Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2013 (27/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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CAPITULO III PAGO DE LOS DERECHOS

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 27 de enero de 2013

la extraccion de materiales de construccion ubicados en los alveos y cauces de los MORDAZA, en donde se procedera al registro de las resoluciones. Articulo 16.- De las prohibiciones.- Esta prohibido el otorgamiento de estos permisos en cauces de depositos artificiales de agua, tales como MORDAZA, reservorios, vasos de almacenamiento, entre otros. Articulo 17.- De las sanciones.- Se configura como infracciones las siguientes: Sub Gerencia de Gestion Ambiental
CODIGO DESCRIPCION DE LA INFRACI II III IV V CION Realizar labores 10 100 200 400 500 de extraccion de materiales que acarrean, depositan las aguas en los alveos o cauce de los MORDAZA y canteras de la jurisdiccion del Distrito sin autorizacion municipal. No cumplir con el 20 100 200 400 500 plan de cierre o dejar al descubierto y abandonado el material retirado de los alveos, cauces y canteras, sin remediar el impacto ocasionado. No respetar el volu- 10 50 100 200 200 men (m3) de extraccion autorizado. Transporte de mate- 10 20 50 100 200 rial de acarreo sin la correspondiente guia establecida por la Sub Gerencia de Gestion Ambiental o por adulteracion evidente de la guia de transporte. Transporte de 5 10 50 100 200 material de acarreo negandose a la MORDAZA de la guia de transporte a la autoridad municipal. SANCION COMPLEMENTARIA Incautacion e Internamiento de la maquinaria utilizada, la que sera conducida al deposito municipal.

Articulo 8.- Plazo de Pago.- Otorgado el permiso de extraccion mediante Resolucion de la Sub Gerencia de Gestion Ambiental, el concesionario debera abonar en el termino de cinco (5) dias calendario de notificado, el monto que le corresponda pagar por concepto de derecho de extraccion de materiales en la Sub Gerencia de Administracion de la Municipalidad Distrital de Ocros. Articulo 9.- Pago de los Derechos.- Los derechos por concepto de extraccion de material de acarreo, seran de 0.0833% de la Unidad Impositiva Tributaria ­ UIT por metro cubico, en relacion al volumen solicitado. Los ingresos solicitados por este concepto seran destinados exclusivamente al control y supervision de las actividades de material de acarreo, mantenimiento, reforzamiento del cauce, elaboracion y ejecucion de proyectos ambientales. CAPITULO IV PLAZO DE VIGENCIA Y SUSPENSION Articulo 10.- Plazo de vigencia.- El plazo MORDAZA de la autorizacion sera hasta por un periodo de veinticuatro (24) meses, pudiendo ser renovado hasta por un periodo igual, a solicitud del interesado y con la aceptacion de la Sub Gerencia de Gestion Ambiental, la misma que debera estar debidamente motivada, previa MORDAZA de los requisitos establecidos en el articulo 4 de la presente ordenanza. Articulo 11.- Suspension de los permisos.- La Municipalidad Distrital de Ocros, puede suspender las actividades de extraccion o disponer el cambio de ubicacion de la MORDAZA de extraccion si los titulares de los permisos contaminan gravemente las aguas del rio, afectan el cauce o sus zonas aledanas o la propiedad o afectan la seguridad de la poblacion. CAPITULO V DE LA EXTINCION, EXONERACIONES Articulo 12.- Extincion de los permisos.- Los permisos otorgados de acuerdo con la presente ordenanza, se extinguen por las siguientes causales: a) Vencimiento del plazo del permiso. b) Extraccion total de volumen solicitado. c) Caducidad del permiso declarada por la Sub Gerencia de Gestion Ambiental en los casos previstos en la presente Ordenanza. Ademas si se constara que el titular ocasiono danos al cauce, a la ribera o fajas marginales; asi como a las defensas riberenas, sin perjuicio de que el infractor repare los danos ocasionados e indemnice por los perjuicios causados. d) Por falta de pago del derecho en forma semanal. La Sub Gerencia de Gestion Ambiental llevara un registro de los permisos de extraccion otorgados. Articulo 13.- De las exoneraciones.- Los Ministerios, Entidades Publicas y Gobiernos Regionales que tengan a su cargo la ejecucion de obras viales, quedan exceptuados del pago de los derechos previstos en el articulo 9 de la presente Ordenanza. Las empresas concesionarias o cualquiera otra modalidad que establezca el estado peruano, no se encuentran exceptuados del pago de los derechos por tener un caracter lucrativo. Articulo 14.- De los procedimientos del TUPA.Agregar a los procedimientos de la Sub Gerencia de Gestion Ambiental, consignados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Ocros, los requisitos establecidos en la Ordenanza y al pago de los conceptos que la presente ordenanza incorpora. CAPITULO VI DEL REGISTRO, PROHIBICIONES Y SANCIONES Articulo 15.- Del Registro.- Crease en la Sub Gerencia de Gestion Ambiental el registro de autorizaciones para

Incautacion e Internamiento de la maquinaria utilizada, la que sera conducida al deposito municipal. Decomiso

Decomiso

Decomiso

La reincidencia en la comision de una misma infraccion se sanciona con el doble de la multa senalada en el regimen de sanciones MORDAZA indicada. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Articulo Primero.- La autorizacion y el derecho de extraccion de materiales de acarreo que se depositan en las aguas en los alveos o cauce de los MORDAZA y canteras de la jurisdiccion, que sirven para la construccion, no constituye titulo de dominio que acredite derechos posesorios o de propiedad sobre la MORDAZA de extraccion, no pudiendo ser sub concesionado por el administrado a un tercero, bajo causal de nulidad de la autorizacion otorgada. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Sub Gerencia de Gestion Ambiental. Articulo Tercero.- La Policia Nacional prestara su apoyo en el cumplimiento de las sanciones que se impongan bajo responsabilidad. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Articulo Unico.- Facultese al Senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia proceda a la implementacion

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