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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (08/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 85

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de febrero de 2013 487771 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Autorizan viaje a Israel del Gerente de Desarrollo Humano, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 063-2013-MDSM San Miguel, 6 de febrero de 2013 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL VISTOS, el Acuerdo de Concejo Nº 002-2013-MDSM, memorando Nº 072-2013-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, el informe Nº 046-2013-SGRH-GAF/ MDSM emitido por la Subgerencia de Recursos Humanos, el informe Nº 025-2013-GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, el memorando Nº -065-2013- GPP/MDSM emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el informe Nº 007-2013-SGPR-GPP/ MDSM emitido por la Subgerencia de Presupuesto y Racionalización, el memorando Nº 046-2013-GAF/MDSM emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas y el informe Nº 002-2013-GDH/MDSM emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano, y, CONSIDERANDO: Que, el Gerente de Desarrollo Humano de la Municipalidad Distrital de San Miguel, Pedro Roncallo Semorile, a través del acuerdo de vistos, ha sido autorizado a viajar a la ciudad de Kfar Saba en el Estado de Israel, para participar en el “Curso de Integración Social de Jóvenes Marginales” del 09 de febrero al 07 de marzo del 2013, con cargo a que a su regreso presente un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje, derivando en las áreas competentes la asignación de los recursos correspondientes; Que, mediante documento de vistos la Gerencia de Administración y Finanzas, ha verifi cado que los organizadores del curso cubrirán los gastos de alojamiento, alimentación, costo del curso y seguro médico, mas no los respectivos gastos de pasaje, seguro de asistencia al viajero y viáticos de instalación; Estando a lo expuesto, de conformidad con las Leyes 29951 y 27619, así como el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, y en uso de las atribuciones conferidas al alcalde por el artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR el viaje del Gerente de Desarrollo Humano, Pedro Roncallo Semorile, para que en representación de la Municipalidad Distrital de San Miguel, participe en el “Curso de Integración Social de Jóvenes Marginales” a realizarse en la ciudad de Kfar Saba en el Estado de Israel, del 09 de febrero al 07 de marzo del 2013. Artículo 2º.- Los gastos autorizados se cubrirán de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje Aéreo (incluido tarifa Corpac) US$ 2,350.00 Viáticos por instalación US$ 520.00 Seguro de viaje US$ 70.00 Artículo 3º.- ENCARGAR la Gerencia de Desarrollo Humano a Ricardo Bernardo Sánchez-Serra Serra, Gerente de Imagen Institucional, durante el periodo que dure la ausencia del titular, con retención del cargo que ostenta. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación en el Diario ofi cial El Peruano y en el portal municipal la presente resolución. Artículo 5º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a las partidas específi cas 2.3.2.1.1.2 (viáticos y asignaciones por comisión de servicio) y 2.3.2.1.1.1. (pasaje aéreo y tarifa Corpac) de la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados del Presupuesto Municipal 2013. Artículo 6º.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 899206-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 272-MDS para el Ejercicio 2013 ORDENANZA Nº 288-MDS Surquillo, 5 de febrero de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO POR CUANTO: El Concejo distrital de Surquillo, en Sesión Ordinaria de la fecha; y de conformidad con el Dictamen Nº 001-2013- CR-CM-MDS de la Comisión de Rentas, Memorándum Nº 056-2013-GM-MDS de fecha 30 de enero de 2013 de la Gerencia Municipal, Informe Nº 004-2013-GR-MDS de fecha 25 de enero de 2013 de la Gerencia de Rentas, Memorándum Nº 004-2013-GPPCI-MDS de fecha 09 de enero de 2013 de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional e Informe Nº 16-2013-GAJ-MDS de fecha 16 de enero de 2013 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce en su artículo 194º, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando la última norma indicada, que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en el segundo párrafo dispone que mediante ordenanzas se crean, modifi can, suprimen o exoneran de los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley; así mismo el tercer párrafo dispone que las ordenanzas en materia tributarias expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratifi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 8) del artículo 90º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, son atribuciones del Concejo Municipal, aprobar, modifi car o derogar las Ordenanzas Municipales expedidas por la Municipalidades distritales en materia tributaria deben ser ratifi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción para su vigencia; Que, en la Cuarta Disposición Final del Texto Único ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo No 156-2004-EF, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación