Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2013 (08/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 8 de febrero de 2013

de impuestos y recibos de pago correspondiente, incluida su distribucion a domicilio, un importe no mayor al 0.4 % de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 01 de enero de cada ejercicio; Que, la Ordenanza Municipal Nº 1533-MML que aprueba el procedimiento de ratificacion de Ordenanzas Tributarias Distritales en el ambito de la Provincia de MORDAZA, publicada el 27 de junio de 2011 en el Diario Oficial El Peruano, establece en la setima disposicion final su periodicidad en la ratificacion de Ordenanzas de Derecho de Emision. Las Ordenanzas distritales que aprueban los derechos de emision mecanizada deberan ser ratificadas anualmente, sin perjuicio de la anterior, el Acuerdo de Concejo ratificatorio tendra vigencia MORDAZA de dos (02) anos, en la medida que la Ordenanza distrital mantenga invariables las condiciones que originaron la ratificacion; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 272-MDS, de fecha 03 de febrero de 2012, aprobo los costos por Derecho de Emision Mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ano 2012, fijandose en S/. 4.00 (Cuatro y 00/100 Nuevos Soles), el monto anual que deberan abonar los contribuyentes por concepto de Derecho de Emision Mecanizada de Actualizacion de Valores y Determinacion del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2012, incluida su distribucion a domicilio, y en S/. 0.80 (Ochenta Centavos de MORDAZA Sol), el derecho por cada predio adicional. Que, asimismo, por extension, se debe fijar el S/.0.15 (Quince Centavos de MORDAZA Sol) el derecho de Emision Mecanizada de Actualizacion de Valores de los Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio 2013; Que, mediante el Informe Nº 004-2013-GR-MDS de fecha 25 de enero de 2013, la Gerencia de Rentas senala que con el Informe Nº 001-2013-SGAT-GRMDS, de fecha 02 de enero del 2013, evacuado por la Sub Gerencia de Administracion Tributaria, esta sustento tecnicamente a su despacho, la viabilidad de la aplicacion de la prorroga a la Ordenanza Nº 272MDS, ratificada con Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 418-2012-MML, MORDAZA que aprobo los costos por Servicio de Emision Mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales ejercicio 2012, considerando que la proyeccion de los costos de emision mecanizada de las declaraciones juradas del impuesto predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2012, no tienen variacion sustancial con la estructura de costos comparada con la Ordenanza Nº 272-MDS ratificada con Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 418-MML; Que, asimismo, dicha Sub Gerencia senala que el articulo 8º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal y sus modificatorias, establece que el Impuesto Predial es de periodicidad anual y grava el valor de los predios urbanos y rusticos y que mediante Decreto Supremo Nº 233-2011-EF, el Ministerio de Economia y Finanzas determino el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el periodo 2012 fijandose en Tres Mil Seiscientos Nuevos Soles (S/.3,650.00); De otro lado, dicha Sub Gerencia senala que el articulo 15º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal y sus modificatorias, establecen que el impuesto podra cancelarse de acuerdo a las siguientes alternativas: a) Al contado, hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano. b) En forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales. En este caso, la primera cuota sera equivalente a un MORDAZA del impuesto total resultante y debera pagarse hasta el ultimo dia habil del mes de febrero. Las cuotas restantes seran pagadas hasta el ultimo dia habil de los meses de MORDAZA, agosto y noviembre, debiendo ser reajustadas de acuerdo a la variacion acumulada del Indice de Precios al Por Mayor (IPM) que publica el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI), por el periodo comprendido desde el mes de vencimiento de pago de la primera cuota y el mes precedente al pago. Que, mediante Memorandum Nº 004-2013-GPPCIMDS de fecha 09 de enero de 2013, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperacion Internacional opina tecnicamente sobre la proyeccion de los costos de

emision mecanizada de las Declaraciones Juradas del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2013, senalando que resulta factible mantener la estructura de costos comparada con la Ordenanza Nº 272-MDS, ratificada con Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 4182012-MML, que aprobo los costos por Servicio de Emision Mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales ejercicio 2012. Estando a lo expuesto, y a lo opinado en el Informe Nº 16-2013-02-07 GAJ-MDS de fecha 16 de enero de 2013 de la Gerencia de Asesoria Legal, Informe Nº 004-2013GR-MDS de fecha 25 de enero de 2013 de la Gerencia de Rentas, Memorandum Nº 004-2013-GPPCI-MDS, de fecha 09 de enero de 2013 de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperacion Internacional, e Informe Nº 001-2013-SGAT-GR-MDS, de fecha 02 de enero de 2013 de la Sub Gerencia de Administracion Tributaria; De conformidad con lo dispuesto a las facultades establecidas en el articulo 109º de la Constitucion Politica del Peru, el numeral 8 del articulo 9º, 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal aprobo por mayoria y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente: ORDENANZA QUE PROROGA PARA EL EJERCICIO 2013, LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 272-MDS, RATIFICADA CON ACUERDO DE CONCEJO METROPOLITANO Nº 418-2012-MML, QUE APROBO EL COSTO POR DERECHO DE EMISION MECANIZADA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2012 Y APRUEBA MONTO MINIMO A PAGAR Y FECHAS DE VENCIMIENTO DEL IMPUESTO PREDIAL EJERCICIO 2013 Articulo Primero.- PRORROGAR para el ejercicio 2013, la Ordenanza Nº 272-MDS, ratificada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante el Acuerdo de Concejo Nº 418-MML publicado el 07 de marzo de 2012 por lo que se mantendra para el ejercicio 2013, el monto de S/. 4.00 (CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES) por concepto de Derecho de Emision Mecanizada de actualizacion de valores del Impuesto Predial, y por cada predio adicional (PU) se abonara la suma de S/. 0.80 (OCHENTA CENTAVOS DE MORDAZA SOL); y el monto de S/. 0.15 (QUINCE CENTAVOS DE MORDAZA SOL) por concepto de Derecho de Emision Mecanizada de Actualizacion de Valores de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2013. Articulo Segundo.- ESTABLECER como monto minimo del Impuesto Predial para el ano 2013 por cada contribuyente, el 0.6% de la UIT vigente al 01 de enero de 2013, de conformidad con el articulo 13º del TUO de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF. Articulo Tercero.- APROBAR las Fechas de Vencimiento del Impuesto Predial del Ejercicio 2013, de acuerdo al siguiente Cronograma: Pago al Contado : 28 de febrero del 2013 Pago Fraccionado: 1ra Cuota 2da Cuota 3ra Cuota 4ta Cuota : 28 de febrero del 2013 : 31 de MORDAZA del 2013 : 29 de agosto del 2013 : 29 de noviembre del 2013 DISPOSICIONES FINALES Primero.- ENCARGUESE a la Gerencia de Informatica conjuntamente con la Oficina de Secretaria General, el cumplimiento de las formalidades de publicidad establecidas en la Ley, a efecto que la presente Ordenanza se publique en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad distrital de Surquillo (www.munisurquillo. gob.pe), asi como encargar a la Gerencia de Rentas y unidades organicas correspondientes el cumplimento de la presente Ordenanza. Segundo.- FACULTAR al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones

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