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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de febrero de 2013 487760 Autorizan delegación de funciones registrales a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Comunidad Nativa Mayni, ubicada en el departamento de Junín RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 38-2013/JNAC/RENIEC Lima, 7 de febrero de 2013 VISTOS: El Informe Nº 000020-2013/GPRC/SGIRC/RENIEC (10ENE2013) de la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, el Memorando Nº 000077-2013/GRC/RENIEC (23ENE2013) de la Gerencia de Registros Civiles, y el Informe Nº 000021-2013/GPRC/RENIEC (30ENE2013) de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, se aprobó el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el cual precisa que el Sistema Registral está conformado por el conjunto de órganos y personas del Registro, que tienen a su cargo la ejecución de los procedimientos administrativos de inscripción y que las Ofi cinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, facultándose a la Jefatura Nacional la creación y autorización de las que fueren necesarias; Que, el artículo 20º del Decreto Ley Nº 22175, establece que en cada una de las Comunidades Nativas debe haber una Ofi cina de Registros del Estado Civil. Asimismo, en cuanto al matrimonio civil en las Comunidades Nativas, el artículo 262º del Código Civil señala que éste puede tramitarse y celebrarse ante un comité especial; Que, la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Comunidad Nativa Mayni, Distrito de Pangoa, Provincia de Satipo, Departamento de Junín; a la cual hacen referencia los informes de vistos, ha formalizado su respectivo expediente de incorporación de Ofi cina Registral, presentando incluso el acta de conformación de comité especial a que se refi ere el considerando precedente, habiendo sido califi cado positivamente por la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles, por la Gerencia de Registros Civiles, órgano técnico normativo en materia registral; y por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, órgano encargado de supervisar y controlar el proceso de autorización de delegación de funciones de las Ofi cinas de Registros del Estado Civil en Centros Poblados y Comunidades Nativas; Que, atendiendo a lo expuesto corresponde aprobar la delegación referida, a fin de establecer la vinculación funcional, cuya difusión debe garantizar el acceso de la generalidad de usuarios a los diferentes servicios registrales, dado el carácter público del registro; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas por Ley Nº 26497 -Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el Decreto Supremo Nº 015- 98-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Institución, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 245-2012/JNAC/RENIEC (03OCT2012) y lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 10º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, e, i, l, m, n, o y q del artículo 44º de la Ley Nº 26497; así como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante tal delegación, a la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Comunidad Nativa Mayni, Distrito de Pangoa, Provincia de Satipo, Departamento de Junín. Artículo 2º.- El Jefe de la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Comunidad Nativa señalada en el artículo 1º, queda encargado de las funciones registrales cuya delegación se autoriza; así como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control del RENIEC. Artículo 3º.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia de Gestión Técnico Normativa de Registros Civiles de la Gerencia de Registros Civiles, proporcionará los Libros de Nacimiento, Matrimonio y Defunción, a la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Comunidad Nativa Mayni, Distrito de Pangoa, Provincia de Satipo, Departamento de Junín; correspondiendo a la Jefatura Regional a cuya jurisdicción pertenece, orientar e impartir instrucciones a ésta, a fi n de que el procedimiento registral se realice conforme a las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 899531-2 Aprueban gratuidad de la emisión de Certificados Digitales a favor de las Entidades del Sector Público en su calidad de Titular y a todos los Suscriptores que estas soliciten RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 039-2013/JNAC/RENIEC Lima, 7 de febrero de 2013 VISTOS: La Hoja de Elevación Nº 000105-2012/GCRD/ RENIEC (21DIC2012) de la Gerencia de Certifi cación y Registro Digital, la Hoja de Elevación Nº 000304-2012/ GPP/RENIEC (27DIC2012) de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, el Informe Nº 000238-2012/GPP/SGPL/ RENIEC (27DIC2012) de la Sub Gerencia de Planifi cación de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, el Informe Nº 002911-2012/GPP/SGP/RENIEC (27DIC2012) de la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto y el Informe Nº 000218-2013/ GAJ/RENIEC (01FEB2013) de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo con personería jurídica de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y fi nanciera; Que mediante Resolución Jefatural Nº 857-2010/ JNAC/RENIEC (29SET2010) se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del RENIEC; Que el artículo 37º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que todos los procedimientos administrativos, requisitos, condiciones y costos administrativos deben estar incluidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA); Que por Resolución Jefatural Nº 050-2012/JNAC/ RENIEC (25FEB2012), publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 25 de febrero de 2012, se incluyeron los Procedimientos Certifi cación Digital Nº 41: Emisión de Certifi cados Digitales en el Marco del Decreto Supremo Nº 070-2011-PCM, Nº 42: Cancelación del Certifi cado Digital y Anexo Nº 19 en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del RENIEC; Que la inclusión de los procedimientos antes indicados, se sustentó, entre otros en el Decreto Supremo Nº 070-2011-PCM, que modifi có la Octava Disposición Complementaria Final del Decreto