Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2013 (27/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 27 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

487011

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Aprueban Parametros Urbanisticos y Edificatorios especificos correspondientes a sector comprendido por diversas urbanizaciones y cooperativa de vivienda, ubicadas en parte del distrito conformantes del Area de Tratamiento Normativo III de MORDAZA Metropolitana
DECRETO DE ALCALDIA Nº 01-2013-MSS MORDAZA de MORDAZA, 15 de enero del 2013 EL MORDAZA DE MORDAZA DE SURCO: VISTO: El Informe N° 345-2012-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, los Informes Nros. 6012012-SGPUC-GDU-MSS, 208-2012-GRP-AL y 12-2012JLMJ-APU de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, el Informe N° 980-2012-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica; y CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando la MORDAZA MORDAZA que la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, de conformidad con lo que dispone el inciso 6), Articulo 195° de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, las municipalidades son competentes para; Planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, el Articulo IX del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, dispone que el MORDAZA de planeacion local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos. En dicho MORDAZA se senalan las politicas publicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones especificas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 74° de la Ley MORDAZA acotada, las municipalidades ejercen de manera exclusiva o compartida una funcion promotora, normativa y reguladora, asi como las de ejecucion, fiscalizacion y control, en las materias de su competencia; Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, mediante Ordenanza Nº 912, aprobo el Reajuste Integral de la Zonificacion de los Usos del Suelo de un Sector del Distrito de MORDAZA de MORDAZA conformante del Area de Tratamiento Normativo III de MORDAZA Metropolitana; disponiendo en el Articulo 8º que la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, en estricta sujecion a las normas aprobadas por la mencionada Ordenanza, formule y apruebe por Decreto de Alcaldia, los Parametros Urbanisticos y Edificatorios de Estacionamientos, Retiros, Tamano Minimo de Departamentos y Otros para su aplicacion en la jurisdiccion distrital; Que, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, mediante el Informe N° 345-2012-GDU-MSS del 17.12.2012, presento la propuesta de Parametros Urbanisticos y Edificatorios especificos correspondiente al sector comprendido por las Urbanizaciones Los Alamos de Monterrico que comprende 8 etapas (1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7° y 8º etapa), Los Alamos de Monterrico (Alamos I y II), Urbanizacion Tres Alamos y Cooperativa de Vivienda Ingenieros MORDAZA MORDAZA con

zonificacion Residencial de Densidad Baja (RDB) ubicados en parte del distrito de MORDAZA de MORDAZA conformante del Area de Tratamiento Normativo III de MORDAZA Metropolitana, elaborada por la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro con Informe Nº 601-2012-SGPUC-GDU-MSS del 13.12.2012, senalando, que el mismo es el resultado de los antecedentes e informacion minuciosa, analisis y evaluacion de las normas vigentes locales, metropolitanas y nacionales, asi como, sus modificatorias, teniendo en consideracion la problematica actual en lo referente a las alturas, retiros, estacionamiento, area libre y otros; que permitira un adecuado desarrollo MORDAZA del sector; Que, asimismo, mediante Ordenanza Nº 424-MSS publicada en el Diario Oficial El Peruano el 29.05.2012, prorrogada en su vigencia por el Decreto de Alcaldia Nº 28-2012-MSS del 25.10.2012, publicada en el Diario Oficial el Peruano el 29.10.2012, se dispuso suspender temporalmente por un periodo de 06 meses contados desde el dia siguiente de la publicacion en el diario oficial El Peruano, la recepcion de solicitudes correspondientes a los procedimientos de Licencia de Edificacion y Habilitaciones Urbanas, Licencias de Funcionamiento y los Certificados de Parametros Urbanisticos y Edificatorios para los lotes ubicados en el distrito de MORDAZA de Surco; Que, es necesario precisar, que el Articulo 14° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS "Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y difusion de Normas Legales de Caracter General", dispone que las entidades publicas dispondran la publicacion de los proyectos de normas de caracter general que MORDAZA de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electronicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de 30 dias MORDAZA de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, a fin que las personas interesadas formulen sus comentarios sobre las normas propuestas; Que, el numeral 3.2 del Articulo 14º del citado Decreto Supremo, exceptua de la prepublicacion, cuando por razones debidamente fundamentadas en el proyecto de MORDAZA, la entidad que propone la MORDAZA, considera que la prepublicacion de la misma es impracticable, innecesaria o contraria a la seguridad o al orden publico, habiendo sustentado la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro que en el presente caso se configura el supuesto, sosteniendo que someter el anteproyecto de MORDAZA a una prepublicacion implicaria retardar el accionar de la Corporacion, perdiendo su caracter de inmediatez y de emergencia, en tanto esta orientada a resguardar el correcto desarrollo urbanistico del distrito en beneficio de la seguridad de los vecinos, la que no puede estar sometida a un plazo de espera, en tanto la coyuntura por la que atraviesan las Urbanizaciones Los Alamos de Monterrico, que comprende 8 etapas (1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7° y 8º etapa), Los Alamos de Monterrico (Alamos I y II), Urbanizacion Tres Alamos y la Cooperativa de Vivienda Ingenieros MORDAZA MORDAZA, la tornan de completo interes publico, el que se busca proteger con la dacion del presente Decreto de Alcaldia; Que, estando a lo dispuesto por el Articulo 42° de la Ley de Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, mediante Decreto de Alcaldia, se regulan entre otros, asuntos de orden general y de interes para el vecindario; Que, mediante Informe N° 980-2012-GAJ-MSS del 19.12.2012, la Gerencia de Asesoria Juridica opina que es procedente la emision del Decreto de Alcaldia que aprueba los parametros Urbanisticos y Edificatorios de la Urbanizacion los Alamos de Monterrico; Estando al Informe N° 980-2012-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, al Informe N° 345-2012-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, en uso de las facultades establecidas en el numeral 6) del Articulo 20º de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades. DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR los Parametros Urbanisticos y Edificatorios especificos correspondientes al sector comprendido por las Urbanizaciones Los Alamos de Monterrico que comprende 8 etapas (1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7° y 8º etapa), Los Alamos de Monterrico (Alamos I y II), Urbanizacion Tres Alamos y la Cooperativa de Vivienda Ingenieros MORDAZA MORDAZA, con zonificacion Residencial de Densidad Baja (RDB) ubicadas en la parte del distrito de MORDAZA de MORDAZA conformantes del Area de Tratamiento Normativo III de MORDAZA Metropolitana, consignados en los Anexos 01 y 02 que forman parte del presente Decreto.

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