Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2013 (08/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano MORDAZA, viernes 8 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES

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Que, el articulo 38º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales establece, que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Que, estando a lo acordado y aprobado en la Sesion Ordinaria de Consejo Regional Nº 024 de fecha 19 de diciembre de 2012, con el MORDAZA unanime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el inc. a) del Art. 37º, concordante con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nº 27902, 28968 y 29053. Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Articulo Primero.- APROBAR el Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP actualizado, de la Unidad de Gestion Educativa Local ­ UGEL Bagua, de la provincia de Bagua del Gobierno Regional Amazonas, que en cuarenta y dos (42) folios y dos (02) espiralados, tambien forma parte de la presente Ordenanza Regional: Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Ordenanza Regional Nº 300-GOBIERNO REGIONALAMAZONAS/CR, de fecha 16 de diciembre de 2011, y deroguese toda disposicion que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- AUTORIZAR a la Secretaria del Consejo Regional del Gobierno Regional Amazonas, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y disponer su inclusion en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional. Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgacion. En Chachapoyas, a los 21 dias del mes de diciembre del ano 2012. GORKY MORDAZA POQUIOMA. Consejero Delegado Consejo Regional Amazonas POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 28 DIC. 2012. MORDAZA BERLEY MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional de Amazonas 898607-1

conforme lo contempla, el articulo 13º de la Ley Nº 29053 MORDAZA que modifica la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el articulo 16º del Reglamento Interno de Consejo Regional Amazonas, aprobado con Ordenanza Regional Nº 251-2010. Que, son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, conforme lo prescribe el inc. a) de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales. Que, los acuerdos de Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interes publico, ciudadano e institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional, conforme lo contempla el articulo 39º de la MORDAZA acotada. Que, el Pleno del Consejo Regional de Amazonas en un acto democratico y cinendose a lo estipulado en el articulo 13º de la Ley Nº 29053, MORDAZA que modifica la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en la Sesion Ordinaria Nº 024 de fecha 19 de diciembre del dos mil doce, han dejado plasmado su decision eligiendo por MAYORIA de sus miembros al Consejero Delegado para el periodo 2013, conforme a Ley, recayendo el cargo en el Consejero Regional por la Provincia de Bongara Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERNANDEZ. Que, el inciso o) del articulo 21º de la Ley Nº 27867Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificado por la Ley Nº 29053 en concordancia con el inciso o) del articulo 14º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Amazonas, establece: "Que es atribucion del Presidente Regional ejecutar los acuerdos del Consejo Regional". Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 39º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos institucionales. Que, estando a lo aprobado en Sesion Ordinaria Nº 024 de Consejo Regional del Gobierno Regional Amazonas de fecha 19 de Diciembre del dos mil Doce, llevada a cabo en la Sala de Sesiones de Consejo Regional ubicada en la provincia de Chachapoyas sede del Gobierno Regional Amazonas y; con las facultades conferidas en el articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, los Consejeros Regionales por mayoria. ACORDARON: Articulo Primero.- DESIGNAR, al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Consejero Regional por la Provincia de Bongara, como CONSEJERO DELEGADO del Consejo Regional Amazonas, para el periodo comprendido entre el 01 de enero del 2013 hasta el 31 de diciembre del ano 2013. Articulo Segundo.- DERIVAR al Ejecutivo del Gobierno Regional Amazonas el presente Acuerdo, para su conocimiento y fines pertinentes. Articulo Tercero.- DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del tramite de lectura y aprobacion del Acta, para proceder a su implementacion correspondiente. Articulo Cuarto.- PUBLICAR, el presente Acuerdo en el Diario Oficial "El Peruano" y en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional Amazonas. Firmaron: Firmaron: Med. Gorky MORDAZA POQUIOMA ­ Consejero Delegado, Ing. MORDAZA MORDAZA MONJE, Prof. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Lic. MORDAZA VILCARROMERO de MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MANUIN MORDAZA, Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ANGELDONES, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Bach. MORDAZA CALVO NANTIP. Consejeros Regionales. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 20 dias del mes de Diciembre del 2012. GORKY MORDAZA POQUIOMA Consejero Delegado. Consejo Regional Amazonas 898603-1

Designan Consejero Delegado del Consejo Regional Amazonas para el ano 2013
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 283-2012GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR-SO. VISTO: El Pedido de fecha 17 de diciembre de 2012, suscrito por el Consejero Regional por la provincia de Luya y Consejero Delegado Med. Gorky MORDAZA POQUIOMA, solicita al pleno del Consejo Regional, elegir al MORDAZA Consejero Delegado para el periodo 2013 y; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un Pliego Presupuestal. Que, el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, le corresponde las atribuciones que establece la Ley de la materia y aquella que le MORDAZA delegadas, integrado por los Consejeros regionales, los mismos que anualmente eligen entre ellos, a un Consejero Delegado que convoca y preside las Sesiones de Consejo Regional, los representa y tramita sus acuerdos,

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