Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2013 (08/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano MORDAZA, viernes 8 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES

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complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza, asi como de la prorroga de las fechas dispuestas en el Articulo Tercero de la presente Ordenanza. Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 899224-1

Aprueban descuentos por pronto pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al Ejercicio 2013
ORDENANZA Nº 289-MDS Surquillo, 5 de febrero de 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO POR CUANTO: El Concejo distrital de Surquillo, en Sesion Ordinaria de la fecha; y de conformidad con el Dictamen Nº 002-2013CR-CM-MDS de la Comision de Rentas, Memorandum Nº 051-2013-GM-MDS de fecha 29 de enero de 2013 de la Gerencia Municipal, Informe Nº 005-2013-GR-MDS de fecha 28 de enero de 2013 de la Gerencia de Rentas, Memorandum Nº 010-2013-GPPCI-MDS de fecha 14 de enero de 2013 de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperacion Internacional e Informe Nº 34-2013-GAJ-MDS de fecha 08 de noviembre de 2012 de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica, y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 74º de la Constitucion Politica otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales, potestad que es reconocida en el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, para crear, modificar, suprimir o exonerar arbitrios, tasas de licencias y derechos dentro de los limites establecidos por la Ley; Que, el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, senala que las Ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se regula las materias en la que la Municipalidad tiene competencia normativa; Que, la Administracion Tributaria, conforme a la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario, cuando este facultada para actuar discrecionalmente, optara por la decision administrativa que considere mas conveniente para el interes publico, dentro del MORDAZA que establece la Ley; Que con fecha 29 de diciembre 2012, se publico en el Diario Oficial El Peruano tanto la Ordenanza Municipal Nº 286-MDS, como el Acuerdo de Concejo Nº 2384-MML de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que la ratifico, mediante la cual se dispuso reajustar el Indice de Precios al Consumidor para el ejercicio 2013, la Ordenanza Nº 270MDS y ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 1589-MML de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, que establecio el Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2012; Que, las areas competentes, mediante el Informe Nº 018-2013-SGAT-GR-MDS, de fecha 10 de enero de 2013, emitido por la Sub Gerencia de Administracion Tributaria, Informe Nº 005-2013-GR-MDS, de fecha 28

de enero de 2013, emitido por la Gerencia de Rentas, Informe Nº 34-2013-GAJ-MDS, de fecha 28 de enero de 2013, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica y Memorandum Nº 010-2013-GPPCI-MDS, de fecha 14 de enero de 2013, emitido por la Gerencia de Planeamiento Presupuesto y Cooperacion Internacional, opinan favorablemente por la viabilidad tecnica, legal y presupuestal de la Ordenanza; Que, resulta pertinente y necesario otorgan un beneficio de descuento por el pronto pago de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo del ano 2013, a los contribuyentes puntuales que cumplan con cancelar el total del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del ejercicio 2013; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, con la opinion favorable de la Gerencia de Rentas, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperacion Internacional y Gerencia de Asesoria Juridica, el Concejo Municipal, aprobo por unanimidad con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LOS DESCUENTOS POR EL PRONTO PAGO DE ARBITRIOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2013 Articulo 1º.- APRUEBESE el descuento por el PRONTO PAGO del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del ejercicio 2013, del 12% del Insoluto de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo correspondiente al ejercicio 2013, para los contribuyentes cuyos predios correspondan al uso de MORDAZA Habitacion en general, siempre que cumplan con cancelar el total del Impuesto Predial y los Arbitrios del ejercicio 2013, hasta el vencimiento de la Primera Cuota del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales 2013. Articulo 2º.- APRUEBESE el descuento por el PRONTO PAGO del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del ejercicio 2013, del 10% del insoluto de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo correspondiente al ejercicio 2013, para los contribuyentes cuyo predio sea de uso Comercio, Servicio, Industria y Otros con un metraje de hasta 100m2 de area construida, siempre que cumplan con cancelar el total del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales 2013, hasta el vencimiento de la Primera Cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales. Articulo 3º.- APRUEBESE el descuento por el pronto pago del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del ejercicio 2013, del 6% del Insoluto de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Jardines y Serenazgo correspondiente al ejercicio 2013, para los contribuyentes cuyo predio sea de uso Comercio, Servicio, Industria y Otros con un metraje mayor a 100m2 de area construida, siempre que cumplan con cancelar el total del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales 2013, hasta el vencimiento de la Primera Cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales. DISPOSICIONES FINALES Primera.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Estadistica e Informatica y demas areas competentes el cumplimiento de la presente Ordenanza. Segunda.- FACULTAR al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza, asi como la prorroga de la misma. Tercera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 899224-2

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