en el inciso a), del Articulo 16º de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867, uno de los derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales es, proponer normas de alcance regional; Que, el inciso o), del articulo 21º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867, modificada por la Ley Nº 29053, establece que es atribucion del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de (15) dias habiles y ejecutar los Acuerdos del Consejo Regional; Que, en la Sesion Extraordinaria del Consejo Regional, de fecha 04 de diciembre de 2012, se trato la aprobacion del Dictamen Final de la Comision Ordinaria de Planificacion Estrategica, Presupuesto, Tributacion, Ordenamiento Territorial y Administracion y Adjudicacion de Tierras de Propiedad del Estado; el mismo que recomienda la aprobacion de la Ordenanza Regional de Modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Unidad Ejecutora 001 Region Lima; de la sustentacion del Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Consejero Regional por la provincia de Cajatambo y Presidente de la referida Comision Ordinaria; el informe del Abog. MORDAZA MORDAZA Bao, Asesor Legal del Consejo Regional; del debate entre los miembros del Consejo Regional de MORDAZA, y con el MORDAZA por Unanimidad de los Consejeros Regionales concurrentes a la sesion del Consejo Regional, y; En uso de sus facultades conferidas en el articulo 15º inciso a), c) y s) de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional; QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA Articulo Primero.- Modificar el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de MORDAZA a fin de asignar una nueva funcion a la Sub Gerencia Regional de Administracion: "Articulo 41: Son funciones de la Sub Gerencia Regional de Administracion: (...) o) Efectuar acciones de ejecutoria coactiva, para exigir obligaciones no tributarias provenientes de la relacion juridica de derecho publico, ante

el incumplimiento de las obligaciones de los administrados en forma normal y oportuna. p) Otras funciones que le asigne la Gerencia General Regional. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, efectue las acciones necesarias ante el Ministerio de Economia y Finanzas y otras entidades del Estado, a fin de implementar las modificaciones establecidas en la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- DEROGAR toda disposicion que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Articulo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del Tramite de lectura y aprobacion del Acta. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza se publicara en el Diario Oficial El Peruano, en un diario de circulacion regional y en el MORDAZA del Gobierno Regional de MORDAZA (www.regionlima.gob.pe). En MORDAZA, a los siete dias del mes de diciembre del dos mil doce. POR TANTO: Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Mando se comunique, publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de MORDAZA, sede central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los once dias del mes de diciembre del dos mil doce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA Presidente Regional

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Aprueban el Reglamento de Condecoraciones del Gobierno Regional de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 013-2012-CR-RL
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Extraordinaria del dia 04 de diciembre del 2012 en la MORDAZA de MORDAZA, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: La Carta Nº 075-2012-COECTRDS/CR del Consejero Regional de la provincia de Huarochiri, Lic. MORDAZA MORDAZA Carhuavilca; mediante la cual solicita se agende en la proxima sesion ordinaria del Consejo Regional a realizarse el 08 de noviembre, la aprobacion del Dictamen y/o Informe Final de la Comision Ordinaria de Educacion, Cultura, Ciencia y Tecnologia, Recreacion, Deportes y Salud en virtud del Acuerdo de Consejo Regional Nº 198-2012-CR/ GRL, que contiene el Proyecto de Ordenanza Regional que aprueba el Reglamento de Condecoraciones del Gobierno Regional de Lima". CONSIDERANDO: Que, el articulo 191 de la Constitucion Politica del Peru, dispone que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en el mismo sentido, el Art. 2 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Que, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia

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