Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2013 (27/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 27 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

487007

17.4 Los tramites de inscripcion y renovacion seran gratuitos. a) Admitida la solicitud se procedera a la emision de un carne para su identificacion, el mismo que debera ser llevado en un lugar visible de la indumentaria del Reciclador. b) Se otorgara un unico y exclusivo codigo de registro a cada miembro de la Organizacion de Recicladores que participen del Programa de Recoleccion Selectiva. c) El carne emitido por la Municipalidad, faculta al Reciclador a realizar labores en el MORDAZA del Programa de Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos del Distrito de MORDAZA MORDAZA, quedando sin efecto si se realiza de manera individual. d) La caducidad o el retiro de la MORDAZA de Reciclador Autorizado procedera automaticamente con la aplicacion de sanciones por 02 faltas graves. e) El MORDAZA de incorporacion de recicladores al Programa de Recoleccion se MORDAZA de manera progresiva, en base al estudio situacional del Reciclaje, (Articulo Nº 06). Articulo 18º.CAPACITACION PARA EL FORTALECIMIENTO TECNICO, OPERATIVO Y EMPRESARIAL DE LOS RECICLADORES. La Municipalidad llevara a cabo un Programa de Capacitacion dirigido a los Recicladores, los que deberan de participar de manera obligatoria, la misma que comprendera los siguientes modulos y tendran una duracion minima de tres (03) horas cada uno. a. Manejo integral de residuos solidos b. Seguridad y salud ocupacional c. La gestion empresarial y el reciclaje d. Habilidades sociales y desarrollo personal Articulo 19º.- VACUNACION CONTRA EL TETANO Y LA HEPATITIS B. La Municipalidad en coordinacion con los organos descentralizados y desconcentrados del Ministerio de Salud, promovera Programas de Vacunacion masiva contra el Tetano y la Hepatitis B. Sin perjuicio de ello los Recicladores tambien pueden acercarse individualmente a las postas con la finalidad de obtener dicha vacunacion gratuitamente. CAPITULO II APROBACION DE LA NORMATIVIDAD MUNICIPAL Articulo 20º.- APROBACION NORMATIVO MUNICIPAL DEL MORDAZA

recuperacion, tratamiento y comercializacion de residuos solidos. El que podra ser efectuado por la Municipalidad, Recicladores autorizados, Empresas Comercializadoras de Residuos Solidos (EC-RS) Autorizadas. Articulo 22º.- TIPOS DE RESIDUOS AUTORIZADOS PARA SU RECOLECCION Se determinaran sobre la base de los resultados del ultimo estudio de Caracterizacion de residuos solidos elaborados por la Municipalidad, siendo estos los siguientes: a. Papel Mezclado: esta constituido por papeles de oficina, papel periodico, papel couche y otros. b. Carton: esta constituido por medios ondulados, MORDAZA de cartones ondulados y otros. c. Plastico: todos los plasticos. d. Metales Ferrosos: MORDAZA, hojalatas, latas bimetalicas. e. Metales no ferrosos: latas de aluminio, papel de aluminio, cobre, bronce y otros. f. Vidrio: todos los vidrios de diferentes MORDAZA g. Caucho: todos los cauchos h. Telas: diferentes MORDAZA y calidades Queda fuera del ambito de recoleccion de residuo solido cualquier residuo de caracter peligroso, la presente lista se podra ampliar mediante Decreto de Alcaldia. Articulo 23·.- SEGREGACION La Segregacion es la accion de agrupar determinados componentes o elementos fisicos de los residuos solidos para ser manejados en forma especial. Esta permitida en los siguientes espacios. 23.1 En la fuente por el generador, quien debera asegurar un manejo interno de manipuleo, acondicionamiento y almacenamiento temporal de los residuos en condiciones sanitarias y ambientales aceptables. 23.2 En las infraestructura de comercializacion de residuos solidos donde podran almacenar y acondicionar los residuos solidos provenientes de la Recoleccion Selectiva sin generar riesgos a la salud de las personas y al ambiente. Articulo 24.- RECOLECCION SELECTIVA La recoleccion selectiva de residuos solidos reaprovechables deber ser llevada a cabo por la Municipalidad, una Organizacion de Recicladores Autorizado o por una EC ­ RS. La recoleccion puede desarrollarse a pie o en vehiculos sin exposicion de los residuos al ambiente. Articulo 25º DE LOS EQUIPOS DE PROTECCION Todo Reciclador Autorizado que brinde el servicio de recoleccion selectiva, debera cumplir obligatoriamente con las caracteristicas tecnicas del equipamiento de proteccion personal, siendo estos diferenciados de la siguiente manera en funcion de las actividades que realizan: 25.1 Equipos de proteccion personal para realizar la recoleccion selectiva y transporte de los residuos solidos. a. Uniforme de tela dril color MORDAZA (mameluco o camisa y pantalon), y en el caso de las madres gestantes usaran overol de maternidad, con aplicacion de cinta reflectiva de seguridad de dos (02) pulgadas de ancho, color plateado ubicado en: MORDAZA, espalda, cintura y piernas a la altura de la rodilla. b. MORDAZA de algodon MORDAZA c. Protector de MORDAZA MORDAZA d. Guantes de cuero e. Mascarilla con filtro recargable f. Zapatos cerrados o zapatillas que faciliten el desplazamiento continuo. 25.2 Equipo de proteccion personal para realizar el acondicionamiento en las infraestructuras de comercializacion y tratamiento de los residuos solidos.

20.1 Incorporacion del Programa de Formalizacion de Recicladores y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos como parte del Plan Operativo institucional a traves de la Jefatura de Medio Ambiente. 20.2 Incorporacion al Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), de los procedimientos para la formalizacion de los Recicladores descrita en la presente norma. 20.3 Incorporacion al Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones las infracciones y sanciones descritas en el Articulo 32 de la presente Ordenanza. 20.4 Implementacion de incentivos sociales y/o ambientales, para los contribuyentes que participen activamente del Programa en mencion. 20.5 Establecimiento de los mecanismos de fiscalizacion y control ambiental que esta a cargo del Area de Policia Fiscalizadora. CAPITULO III DISENO TECNICO PARA LA RECOLECCION SELECTIVA DE RESIDUOS SOLIDOS Articulo 21º.- MANEJO SELECTIVO CON FINES DE REAPROVECHAMIENTO. El manejo de residuos solidos con fines de reaprovechamiento contempla las actividades de segregacion en la fuente, almacenamiento interno, recoleccion selectiva, transporte, clasificacion,

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