Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2013 (17/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

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Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- DISPONER que la Gerencia Regional de Educacion del Gobierno Regional de La MORDAZA en coordinacion con la Comision Ordinaria de Educacion y Cultura del Consejo Regional La MORDAZA elabore una propuesta tecnica que sustente la fecha para la "CELEBRACION DEL DIA DE LA EDUCACION TECNICA EN LA REGION LA LIBERTAD". Articulo Segundo.- Una vez fijado el Dia de la Celebracion de la Educacion Tecnica en la Region La MORDAZA, la Gerencia Regional de Educacion de La MORDAZA, se encargara de difundir a nivel regional el dia de la celebracion MORDAZA indicada. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y sera difundida a traves del MORDAZA electronico del Gobierno Regional de La Libertad. Comuniquese al senor Presidente Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los trece dias del mes de setiembre del ano dos mil doce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta Consejo Regional La MORDAZA AL SENOR PRESIDENTE GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA POR TANTO: Mando se registre y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional La MORDAZA a 21 de noviembre de 2012. MORDAZA H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional REGIONAL DEL

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GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Modifican el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 012-2012-CR-RL
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Extraordinaria del dia 04 de diciembre del 2012 en la MORDAZA de MORDAZA, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: La Carta Nº 076-2012-CPEPTOTATPECR/CR del Consejero Regional de la provincia de Cajatambo, Lic. MORDAZA MORDAZA Villarreal; mediante la cual solicita se agende en la proxima sesion ordinaria del Consejo Regional a realizarse el 08 de noviembre, la aprobacion del Dictamen y/o Informe Final de la Comision de Planificacion Estrategica, Presupuesto, Tributacion, Ordenamiento Territorial y Administracion y Adjudicacion de Tierras de Propiedad del Estado en virtud del Acuerdo de Consejo Regional Nº 184-2012-CR/GRL que contiene el "Proyecto de Modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Unidad Ejecutora 001 Region Lima". CONSIDERANDO: Que, el articulo 191 de la Constitucion Politica del Peru, dispone que los Gobiernos Regionales tienen autonomia

politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en el mismo sentido, el Art. 2 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Que, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administracion economica y financiera, un Pliego Presupuestal; Que, el Art. 13 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nro. 27867, dispone que el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional; Que, el Articulo 1º de la ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, establece que la presente Ley regula la estructura y organizacion del Estado en forma democratica, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo, define las normas que regula la descentralizacion administrativa, economica, productiva, financiera, tributaria y fiscal; Que, es atribucion del Consejo Regional normar la organizacion del Gobierno Regional a traves de Ordenanzas Regionales, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 15º inciso a) de la Ley Nº 27867 y sus modificatorias que senala: "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional"; precepto que le confiere facultad de aprobar los documentos de gestion, de las Entidades Publicas en el ambito de jurisdiccional del Gobierno Regional, en concordancia con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 que establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general en la organizacion y la administracion del Gobierno Regional; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de MORDAZA (ROF) , fue aprobado mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 511-2005-CR-RL de fecha 22 de Diciembre del 2005, el mismo que consta de XIV Titulos, 67 articulos y cuatro disposiciones finales y transitorias; Que, en el Titulo III "De la Estructura Organica" en el inciso VII "Organos de Apoyo" figura la Sub- Gerencia Regional de Administracion, como tal y sus funciones estan contempladas en el Capitulo II ­ Articulos 40 al 42; como organo responsable de conducir y administrar los recursos humanos, financieros y patrimoniales del Gobierno Regional de MORDAZA, asi como de la gestion de personal, contabilidad, tesoreria, abastecimiento e informatica, estableciendose sus funciones especificas en el articulo 41 del ROF; Que, bajo el orden de ideas, que tiene como funciones la de tesoreria y la de administracion de las diferentes MORDAZA de financiamiento (art. 41, inciso g del ROF); es claramente compatible que pueda efectuar acciones de ejecutoria coactiva, que tienen como objeto la recaudacion de manera forzosa de las obligaciones generadas administrativamente por las distintas dependencias del Gobierno Regional de Lima; Que, el Texto Unico Ordenado (TUO) de la Ley N.º 26979, Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, aprobado mediante DECRETO SUPREMO Nº 018-2008JUS, establece el MORDAZA legal de los actos de ejecucion coactiva que corresponde a todas las entidades de la Administracion Publica. Asimismo, constituye el MORDAZA legal que garantiza a los Obligados al desarrollo de un debido procedimiento coactivo; Que, por las competencias del Gobierno Regional en sus diferentes organos de gobierno, el procedimiento de ejecucion coactiva comprende las obligaciones no tributarias, como el cobro de ingresos publicos distintos a los tributarios, nacidos en virtud de una relacion juridica regida por el derecho publico, siempre que corresponda a las obligaciones a favor de cualquier Entidad, proveniente de sus bienes, derechos o servicios distintos de las obligaciones comerciales o civiles y demas del derecho privado, y el cobro de multas administrativas distintas a las tributarias, y obligaciones economicas provenientes de sanciones impuestas por el Poder Judicial; Que, en el presente proyecto, se advierte que la modificacion se adecua a las competencias y funciones generales establecidas para el organo de apoyo como es la Sub Gerencia Regional de Administracion, no advirtiendose ninguna incompatibilidad. Por tales consideraciones y, siendo que, es un

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