Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2013 (17/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de enero de 2013

como ejemplo para los demas trabajadores y sea un referente para las generaciones presentes y futuras de nuestra region. Articulo 9º.- La distincion de Honor al Intelecto de la Region MORDAZA, sera otorgada aquella personalidad natural o juridica que MORDAZA dedicado su MORDAZA al trabajo intelectual como servicio de la comunidad Regional, Nacional o Internacional sin fines de lucro sobresaliendo su aporte en actividades academicas, funcionales, culturales y sociales que hayan contribuido con las artes, letras, musica, ciencia y tecnologia, habiendo puesto en alto el prestigio de la Region MORDAZA, esta distincion se hace extensiva a personalidades academicas, universitarias y extrauniversitarias. CAPITULO III DE LAS CARACTERISTICAS DE LAS CONDECORACIONES Articulo 10º.- Para el otorgamiento de las Condecoraciones del Gobierno Regional de MORDAZA, la medalla debe reunir las siguientes caracteristicas: Medalla de oro: contenido de alto relieve, tamano de 6 x 6 aprox., 1ml. de grosor, material oro de 18 k, segun modelo anexo al presente reglamento. Medalla de bronce: contenido de alto relieve, tamano de 6 x 6 aprox., 1ml. de grosor, material de bronce, segun modelo anexo al presente reglamento. CAPITULO IV DE LA APROBACION DE LAS CONDECORACIONES Articulo 11º.- Para el otorgamiento de las Condecoraciones del Gobierno Regional de MORDAZA, el Presidente Regional dispondra otorgar, reconocer, destacar y premiar a favor de las personas naturales y/o juridicas, nacionales y/o extranjeras, asi como a las entidades e instituciones publicas o privadas que se han destacado por su relevante labor o aporte en beneficio de la colectividad regional. CAPITULO V DE LA ENTREGA DE LA CONDECORACON Articulo 12º.- La imposicion de las condecoraciones se efectuara en acto publico, debiendo los condecorados o quienes los representen suscribir el respectivo Libro de Registro de Condecoraciones. Articulo 13º.- El Libro de Registro de Condecoraciones estara a cargo del Secretario General quien tendra a cargo las siguientes funciones: a) Registrar y llevar actualizado el Libro de Registro de Condecoraciones otorgadas. b) En el Libro de Registro de Condecoraciones se anotaran todas las condecoraciones que se otorguen por orden cronologico; indicando el nombre del condecorado y la condecoracion otorgada y; c) Las demas que le asigne la alta direccion. Articulo 14º.- La condecoracion "General Don MORDAZA de San MORDAZA ­ en el Grado de Gran Libertador de la Republica" sera otorgada por el Presidente Regional de MORDAZA, salvo que este delegue tal atribucion en otra persona. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Apruebese las caracteristicas de las Condecoraciones referidas en el Capitulo Tercero, articulo 10º segun modelo anexo en la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.ESTABLECER que la Condecoracion General Don MORDAZA de San MORDAZA en el Grado de Gran Libertador de la Republica, constituye la mas alta distincion que otorga el Gobierno Regional de Lima. Articulo Tercero.- DEROGAR toda disposicion que se oponga a la presente Ordenanza Regional.

Articulo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del Tramite de lectura y aprobacion del Acta. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza se publicara en el Diario Oficial El Peruano, en un diario de circulacion regional y en el MORDAZA del Gobierno Regional de MORDAZA (www.regionlima.gob.pe). En MORDAZA, a los siete dias del mes de diciembre del dos mil doce. POR TANTO: Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Mando se comunique, publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de MORDAZA, sede central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los once dias del mes de diciembre del dos mil doce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA Presidente Regional

889005-2

Declaran de necesidad prioritaria el cumplimiento de las normas establecidas a favor de las personas con discapacidad
ORDENANZA REGIONAL Nº 014-2012-CR-RL
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Extraordinaria del dia 04 de diciembre del 2012 en la MORDAZA de MORDAZA, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: La Carta Nº 009-2012-COCVPSDS/CR de la Consejera Regional de la provincia de Barranca, Lic. MORDAZA MORDAZA Ochoa; mediante la cual solicita se agende en la proxima sesion ordinaria del Consejo Regional a realizarse el 08 de noviembre, la aprobacion del Dictamen y/o Informe Final de la Comision Ordinaria de Construccion, Vivienda, Poblacion, Saneamiento y Desarrollo Social en virtud del Acuerdo de Consejo Regional Nº 095-2012-CR/ GRL, referente al "Proyecto de Ordenanza Regional de declarar de necesidad prioritaria el cumplimiento de las leyes y normas establecidas a favor de las personas con discapacidad en la Region de MORDAZA, Ley Nº 27050 y su modificatoria Ley Nº 28164. CONSIDERANDO: Que, el articulo 191 de la Constitucion Politica del Peru, dispone que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en el mismo sentido, el Art. 2 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Que, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administracion economica y financiera, un Pliego Presupuestal; Que, el Art. 13 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, dispone que el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional; Que, el articulo 1º de la "Ley General de la Persona con Discapacidad" Ley Nº 27050 y su Modificatoria

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