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El Peruano Miércoles 10 de julio de 2013 499062 Municipalidad Metropolitana de Lima evaluará y ratifi cará el Plan Urbano Distrital por Ordenanza Metropolitana dentro del plazo de treinta (30) días siguientes; Que, con fecha 31.10.2012 se exhibió en el Portal Web de la Municipalidad de San Isidro y alcanzó a la Municipalidad Metropolitana de Lima el Plan Urbano Distrital 2012-2022, a efectos que las personas naturales y jurídicas de este Distrito así como la Comuna Metropolitana formulen sus observaciones y/ o recomendaciones al citado Plan, dentro del plazo de sesenta (60) días calendario; Que, esta Corporación dentro del plazo antes referido cumplió con publicar en el Portal Institucional el instrumento técnico normativo; además, ha expuesto en Audiencias Públicas convocadas y realizadas en cada uno de los cinco Sectores de Planeamiento del Distrito de San Isidro, de acuerdo al siguiente cronograma: PLAN URBANO DISTRITAL 2012 – 2022 SECTOR FECHA LUGAR DIRECCION 1 16/11/2012 Sala Multiusos – GDS Ca. Paul Harris N° 205 2 28/11/2012 Salón de la Iglesia Medalla Milagrosa Ca. Juan Dellepiane N° 399 3 22/11/2012 Sala Multiusos - Centro Cultural El Olivar Ca. La República N° 455 4 20/11/2012 Auditorio Pacífi co Av. Juan de Arona N° 830 5 21/11/2012 Automóvil Club Peruano Av. Enrique Canaval Moreyra N° 671 Que, cabe precisar, que se recibieron 48 formularios con las diversas observaciones y/o recomendaciones al Plan Urbano Distrital 2012-2022, por parte de las personas naturales y jurídicas de este Distrito; Que, el Equipo Técnico Consultor encargado de la elaboración del Plan Urbano Distrital 2012-2022 ha revisado, analizado y merituado las observaciones y/o recomendaciones formuladas por las personas naturales y jurídicas del distrito de San Isidro, habiendo realizado dos Audiencias Públicas los días 10 y 14 de enero del presente año, a fi n de poner en conocimiento la evaluación efectuada. Posteriormente el referido Equipo Técnico ha merituado algunas de las observaciones y/o recomendaciones en concordancia con los lineamientos de desarrollo Distrital, el mismo que ha sido publicado en la Portal Institucional conforme a Ley; Que mediante Ofi cios Nº 161-2012-1300-GDU/MSI y N° 162-2012-1300-GDU/MSI se solicitó a la Municipalidad Metropolitana de Lima e Instituto Metropolitano de Planifi cación, que se conceda una fecha antes del 14.12.2012 para realizar una exposición del Plan Urbano Distrital 2012-2022; presentación que se realizó el 17.12.12 ante los representantes de la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Comuna Metropolitana y del Instituto Metropolitano de Planifi cación; siendo importante señalar que no se ha efectuado observación y/o recomendación por parte de dichas Entidades; Que, la Ordenanza Nº 1617-MML que “Norma los Cambios de Zonifi cación en Lima Metropolitana”, modifi cada por la Ordenanza Nº 1631-MML, establece que durante los cinco (5) primeros años de vigencia de los Planes Urbanos Distritales aprobados por el Concejo Distrital y ratifi cados por Ordenanza Metropolitana, se suspende el trámite de las peticiones individuales de cambios de zonifi cación que correspondan a dichas circunscripciones; Que, en virtud a lo antes indicado y habiendo concluido con lo dispuesto por el artículo 22º de la Ordenanza Nº 620-MML y en atención a lo establecido en el artículo 23º “Concluido el procedimiento establecido en el artículo anterior, el Concejo Distrital mediante Ordenanza, aprobará el Plan Urbano Distrital, el cual tendrá un horizonte de vigencia de diez (10) años. La Municipalidad Distrital en estrecha coordinación con el Instituto Metropolitano de Planifi cación, es responsable de revitalizar y afi rmar anualmente el horizonte de vigencia de su Plan Distrital”, se remitió el Plan Urbano Distrital 2012-2022, a fi n que el mismo sea alcanzado a la Comisión de Desarrollo Urbano, Obras y Servicios Municipales para la revisión respectiva y posterior elevación al Concejo Distrital para la aprobación del instrumento técnico normativo a través de Ordenanza Distrital; Que, en este contexto, habiéndose cumplido el procedimiento establecido, corresponde aprobar el Plan Urbano Distrital de San Isidro; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9º, numeral 8, y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por unanimidad, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- APROBAR el Plan Urbano Distrital 2012-2022 del distrito de San Isidro, el que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Gerencia de Desarrollo Urbano la remisión de copia de la presente Ordenanza y del Plan que lo aprueba, a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para su ratifi cación. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano las acciones correspondientes a sus competencias. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en San Isidro, a los 28 días del mes de enero del año dos mil trece. RAÚL CANTELLA SALAVERRY Alcalde 959093-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Disponen embanderamiento general de inmuebles de la jurisdicción del distrito DECRETO DE ALCALDIA Nº 017 San Juan de Lurigancho, 8 de julio de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO CONSIDERANDO: Que, el 28 de Julio del presente año, se celebra el Centésimo Nonagésimo Segundo Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú; Que, siendo ésta una fecha de trascendencia nacional, constituye oportunidad para fomentar entre los vecinos del distrito los sentimientos de identidad nacional y revaloración de los principios como el civismo y amor a los emblemas patrios, expresados en nuestra Bandera Nacional; Que, en señal de identidad con nuestros símbolos patrios, corresponde en esta fecha conmemorativa disponer el embanderamiento general en el distrito, así como el arreglo de las fachadas de los predios públicos y privados; Estando a lo antes expuesto y en virtud a lo dispuesto en el numeral 6) del Artículo 20º la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Disponer el Embanderamiento General de todos los inmuebles de la jurisdicción del distrito de San Juan de Lurigancho, desde el 23 al 31 de Julio del 2013, con ocasión de conmemorarse el 28 de julio del presente año el Centésimo Nonagésimo Segundo Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- Disponer la limpieza y pintado de las fachadas de los predios públicos y privados, para un mejor ornato del distrito.