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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 31 de enero de 2013 487206 Subestaciones Base Tensión kV PPN S/./kW-mes PENP ctm. S/./kW.h PENF ctm. S/./kW.h SISTEMA ELÉCTRICO INTERCONECTADO NACIONAL (SEIN) Mazuco 138 16,86 14,18 11,85 Puerto Maldonado 138 16,86 14,40 11,97 Juliaca 138 16,86 14,43 12,18 Puno 138 16,86 14,49 12,30 Puno 220 16,86 14,51 12,31 Callalli 138 16,86 14,56 12,36 Santuario 138 16,86 14,30 12,21 Arequipa 138 16,86 14,36 12,26 Socabaya 220 16,86 14,35 12,25 Cerro Verde 138 16,86 14,40 12,29 Repartición 138 16,86 14,45 12,31 Mollendo 138 16,86 14,49 12,34 Montalvo 220 16,86 14,53 12,40 Montalvo 138 16,86 14,54 12,41 Ilo ELP 138 16,86 14,73 12,56 Botifl aca 138 16,86 14,62 12,48 Toquepala 138 16,86 14,66 12,53 Aricota 138 16,86 14,54 12,49 Aricota 66 16,86 14,49 12,47 Tacna (Los Héroes) 220 16,86 14,64 12,46 Tacna (Los Héroes) 66 16,86 14,75 12,50 La Niña 220 16,86 14,32 12,34 Notas: (1) Barra de Referencia de Generación Lima: Constituida por las Barras de Referencia de Generación Chavarría 220 kV, Santa Rosa 220 kV, San Juan 220 kV. (2) Barra de Referencia de Generación Cusco: Constituida por las Barras de Referencia de Generación Dolorespata 138 kV y Quencoro 138 kV. (3) Barra de Referencia de Generación Arequipa: Constituida por las Barras de Referencia de Generación Socabaya 138 kV y Chilina 138 kV. (4) Se publica el precio en la Barra “La Niña” el cual se ha determinado como el promedio ponderado de los precios de las barras de referencia Piura Oeste y Chiclayo Oeste, donde el ponderador es la distancia de las líneas que enlazan dichas barras de referencia con la barra La Niña. 1.2 PRECIOS A NIVEL GENERACIÓN EN BARRAS DIFERENTES A LAS SEÑALADAS EN EL NUMERAL 1.1. Los Precios a Nivel Generación de la Energía (en Horas de Punta y Fuera de Punta) serán el resultado de multiplicar los Precios a Nivel Generación de la energía en una Subestación de Referencia por el respectivo Factor Nodal de Energía (FNE). Los Precios a Nivel Generación de la Potencia serán el resultado de multiplicar los Precios a Nivel Generación de la Potencia de Punta en la Subestación de Referencia por el respectivo Factor de Pérdidas de Potencia (FPP). Se defi ne: PENP1 = PENP0 * FNE (4) PENF1 = PENF0 * FNE (5) PPN1 = PPN0 * FPP (6) Donde: PENP0 : Precio a Nivel Generación de la Energía en Horas de Punta, defi nido. PENF0 : Precio a Nivel Generación de la Energía en Horas Fuera de Punta, defi nido. PPN0 : Precio a Nivel Generación de la Potencia de Punta, defi nido. PENP1 : Precio a Nivel Generación de la Energía en Horas de Punta, por determinar. PENF1 : Precio a Nivel Generación de la Energía en Horas Fuera de Punta, por determinar. PPN1 : Precio a Nivel Generación de la Potencia de Punta, por determinar. En los casos en que se hace referencia a factores nodales o factores de pérdidas, debe entenderse que estos corresponden a los aprobados mediante la Resolución OSINERGMIN Nº 184-2009-OS/CD, en sus modifi catorias o las que las sustituyan. Artículo 3º.- Las Fórmulas de Reajuste de los Precios a Nivel Generación a que se refi ere el Artículo 1º de la presente Resolución son las siguientes: PENP = PENP0 * FA PENF = PENF0 * FA PPN = PPN0 * FA FA = 0,50*VPB + 0,50*VPL VPB = (PPM/(7,2*0,8) + 0,2*PEMP + 0,8*PEMF)/13,70 VPL = (PPL/(7,2*0,8) + 0,2*PELP + 0,8*PELF)/14,76 Donde: FA = Factor de actualización de precios. Será redondeado a cuatro dígitos decimales. PENP0 = Precio a Nivel Generación de la Energía en Horas de Punta publicado en la presente resolución. PENF0 = Precio a Nivel Generación de la Energía en Horas Fuera de Punta publicado en la presente resolución. PPN0 = Precio de Potencia a Nivel Generación publicado en la presente resolución. PENP = Precio a Nivel Generación de la Energía en Horas de Punta actualizado, expresado en céntimos de S/./kW.h y redondeado a dos cifras decimales. PENF = Precio de la Energía a Nivel Generación en Horas Fuera de Punta actualizado, expresado en céntimos de S/./kW.h y redondeado a dos cifras decimales. PPN = Precio de Potencia a Nivel Generación actualizado, expresado en S/./kW y redondeado a dos cifras decimales. PPM = Precio de la Potencia de Punta a Nivel Generación en la Subestación Base Lima, expresado en S/./kW, obtenido de acuerdo con lo establecido en la Resolución OSINERGMIN Nº 057-2012-OS/CD. PEMP = Precio de la Energía a Nivel Generación en Horas de Punta en la Subestación Base Lima, expresado en céntimos de S/./kW.h, obtenido de acuerdo con lo establecido en la Resolución OSINERGMIN Nº 057-2012- OS/CD. PEMF = Precio de la Energía a Nivel Generación en Horas Fuera de Punta en la Subestación Base Lima, expresado en céntimos de S/./ kW.h, obtenido de acuerdo con lo establecido en la Resolución OSINERGMIN Nº 057- 2012-OS/CD. PPL = Precio promedio ponderado de la Potencia de Punta en la Subestación Base Lima, expresado en S/./kW, obtenido a partir de los contratos fi rmados vía licitaciones. PELP = Precio promedio ponderado de la Energía a Nivel Generación en Horas de Punta en la Subestación Base Lima, expresado en céntimos de S/./kW.h, obtenido a partir de los contratos fi rmados vía licitaciones. PELF = Precio promedio ponderado de la Energía a Nivel Generación en Horas Fuera de Punta en la Subestación Base Lima, expresado en céntimos de S/./kW.h, obtenido a partir de los contratos fi rmados vía licitaciones. El factor FA se aplicará en caso que éste se incremente o disminuya en más de 1% respecto al valor del mismo empleado en la última actualización. En estos casos, los nuevos precios entrarán en vigencia el cuarto día calendario del mes.